Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 16/11/2020

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Anuncio de 26 de octubre de 2020, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 22 de octubre de 2020, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la que se conceden autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción, así como la declaración en concreto de utilidad pública que se cita, ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). (PP. 2592/2020).

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Ref.: DE/RGV/JAB.

Expediente: 280.492.

R.A.T.: 113.979.

Visto el escrito de solicitud formulado por Bogaris PV5, S.L.U.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 28 de agosto de 2018, la sociedad mercantil Bogaris PV5, S.L.U. (CIF B-90348285), solicitó autorización administrativa previa, de construcción así como la declaración en concreto de Utilidad Pública de la infraestructura de evacuación de la planta solar fotovoltaica denominada «HSF Tres Pozos I», consistente en línea aérea de alta tensión de 132 kV de conexión entre SET «HSF Tres Pozos I» y SET Águilas 132 kV (E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.), ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). A tal efecto, la titular aporta: Proyecto de Ejecución de la instalación, Separatas para los organismos y entidades afectados, acceso y conexión a red, informe de compatibilidad urbanística municipal emitido por el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), así como documentación acreditativa de la capacidad legal, técnica y económica del solicitante para la ejecución de este proyecto.

Dicho expediente se tramitó inicialmente de forma conjunta con la Planta Solar Fotovoltaica denominada «HSF Tres Pozos I» y el expediente medioambiental asociado es el AAU/SE/675/18/N. Efectuada consulta el 03 de septiembre de 2019, reiterada el 29 de enero de 2020, por este órgano sustantivo al ambiental sobre instrumento de prevención ambiental aplicable a la infraestructura de evacuación, este contesta el 13 de febrero de 2020 indicando que es el de Calificación Ambiental, a tramitar en el ayuntamiento correspondiente.

Habida cuenta de lo anterior, el promotor decide tramitar de forma independiente la infraestructura de evacuación y modificar el proyecto técnico evaluando la posibilidad de una traza íntegramente subterránea.

Segundo. Con fecha 12 de mayo de 2020, la sociedad mercantil Bogaris PV5, S.L.U. (CIF B-90348285), solicita autorización administrativa previa, de construcción así como la declaración en concreto de Utilidad Pública de la infraestructura de evacuación de la planta solar fotovoltaica denominada «HSF Tres Pozos I», consistente en línea subterránea de alta tensión de 132 kV de conexión entre SET «HSF Tres Pozos I» y SET Águilas 132 kV (E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.), ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). A tal efecto, la titular aporta Proyecto de Ejecución de la instalación, Separatas para los organismos y entidades afectados, acceso y conexión a red, informe de compatibilidad urbanística municipal emitido por el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), así como documentación acreditativa de la capacidad legal, técnica y económica del solicitante para la ejecución de este proyecto.

En lo que respecta a la Declaración de Utilidad Pública de la infraestructura de evacuación se aporta Anejo de Afecciones con Relación de Bienes y Derechos afectados, con el alcance y contenido establecidos en el Real Decreto 1955/2000.

Con fecha 9 de octubre de 2020, la titular complementa la documentación inicialmente presentada con Proyecto de Desmantelamiento de la planta solar fotovoltaica denominada HSF Tres Pozos I, SET y Línea de evacuación hasta SET Águilas 132 kV.

Tercero. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a trámite de audiencia e información pública, insertándose anuncios en:

- BOP Sevilla núm. 146, de 25 de junio de 2020.

- BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2020.

- BOE núm. 177, del 26 de junio de 2020.

- Tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), durante el periodo comprendido entre el 7 de julio y el 4 de agosto de 2020.

- Periódico ABC del 18 de julio de 2020.

Sin que se produjeran alegaciones durante el período de exposición pública.

Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de veinte días de la solicitud y documento técnico, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos se pronunciaran al efecto y emitieran el informe y, en su caso, condicionado técnico que correspondiera. Son estos:

- E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.

- Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Vías Pecuarias.

- Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Servicio de Carreteras.

- Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Servicio de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

- Área de Cohesión Territorial de la Diputación de Sevilla.

- Telefónica de España, S.A.U.

- Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico.

Los siguientes organismos, al no recibir respuesta inicial, fueron reiterados en el plazo de diez días:

- Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Vías Pecuarias.

- Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Servicio de Carreteras.

- Área de Cohesión Territorial de la Diputación de Sevilla.

- Telefónica.

- Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico.

Con referencia a la parcela en suelo no urbanizable con referencia catastral 41004A014000010000ID, consta en el expediente Resolución de esta Delegación del Gobierno de fecha 8 de julio de 2019 de autorización de abandono definitivo parcial sobre 65,7 ha del RSA denominado «Las Majadillas» núm. 196 en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), así como reducción de la superficie para la explotación e instalaciones auxiliares, acopios y accesos a 29 ha. En el nuevo plano de demarcación donde se refleja el perímetro autorizado del derecho minero, se constata que el proyecto de la línea subterránea de alta tensión que nos ocupa no afecta a ningún área de explotación minera en todo el trazado propuesto y, en concreto, no existe afección al área de autorización de explotación de recursos denominada «Las Majadillas», núm. 196.

Dándose la circunstancia de que existe conformidad de la beneficiaria con las alegaciones e informes que en los plazos reglamentarios han sido aportados durante el procedimiento de tramitación, y que obran en el expediente de referencia.

Cuarto. Con fecha de 24 de julio de 2020, la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y de ahorro y de eficiencia energética en Andalucía, emite un informe (Exp. TIP/2019/000607) que acredita, en cuanto al trazado que discurre por el Suelo No Urbanizable, la compatibilidad urbanística para la instalación referenciada en las condiciones establecidas en el mismo.

Asimismo, consta en el expediente informe de compatibilidad urbanística municipal de referencia 9096/2018/URIC emitido por el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) con fecha 25 de mayo de 2018 referente a la parcela de suelo no urbanizable con referencia catastral 41004A014000010000ID, polígono 14, parcela 01, estableciendo las condiciones correspondientes para la implantación de la infraestructura.

Quinto. Consta en el expediente depósito de garantía de acceso y conexión a red de distribución de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica denominada «HSF Tres Pozos I» de 25 MWp en esta Delegación del Gobierno con fecha 15 de mayo de 2018, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 bis  del R.D. 1955/2000, aceptabilidad del citado punto de conexión por parte de Red Eléctrica de España, S.A.U., de fecha 26 de julio de 2018, referencia REF.PS SEGFHM101 - núm. expte. 1150857, y aceptación expresa del punto y condiciones técnico-económicas de conexión el 12 de julio y 15 de octubre de 2020, respectivamente.

A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación del Gobierno en virtud de lo dispuesto en:

- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas.

- Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

- Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea (dependencia funcional).

- Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior (dependencia orgánica).

- Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

- Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Instrucción 1/2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.

- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

- Decreto 50/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan los procedimientos administrativos referidos a las instalaciones de energía solar fotovoltaica emplazadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

- Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Tercero. Se ha cumplido el trámite reglamentario establecido en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Fomento de las Energías Renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en el que se hace referencia al cumplimiento de los preceptos impuestos por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. En concreto, en lo que respecta al trazado de la infraestructura por suelo no urbanizable, figura en el expediente informe de la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de fecha 24 de julio de 2020 con referencia (Exp. TIP/2019/000607).

Asimismo, consta en el expediente informe de compatibilidad urbanística municipal del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) de referencia 9096/2018/URIC, de fecha 25 de mayo de 2018, referente a la parcela de suelo no urbanizable con referencia catastral 41004A014000010000ID, polígono 14, parcela 01, estableciendo las condiciones correspondientes para la implantación de la infraestructura.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,

RESUELVE

Primero. Conceder a favor de la sociedad Bogaris PV5, S.L.U. (B-90348285), autorización administrativa previa y de construcción de la línea subterránea de alta tensión de 132 kV de conexión de la instalación fotovoltaica de generación de energía eléctrica denominada «HSF Tres Pozos I», entre SET «Tres Pozos I» y SET Águilas 132 kV, ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), siendo sus características principales las siguientes:

Peticionario: Bogaris PV5, S.L.U. (B-90348285).

Domicilio: Calle Charles Darwin, s/n, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla.

Denominación de la instalación: Línea subterránea de 132 kV «HSF Tres Pozos I».

Término municipal afectado: Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Finalidad de la instalación: Infraestructura de evacuación asociada a la instalación solar fotovoltaica denominada HSF Tres Pozos I (b.1.1 RD Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos).

Descripción de la instalación:

La construcción de una línea eléctrica subterránea de 132 kV de simple circuito cuya finalidad es la evacuación de la energía generada por la ISFV «Tres Pozos I» a la SET Águilas, 132 kV de E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Características principales:

- Tipo: Subterránea.

- Tensión: 132 kV.

- Longitud: 1,93 km.

- Origen: SET HSF Tres Pozos I, Polígono 14, parcela 1, referencia catastral: 41004A014000010000ID.

- Final: SET Águilas (E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.). coordenadas UTM Huso 30, X: 281.788 E; Y: 4.112.651 N. Polígono 12, parcela 7, referencia catastral: 41004A012000070000IF

- Traza de la línea: Polígono 14 Parcela 1; Polígono 14 Parcela 9003; Polígono 12, parcela 23; Polígono 12, parcela 9003; Polígono 12, parcela 17; Polígono 12, parcela 9008; Polígono 12, parcela 15; Polígono 12, parcela 14; Polígono 12, parcela 103; Polígono 12, parcela 9005; Polígono 12, parcela 10; Polígono 12, parcela 7.

- Referencias catastrales afectadas por la traza: 41004A014000010000ID, 41004A014090030000IU, 0650102TG5305S0001SY, 0650101TG5305S0001EY, 41004A012090030000IM, 41004A012000230000IS, 41004A012000170001OO, 41004A012090080000IX, 41004A012000150001OF, 41004A012000140001OT, 41004A012001030000IT, 41004A012090050000IK, 41004A012000100000IF, 41004A012000070000IF

- Categoría de la línea: 1.ª

- Zona/s por la/s que discurre: Zona A.

- Número de conductores por fase: 1.

- Frecuencia: 50 Hz.

- Factor de potencia: 0,9.

- Presupuesto de la instalación: 1.608.612,00 euros

- Documento técnico: Proyecto técnico, declaración responsable de fecha 14 de mayo de 2020.

- Técnico titulado competente: Don Miguel Ángel Toribio Donaire, ingeniero industrial, colegiado núm. 3101/2311 del ICAI.

Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación deriva,da de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o derechos/permisos (de acceso y conexión) que han sido preceptivos para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto,

2. El plazo de puesta en marcha será de tres (3) años, contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que el peticionario hubiese obtenido, previa solicitud por razones justificadas, prórroga del mismo, podrá entenderse la caducidad del mismo.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento. El titular presentará junto con la solicitud de puesta en servicio, informe de Calificación Ambiental favorable emitida por el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.

6. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por los órganos competentes en materias medio ambiental (calificación ambiental), urbanística y de ordenación del territorio.

Tercero. Habiéndose presentado en esta Delegación del Gobierno Proyecto de Desmantelamiento y Restitución de la presente instalación, se acredita el cumplimiento del art. 52.6 de la Ley 7/2002 y se establece el importe de la garantía a constituir por parte del titular, en una cuantía igual al importe de los gastos de restitución de los terrenos a su estado original de veintiocho mil doscientos tres euros (28.203,00 €), que deberá constituirse ante el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) con carácter previo a la puesta en servicio de la instalación.

Cuarto. Conceder a favor de la sociedad Bogaris PV5, S.L.U. (CIF B-90348285), Declaración en concreto de utilidad pública de la infraestructura de evacuación Línea subterránea de Alta Tensión 132 kV entre SET Tres Pozos I y SET Águilas 132 kV (E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.), ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

Quinto. La servidumbre de paso aéreo y subterráneo de energía eléctrica comprenderá:

La declaración de utilidad pública llevará implícita, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Para la imposición de servidumbre de paso sobre los bienes indicados en el apartado anterior y montes de utilidad pública, no será necesario cumplir lo dispuesto sobre imposición de gravámenes en dichos bienes en las correspondientes Leyes de Patrimonio y de Montes, sin perjuicio de las indemnizaciones correspondientes.

Sexto. Notifíquese la presente resolución al solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante la tramitación de la declaración de utilidad pública a los titulares de bienes y derechos afectados, así como a los restantes interesados en el expediente, conforme a lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y publíquese en BOP Sevilla, BOJA y BOE.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y Financiación Europea, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 26 de octubre de 2020.- El Delegado del Gobierno, Ricardo A. Sánchez Antúnez.

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