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En virtud de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por encontrarse en paradero desconocido, o ser desconocido o estar ausente del domicilio que figura en el expediente incoado, podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en calle Tomás de Heredia, núm. 18, de Málaga (C.P. 29001), para la notificación del contenido íntegro de la resolución de archivo del procedimiento de acogimiento familiar permanente a la persona interesada identificada con el DNI 76637052V (progenitor), de fecha 23 de septiembre de 2020, relativa a la menor M.P.B.S., expediente número 352-2008-00000834-1. Significándole que contra esta resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites del proceso especial de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, de conformidad con los artículos 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Málaga, 6 de noviembre de 2020.- La Delegada, Mercedes García Paine.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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