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El próximo 28 de febrero se conmemora el cuadragésimo aniversario del histórico referéndum de 1980 sobre la iniciativa del proceso autonómico en Andalucía, siguiendo la vía establecida en el artículo 151 de la Constitución Española. En esta consulta los andaluces y andaluzas deciden acerca de su derecho a tener un autogobierno pleno, consiguiéndose una participación y una movilización popular masivas. Logra salir adelante de forma legal ocho meses más tarde, cuando las Cortes Generales reconocen la victoria moral y política del pueblo andaluz.
Como consecuencia de la aprobación en este referéndum de un gobierno democrático autonómico se crea el primer Estatuto de Autonomía, donde Andalucía se reafirma como una nacionalidad histórica que, en el ejercicio del derecho de autogobierno que reconoce el artículo 2 de la Constitución, se constituye en Comunidad Autónoma en el marco de la unidad de la nación española.
El Estatuto de Autonomía de Andalucía actúa como marco legal para las instituciones autonómicas y sus competencias y legisla sobre los derechos y deberes de todos los ciudadanos y ciudadanas andaluces. En su artículo 1.2, el Estatuto propugna como valores supremos la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político para todos los andaluces y andaluzas, en un marco de igualdad y solidaridad con las demás Comunidades Autónomas de España.
Igualmente, el Estatuto establece en su artículo 10.3.3.º, como uno de los objetivos básicos sobre el que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes, en defensa del interés general, el afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico.
Asimismo, en su artículo 11 dispone que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma promoverán el desarrollo de una conciencia ciudadana y democrática plena, fundamentada en los valores constitucionales y en los principios establecidos en el Estatuto como señas de identidad propias de la Comunidad Autónoma.
De acuerdo con lo anterior, e independientemente de lo recogido en las programaciones y los Planes de Centro respecto a la incorporación de los contenidos que son propios de esta Comunidad Autónoma establecidos en los decretos por los que se establecen la ordenación y las enseñanzas correspondientes a cada nivel educativo, la conmemoración del Día de Andalucía estará orientada a fomentar entre el alumnado andaluz el conocimiento y la reflexión de los valores cívicos y democráticos que impregnan tanto nuestro Estatuto de Autonomía como la Constitución Española.
Por todo lo expuesto y con objeto de determinar aspectos relativos a la celebración del Día de Andalucía, y en virtud de las competencias que otorga el Decreto 579/2019, de 15 de octubre, por el que se modifica el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa
HA DISPUESTO
Primero. Todos los centros docentes de esta Comunidad Autónoma celebrarán, con anterioridad al próximo día 28 de febrero, el Día de Andalucía, así como el cuadragésimo aniversario de la aprobación por referéndum del proceso de autonomía.
Segundo. Anteriormente a la citada fecha, los centros, en virtud de la autonomía pedagógica, de organización y de gestión que les concede la Ley 17/2007, de Educación de Andalucía, de 10 de diciembre, y los respectivos reglamentos orgánicos, programarán actividades para la celebración del Día de Andalucía con el alumnado, así como la conmemoración del 40 aniversario de este referéndum, que fue decisivo para el futuro autogobierno democrático de nuestra Comunidad Autónoma en el marco de la Constitución Española.
Dichas actividades se orientarán hacia el conocimiento y la reflexión por parte del alumnado de la importancia de este momento histórico. Asimismo deben contemplar los aspectos fundamentales que describen la realidad andaluza actual, donde la autonomía está plenamente consolidada, con el objetivo de fomentar la participación política y social y profundizar en los principios cívicos y democráticos en los que descansa nuestra convivencia como andaluces y andaluzas.
Tercero. La programación anteriormente mencionada comprenderá actividades, a realizar con el alumnado dentro del horario lectivo, sobre el Estatuto de Autonomía de Andalucía y la conmemoración del cuadragésimo aniversario del referéndum de autonomía, así como sobre la cultura, la historia, la geografía, las tradiciones y los símbolos que caracterizan a nuestra Comunidad Autónoma, pudiendo tener igualmente carácter de actividades extraescolares.
Cuarto. Para las actividades indicadas en los apartados anteriores, se podrá contar con personalidades invitadas, para lo cual los centros educativos procurarán colaborar con ayuntamientos, instituciones y organizaciones representativas de la vida social, política y cultural de Andalucía.
Quinto. Las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de educación prestarán a los centros, en el ámbito de su competencia, el apoyo necesario para la realización de las actividades programadas por ellos.
Sexto. Los centros privados y centros privados concertados adecuarán el contenido de la presente resolución a su propia organización en consideración a la legislación específica que los regula.
Sevilla, 30 de enero de 2020.- La Directora General, Aurora M.ª A. Morales Martín.
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