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NIG: 2905442120180005802.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1083/2018. Negociado: CS.
Sobre: Obligaciones.
De: PRA Iberia, S.L.U.
Procurador: Sr. Fernando Gómez Robles.
Contra: Don Diego Hernán Obrador.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1083/2018, seguido a instancia de PRA Iberia, S.L.U., frente a Diego Hernán Obrador se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
En los autos de este Juzgado de Primera Instancia número Tres de Fuengirola y con el número de autos 1083/18, seguidos a instancia de PRA Iberia, S.L.U., contra Diego Hernán Obrador se ha acordado publicar el presente edicto a fin de poner en conocimiento de el demandado que se ha dictado sentencia de fecha 30.6.20, frente a la que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días.
Si el interesado desea tener conocimiento del contenido de la resolución deberá personarse en la Secretaría de este Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola.
Y encontrándose dicho demandado, Diego Hernán Obrador, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Fuengirola, a siete de septiembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados confines contrarios a las leyes.»
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