Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 16/11/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 10 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, para la modificación de la Resolución de 14 de noviembre de 2019, por la que se efectúa la convocatoria pública de la beca 6000 dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado de bachillerato o de ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial para el curso escolar 2019-2020.

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Mediante Resolución de 14 de noviembre de 2019, la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar efectúa convocatoria pública de la beca 6000 para el curso escolar 2019-2020, atendiendo a lo establecido en la Orden conjunta de la Consejería de Educación y de Empleo, de 5 de julio de 2011, mediante la que se establecen las bases reguladoras de la beca 6000, dirigida a apoyar al alumnado perteneciente a familias con rentas modestas que termina la enseñanza obligatoria, con objeto de que pueda continuar sus estudios de enseñanzas postobligatorias, compensando la ausencia de ingresos como consecuencia de la dedicación de la persona solicitante al estudio.

Con la finalidad de atender al interés general y dar cumplimiento a los objetivos que se persiguen en las bases reguladoras de la beca 6000, y teniendo en cuenta que se han recibido solicitudes de ayuda susceptibles de ser atendidas favorablemente por un importe mayor al inicialmente establecido como cuantía máxima, una vez se ha tenido en cuenta la disponibilidad presupuestaria, procede incrementar los créditos disponibles para dicha convocatoria, por lo que se

RESUELVE

Modificar el punto 1 del resuelvo undécimo de la Resolución de 14 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar por la que se efectúa convocatoria de la beca 6000 para el curso escolar 2019-2020.

Se modifica por el siguiente:

«Undécimo. Límite presupuestario, financiación y régimen de compatibilidad.

1. El límite máximo presupuestario para esta convocatoria correspondiente al curso 2019-2020 es de 31.982.477 euros, cantidad que se imputará al ejercicio presupuestaria 2020.»

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de noviembre de 2020.- El Director General, Daniel Bermúdez Boza.

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