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Advertido error material en el texto del apartado tercero, párrafo segundo, de la Resolución de 7 de octubre de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino en el concurso-oposición de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Cirugía Plástica y Reparadora, por el sistema de acceso libre (BOJA núm. 199, de 14 de octubre de 2020), y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos, se procede a realizar la oportuna corrección:
Página núm. 171.
Donde dice:
«La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).»
Debe decir:
«La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.»
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