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Advertido error material en la Resolución de 6 de octubre de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, que aprobó las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Oftalmología, por el sistema de acceso libre y anunció la publicación de dichas listas, y por la que se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino (BOJA núm. 197, de 9 de octubre de 2020), y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos, se procede a realizar la oportuna corrección.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. En uso de las facultades conferidas en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por el Decreto 3/2020, de 14 de enero (BOJA núm. 10, de 16 de enero), por el que se modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, para redistribuir las funciones asignadas a algunos órganos de la Consejería y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Rectificar el texto del Anexo «Relación de plazas que se ofertan por centros de destino» del anexo de la Resolución de 6 de octubre de 2020 de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 197, de 9 de octubre de 2020), por la que se modifica la de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, que aprobó las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Oftalmología, por el sistema de acceso libre y anunció la publicación de dichas listas, y por la que se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino.
Segundo. Publicar como anexo a esta resolución el anexo de la Resolución de 6 de octubre de 2020 rectificado, al cual lo sustituye.
Tercero. Aquellas solicitudes de petición de centro de destino actualmente registradas se conservarán, sin perjuicio del derecho de las personas aspirantes a presentar nueva solicitud de petición de centro de destino que anulará la anterior.
Cuarto. Corregir el texto del apartado séptimo, párrafo segundo, de la Resolución de 6 de octubre de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 197, de 9 de octubre de 2020).
Página núm. 415.
Donde dice:
«La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).»
Debe decir:
«La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.»
Sevilla, 22 de octubre de 2020.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.
ANEXO
RELACIÓN DE PLAZAS QUE SE OFERTAN POR CENTROS DE DESTINO
FEA OFTALMOLOGÍA - ACCESO LIBRE | |||
TOTAL PLAZAS: | 116 | ||
PROVINCIA | CÓDIGO | CENTRO | NÚM. PLAZAS |
ALMERÍA | 1920 | HOSPITAL TORRECARDENAS | 5 |
1921 | HOSPITAL HUERCAL-OVERA | 2 | |
CÁDIZ | 2920 | HOSPITAL PUERTA DEL MAR | 4 |
2921 | HOSPITAL UNIV. PUERTO REAL | 4 | |
2922 | HOSPITAL LA LINEA DE LA CONCEPCION | 3 | |
2923 | HOSPITAL ALGECIRAS | 3 | |
2924 | HOSPITAL DE JEREZ | 5 | |
PROVINCIA | CÓDIGO | CENTRO | NÚM. PLAZAS |
CÓRDOBA | 3920 | HOSP.UNIV.REINA SOFIA | 8 |
3921 | HOSPITAL INFANTA MARGARITA | 2 | |
3990 | HOSPITAL VALLE DE LOS PEDROCHES | 3 | |
GRANADA | 4920 | HOSPITAL VIRGEN DE LAS NIEVES | 6 |
4922 | HOSPITAL DE MOTRIL | 3 | |
4923 | HOSPITAL DE BAZA | 2 | |
4926 | HOSP.UNIV. SAN CECILIO | 5 | |
HUELVA | 5920 | HOSPITAL JUAN RAMON JIMENEZ | 5 |
5921 | HOSPITAL INFANTA ELENA | 2 | |
5922 | HOSPITAL RIOTINTO | 2 | |
JAÉN | 6920 | COMPLEJO HOSPITALARIO DE JAEN | 4 |
6921 | HOSPITAL DE UBEDA | 4 | |
6922 | HOSPITAL DE LINARES | 2 | |
MÁLAGA | 7920 | HOSPITAL REGIONAL UNIVERSITARIO MÁLAGA | 7 |
7921 | HOSP.UNIV. VIRGEN DE LA VICTORIA | 9 | |
7924 | HOSPITAL DE ANTEQUERA | 2 | |
SEVILLA | 8920 | HOSP.UNIV.VIRGEN DEL ROCIO | 8 |
8921 | HOSPITAL VIRGEN MACARENA | 9 | |
8925 | HOSPITAL DE VALME | 5 | |
8990 | HOSPITAL «NTRA. SRA. DE LA MERCED» OSUNA | 2 |