Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 05/11/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 13 de octubre de 2020, por la que se establece el número de puestos escolares de primer ciclo de educación infantil para la escuela infantil «Isabel Benítez Aranega» de Algeciras (Cádiz). (PP. 2460/2020).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00179744.

El artículo 15.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, establece que el número de puestos escolares en los referidos centros educativos se fijará por Orden de la Consejería competente en materia de educación, teniendo en cuenta el número máximo de niños y niñas por unidad escolar que se recoge en el artículo 14 del mencionado Decreto y las instalaciones y condiciones materiales establecidas en el mismo.

Visto el expediente promovido por el Excmo. Ayuntamiento de Algeciras (Cádiz), titular de la escuela infantil «Isabel Benítez Aranega», a propuesta de la Dirección General de Planificación y Centros y en virtud de lo establecido en el citado artículo 15.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo,

DISPONGO

Primero. Autorizar la capacidad, en cuanto al número de unidades y puestos escolares de primer ciclo de educación infantil, de la escuela infantil «Isabel Benítez Aranega» de Algeciras (Cádiz), código 11013302, creada por el Decreto 167/2020, de 6 de octubre, por el que se crean y se suprimen determinadas escuelas infantiles de titularidad distinta a la de la Junta de Andalucía, que quedará configurada con 10 unidades para 148 puestos escolares.

Segundo. La autorización a la que se refiere la presente Orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el curso escolar 2020/2021.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de octubre de 2020

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
Descargar PDF