Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 05/11/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 28 de octubre de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino en el concurso-oposición de Pediatra de Atención Primaria, por el sistema de libre.

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En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 150, de 5 de agosto de 2020, se publicó la Resolución de 30 de julio de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Pediatra de Atención Primaria, por el sistema de libre, y se anuncia la publicación de dichas listas, en la que se dispone en el punto sexto del resuelve: «Anunciar asimismo que la relación de plazas que se oferten conforme a la distribución por centros de destino se aprobará mediante resolución de esta Dirección General que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para su mejor coordinación con los procesos de movilidad voluntaria mediante concurso de traslado, convocados por esta Dirección General».

En consecuencia y de conformidad con lo establecido en la 10 del Anexo I de la Resolución de 20 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 182, de 21 de septiembre), por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Pediatra de Atención Primaria dependientes del Servicio Andaluz de Salud; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por el Decreto 3/2020, de 14 de enero (BOJA núm. 10, de 16 de enero), por el que se modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, para redistribuir las funciones asignadas a algunos órganos de la Consejería y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Aprobar la relación de plazas que se ofertan en el concurso-oposición de Pediatra de Atención Primaria, por el sistema de libre, conforme a la distribución por centros de destino que se indica en el anexo de la presente resolución.

Segundo. En el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, aquellas personas aspirantes que han superado el concurso oposición deberán presentar la solicitud de Petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

En virtud de lo dispuesto en la base 10.1 de la convocatoria, y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el anexo.

En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo su responsabilidad que:

a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.

c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad, que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la Pediatra de Atención Primaria a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.

Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto, alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento y otros análogos. La Dirección General de Personal resolverá, en cada caso, en función de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la persona con discapacidad, limitando la alteración del citado orden de prelación al mínimo requerido para posibilitar la elección de plaza a la persona con discapacidad. La Dirección General de Personal podrá solicitar a la persona aspirante los informes y certificados que estime precisos, así como requerir informe a órganos técnicos, sanitarios o asistenciales. La dependencia personal solo podrá ser acreditada mediante resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, emitida por la Consejería competente en materia de discapacidad de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra Comunidad autónoma, en la que se indique el grado y nivel de dependencia reconocido de conformidad con el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero (BOE núm. 42, de 18 de febrero), y el Decreto 168/2007, de 12 de junio (BOJA núm. 119, de 18 de junio), en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza. La dificultad de desplazamiento, entendida como limitación para trasladar el domicilio habitual, deberá ser consecuencia de la discapacidad reconocida y será acreditada, al menos, mediante el Dictamen Técnico Facultativo emitido, en el procedimiento de reconocimiento del grado de discapacidad, por alguno de los Centros de Valoración y Orientación de la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra Comunidad Autónoma, de conformidad con el R.D. 1971/1999, de 23 de diciembre (BOE núm. 22, de 26 de enero de 2000). La persona aspirante deberá acompañar dicho dictamen de los informes médicos, psicológicos y/o sociales que considere oportuno.

Tercero. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en la presente resolución deberá ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la Petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.

La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Cuarto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el apartado segundo, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.

Sevilla, 28 de octubre de 2020.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.

ANEXO

RELACIÓN DE PLAZAS QUE SE OFERTAN POR CENTROS DE DESTINO

PEDIATRA DE ATENCION PRIMARIA - ACCESO LIBRE
TOTAL PLAZAS: 325
PROVINCIA CÓDIGO CENTRO NÚM. PLAZAS
ALMERIA 1301 ZBS SALUD BAJO ANDARAX 1
1309 ZBS NIJAR 1
1317 ZBS CUEVAS ALMANZORA 1
1318 ZBS VERA 2
1320 ZBS HUERCAL-OVERA 2
1321 ZBS MARMOL 1
1325 ZBS ADRA 2
1327 ZBS EL EJIDO 4
1328 ZBS ROQUETAS DE MAR 2
1330 ZBS ALMERIA 9
CADIZ 2317 ZBS MEDINA SIDONIA 3
2318 ZBS CONIL 2
2320 ZBS BARBATE 1
2321 ZBS VILLAMARTIN 5
2323 ZBS ARCOS DE LA FONTERA 2
2324 ZBS OLVERA 1
2328 ZBS CHIPIONA 3
2329 ZBS ROTA 1
2344 ZBS LOS BARRIOS 3
2345 ZBS TARIFA 2
2349 ZBS SAN ROQUE 3
2350 ZBS JIMENA DE LA FRONTERA 1
2360 ZBS JEREZ 17
2361 ZBS ALGECIRAS 6
2362 ZBS LA LINEA DE LA CONCEPCION 5
2363 ZBS CADIZ 3
2364 ZBS SAN FERNANDO 2
2365 ZBS CHICLANA 5
2366 ZBS PUERTO DE SANTA MARIA 5
2367 ZBS SANLUCAR DE BARRAMEDA 5
CORDOBA 3302 ZBS BUJALANCE 2
3303 ZBS PALMA DEL RIO 2
3306 ZBS MONTILLA 1
3319 ZBS LA CARLOTA 1
3326 ZBS CABRA 2
3327 ZBS BAENA 1
3329 ZBS LUCENA 2
3333 ZBS PUENTE GENIL 2
3350 ZBS CORDOBA 2
3354 ZBS PEÑARROYA - PUEBLO NUEVO 1
GRANADA 4301 ZBS SANTA FE 1
4303 ZBS PINOS PUENTE 1
4311 ZBS IZNALLOZ 1
4319 ZBS HUESCAR 1
4320 ZBS BAZA 2
4321 ZBS GUADIX 1
4323 ZBS MARQUESADO 1
4325 ZBS LOJA 2
4338 ZBS CHURRIANA DE LA VEGA 1
4346 ZBS UGIJAR 1
4350 ZBS GRANADA 7
4351 ZBS MOTRIL 3
4354 ZBS PELIGROS 1
HUELVA 5309 ZBS ANDEVALO OCCIDENTAL 1
5310 ZBS GIBRALEON 1
5311 ZBS CAMPIÑA SUR 2
5312 ZBS CAMPIÑA NORTE 2
5314 ZBS AYAMONTE 1
5315 ZBS CARTAYA 2
5316 ZBS LEPE 3
5317 ZBS ISLA CRISTINA 2
5318 ZBS LA PALMA CONDADO 2
5320 ZBS CONDADO OCCIDENTAL 2
5321 ZBS ALMONTE 2
5323 ZBS VALVERDE DEL CAMINO 1
5325 ZBS ARACENA 1
5330 ZBS HUELVA 8
5331 ZBS ALJARAQUE 2
JAEN 6305 ZBS MARTOS 1
6311 ZBS MANCHA REAL 1
6313 ZBS MENGIBAR 2
6323 ZBS BAILEN 2
6324 ZBS UBEDA 1
6325 ZBS TORREPEROGIL 1
6326 ZBS JODAR 1
6330 ZBS VILLACARRILLO 1
6331 ZBS VILLANUEVA ARZOBISPO 1
6341 ZBS LINARES 3
6342 ZBS JAEN 3
MALAGA 7301 ZBS COIN 2
7302 ZBS ALHAURIN EL GRANDE 2
7303 ZBS ALORA 1
7304 ZBS CARTAMA 3
7311 ZBS COLMENAR 1
7317 ZBS RINCON DE LA VICTORIA 3
7328 ZBS TORROX 1
7337 ZBS TORREMOLINOS BENALMADENA 3
7338 ZBS ALHAURIN DE LA TORRE 3
7354 ZBS ESTEPONA 6
7359 ZBS BENAOJAN 1
7360 ZBS MALAGA 15
7361 ZBS FUENGIROLA 5
7362 ZBS ANTEQUERA 2
7364 ZBS RONDA 1
7365 ZBS VELEZ-MALAGA 1
7366 ZBS ALGARROBO 1
7367 ZBS MARBELLA 6
SEVILLA 8301 ZBS SANLUCAR LA MAYOR 2
8302 ZBS PILAS 3
8315 ZBS CORIA DEL RIO 2
8316 ZBS MAIRENA ALJARAFE 2
8332 ZBS CAMAS 1
8333 ZBS GUILLENA 1
8346 ZBS LOS ALCORES 3
8347 ZBS LORA DEL RIO 4
8348 ZBS CARMONA 2
8349 ZBS LA RINCONADA 1
8351 ZBS CANTILLANA 2
8358 ZBS LAS CABEZAS DE SAN JUAN 1
8361 ZBS LEBRIJA 4
8362 ZBS LOS PALACIOS 2
8363 ZBS EL SAUCEJO 1
8364 ZBS ESTEPA 3
8365 ZBS LA PUEBLA DE CAZALLA 2
8366 ZBS OSUNA 3
8369 ZBS LA LUISIANA 1
8370 ZBS MORON DE LA FRA. 2
8371 ZBS MARCHENA 1
8372 ZBS EL ARAHAL 3
8373 ZBS ALCALA DE GUADAIRA 1
8374 ZBS DOS HERMANAS 3
8375 ZBS TOMARES 1
8376 ZBS SEVILLA 20
8377 ZBS ECIJA 3
8378 ZBS ALCALA DEL RIO 2
8379 ZBS UTRERA 4
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