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La Agencia Pública Andaluza de Educación, creada por la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, tiene la consideración de Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, conforme establece el Decreto 217/2011, de 28 de junio, de Adecuación de diversas entidades de derecho público. Sus estatutos fueron aprobados por el Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, y se encuentra adscrita a la Consejería de Educación y Deporte.
En el artículo 1.1 del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, se dispone la condición de la Agencia de Educación como Agencia Pública Empresarial, rigiéndose en materia de personal por lo dispuesto en el artículo 70 de la citada Ley 9/2007, de 22 de octubre, conforme a la cual, el personal de las Agencias Públicas Empresariales se rige en todo caso por el derecho laboral, así como por lo que le sea de aplicación en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que en su artículo 55 dispone que será seleccionado mediante convocatoria pública, basada en los principios de igualdad, mérito y capacidad.
El artículo 13.3 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, dispone que, durante el año 2020, la contratación del personal con carácter fijo o indefinido o temporal en las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, requerirá autorización conjunta de las Consejerías competentes en materia de Administración Pública y en materia de Regeneración.
Habiéndose recibido la preceptiva autorización anteriormente referenciada, la Dirección General de esta Agencia, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 15, letras b) y o), del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, anuncia convocatoria de tres puestos de Arquitecto como Técnico en la Gerencia Provincial de Jaén, Huelva y Servicios Centrales en Sevilla.
BASES DE LA CONVOCATORIA
Se procede a convocar públicamente proceso de selección con arreglo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y que se regirá por lo dispuesto en estas bases; por lo preceptuado en el Estatuto Básico del Empleado Público y en el Estatuto de los Trabajadores; por lo establecido en las Leyes de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía y del Estado; y por lo establecido en la Resolución Conjunta 1/2018, de 30 de mayo, de la Dirección General de Planificación y Evaluación y de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los criterios generales y los procedimientos de aplicación para la contratación de personal con carácter indefinido y temporal por las Entidades del Sector Público Andaluz.
1. Requisitos de las candidaturas.
- Titulación Universitaria: Arquitecto, o Grado en Arquitectura y Máster que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada. Se acreditará mediante copia del título.
- Experiencia laboral en redacción de proyectos y dirección de obras o trabajo similar en Estudios de Arquitectura o Administraciones Públicas. Se acreditará mediante contrato de trabajo, certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social actualizado, y certificado de empresa acreditando las funciones desarrolladas. Si no fuera posible adjuntar dicho certificado se tendrá que aportar declaración responsable de la persona solicitante sobre las funciones realizadas y los períodos de realización de las mismas.
- Disponer de carnet de conducir B, coche propio y tener disponibilidad permanente para viajar usando el mismo, dentro de la jornada laboral.
- Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Comunidad Europea, o concesión de la residencia legal en España para las personas extranjeras.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias del puesto.
- Tener cumplidos dieciocho años y no superar la edad mínima de jubilación.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, en cualquiera de los Estados comprendidos en el apartado anterior, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas, ni en su caso, para la correspondiente profesión.
Una vez finalizado el proceso de selección y antes de la incorporación del candidato seleccionado, este deberá de presentar el original de la documentación solicitada para su comprobación.
2. Características principales de la contratación.
Núm. de plazas a provisionar: 3.
Grupo profesional: Técnico acorde con el nivel que se especifica en el Convenio Colectivo de esta Agencia Pública.
Modalidad de contratación: Indefinido.
Jornada: Tiempo completo.
Retribución bruta anual: Retribución fija 41.373,98. Retribución variable: Hasta 4.084,34 euros brutos anuales en función del logro de objetivos.
Antigüedad: Cuando se trate de personal funcionario o laboral, con una relación preexistente de carácter fijo e indefinido en el sector público andaluz, generarán derecho a seguir percibiendo, desde la fecha de su celebración, los trienios o complementos de antigüedad equivalente en la misma cuantía que se viniera percibiendo en la institución, Consejería, agencia, sociedad mercantil, fundación, consorcio o universidad de procedencia.
3. Solicitud.
Las solicitudes para poder participar en el presente proceso se cumplimentarán en el modelo que se adjunta a esta resolución como anexo y deberán presentarse preferentemente en los distintos registros de la Agencia Pública Andaluza de Educación cuyas sedes están relacionadas en la página web de la misma (www.agenciaandaluzaeducacion.es) bajo cita previa, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía. O enviando la documentación solicitada en un único fichero en formato pdf a la dirección de correo electrónico rrhh.agenciaedu@juntadeandalucia.es indicando en el asunto: Arquitecto. Asimismo, deberá acompañarse de copia de la titulación universitaria, cursos y méritos.
Serán excluidas del proceso de selección todas las personas aspirantes que no reúnan los requisitos de participación exigidos en las presentes bases de la convocatoria o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo o hayan incumplido los términos formales de presentación señalados en los párrafos anteriores.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la relación provisional de personas solicitantes admitidas y no admitidas con indicación, en su caso, de la causa de no admisión, concediéndose un plazo de tres días hábiles desde su publicación para realizar las alegaciones que se estimen oportunas.
Una vez transcurrido dicho plazo, se publicará la lista definitiva de las personas aspirantes.
Debe advertirse que todas las comunicaciones relativas a este proceso serán comunicadas únicamente a través de la página web de la agencia. En ningún caso se comunicará particularmente a las personas solicitantes cualquier información o comunicación que se derive del proceso selectivo.
No obstante, si por alguna causa justificada, hubiera que comunicar con las personas participantes en este proceso, solo serán tenidos en cuenta los datos aportados en la solicitud, siendo estos los únicos validos a efectos de notificaciones.
La presentación de la solicitud supone la aceptación incondicionada de lo dispuesto en la presente resolución.
4. Lugares de publicación de la convocatoria.
Esta convocatoria se publicará en la página web de la Agencia Pública Andaluza de Educación, en la página de Publicidad activa de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
5. Proceso de selección.
Pasarán la primera fase aquellos candidatos que cumplan con los requisitos exigidos en el punto 2.
La segunda fase consistirá en la siguiente prueba (máximo 60 puntos):
1. Prueba profesional a los efectos de evaluar los requerimientos y las competencias definidas por la Agencia de Educación. Su valoración tendrá una ponderación del 60% sobre la puntuación total.
Las pruebas profesionales consistirán en dos ejercicios: un primer ejercicio teórico tipo test en el que se valorarán los conocimientos en materia de contratación pública y de gestión administrativa, normativa urbanística, normativa técnica y sectorial relacionada con las construcciones educativas; y un segundo ejercicio de carácter práctico, donde se valorará la capacidad de resolución de problemas técnicos y pericia profesional.
Cada ejercicio se valorará en una escala de 0 a 10 puntos, con la ponderación que se indica a continuación.
TIPO PRUEBA | EJERCICIO | PONDERACIÓN |
Profesional | Teórico | 50% |
Práctico | 50% |
Esta fase de pruebas profesionales es selectiva y eliminatoria, de tal manera que se considerarán aptas aquellas personas aspirantes cuya puntuación en cada una de las pruebas sea igual o mayor a 5,00 puntos en un máximo de 10,00. La superación de la prueba profesional permitirá el acceso a la siguiente fase.
La tercera fase consistirá en la baremación de formación y experiencia profesional en base a la siguiente tabla (máximo 10 puntos).
MÉRITOS | ||
PUNTUACIÓN MÁXIMA | FORMACIÓN | PUNTUACIÓN PARCIAL |
2 | Títulos Universitarios distintos al presentado como requisito y que tengan relación con el puesto de trabajo | 1 punto por cada uno |
1 | Máster distinto al presentado como requisito y que tengan relación con el puesto | 1 punto por cada uno |
3 | Cursos de especialización relacionados con la edificación con un mínimo de 20 horas | 0,5 puntos por cada curso |
1 | Cursos relacionados con la Ley de Contratación y Procedimiento Administrativo. | 0,5 puntos por cada curso |
EXPERIENCIA PROFESIONAL | ||
3 | 1 punto por cada año de experiencia en puestos relacionados con la oferta de trabajo, tanto en el ámbito privado como en el sector público. |
De todas las candidaturas presentadas las 10 personas con mayor puntuación, para cada una de las plazas seleccionadas, entre la prueba profesional y la baremación pasarán a la última fase de entrevista personal.
2. Entrevista personal (máximo 30 puntos).
Realizadas y calificadas las pruebas se publicarán los resultados obtenidos en las mismas por las personas participantes en el proceso selectivo, mediante listado ordenado por puntuaciones en la página web de la agencia. Se dispondrá de un plazo de tres días hábiles para realizar alegaciones a contar desde su publicación.
Una vez resuelto el concurso se procederá a la publicación de la correspondiente resolución en la página web de la agencia.
El puesto convocado se cubrirá con la persona aspirante apta con mayor puntuación. En caso que lo anterior no fuera posible, su ocupación se realizará atendiendo rigurosamente al orden de puntuación conseguido. Una vez incorporado el candidato si en el plazo de seis meses volviera a quedar vacante el mismo puesto se propondrá al siguiente candidato siguiendo el mismo orden de puntuación.
Este proceso de selección no dará lugar a formar parte de ninguna «bolsa de trabajo» ni generará derechos adicionales por haber llegado a la fase final.
6. Comisión de Selección.
Se nombra una Comisión de Selección con las siguientes funciones:
- Organización y seguimiento del proceso de selección.
- Verificación de los requisitos de participación.
- Resolución sobre lista provisional y definitiva de admisión de personas aspirantes.
- Elaboración, supervisión, realización y calificación de las pruebas y valoración de los méritos. Para ello se podrá contar con la colaboración de personas expertas en las actividades profesionales y funciones propias de los puestos ofertados.
- Estudio y resolución de las alegaciones presentadas.
- Realización de la propuesta de cobertura del puesto convocado a la Dirección General a los efectos de nombrar a la persona candidata seleccionada como más idónea.
La Comisión de Selección estará formada por los siguientes miembros:
- Presidente de la Comisión: Directora de la Dirección de Obras y Construcciones Educativas, doña Carmen Roldán Vendrell o en la persona en quien delegue.
- Secretario y vocal: Titular de la Dirección de Recursos Humanos, don Manuel Lara Jiménez o persona en quien delegue.
- Comisión Técnica: Formada por don Francisco García Agüero, doña Aurora Ramiro Montes y don Nicolás López Tirado (titulares), doña María Teresa Gil Báez, don José María Flores Vargas y doña Paloma Gallardo Guijosa (suplentes) o las personas en las que deleguen.
- Vocales: Dos representantes de los trabajadores, doña Ascensión Cózar Martos y don Lorenzo Cortés Nogales (titulares) o personas en quien deleguen.
La Comisión de Selección podrá estar asesorada por todo personal técnico que sea necesario.
7. Protección de datos.
En cumplimiento con el Reglamento (UE) 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), se le informa de los siguientes aspectos:
- Los datos de carácter personal facilitados por usted, y que se recaban durante el proceso selectivo, serán incluidos en un fichero de la Agencia Pública Andaluza de Educación, con CIF Q4100702B, que tiene su domicilio en Edificio Vega del Rey, calle Judería, 1, 41900 Camas, Sevilla.
- El tratamiento que la Agencia Pública Andaluza de Educación va a hacer de sus datos es el estrictamente necesario para la gestión de su participación en la convocatoria cuya finalidad es la gestión de este proceso selectivo.
- Los datos serán conservados durante el tiempo necesario para la gestión del proceso selectivo y para dar cumplimiento a las obligaciones legales que pudiesen derivarse del mismo.
- Asimismo, se le informa de sus derechos de acceso a los datos, y en su caso, su rectificación o supresión o la limitación del tratamiento, o a oponerse al tratamiento o a la portabilidad de los datos de acuerdo con lo establecido en el Reglamento general de protección de datos. Estos derechos podrá ejercerlos solicitándolos ante el Delegado de Protección de Datos en la dirección dpd.agenciaedu@juntadeandalucia.es. podrá obtener modelos para este ejercicio en siguiente enlace:
https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos.
- También se le informa de su derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control (Agencia Española de Protección de Datos).
Los requisitos, méritos a valorar y el formulario de inscripción al proceso selectivo se encuentran publicados en la página web www.agenciaandaluzaeducación.es
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Dirección General.
Camas, 16 de octubre de 2020.- El Director General, Manuel Cortés Romero.
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