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Esta Delegación Territorial, en uso de la competencia establecida en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado, y de madres y padres del alumnado, y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y en el transcurso de la tramitación de la convocatoria para el desarrollo de Programas dirigidos a la Mediación Intercultural durante el curso 2020/2021, realizada mediante Resolución de 31 de julio de 2020, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar (BOJA núm. 168, de 31 de agosto de 2020), valorados los proyectos y emitida su Propuesta por la Comisión Evaluadora Provincial, a quien compete,
ACUERDA
Primero. Resolver la convocatoria que para el curso escolar 2020/2021 realiza la Resolución de 31 de julio de 2020, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar (BOJA núm. 168, de 31 de agosto de 2020), de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes para el desarrollo de Programas dirigidos a la Mediación Intercultural durante el curso 2020/2021, otorgando las subvenciones a las entidades sin fines de lucro de o pro inmigrantes que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución.
Segundo. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas, que se extenderá desde la publicación de la presente resolución definitiva hasta la finalización del curso académico 2020/2021 y, así mismo el plazo de justificación de las ayudas recibidas, que comprende desde la finalización del proyecto de actividades hasta el 31 de agosto de 2021, debiendo presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la actividad, ante esta Delegación Territorial, acompañada de las documentación prescriptiva que señala el artículo 27 de la referida Orden de 15 de abril de 2011.
Tercero. El pago de las subvenciones se realizará en un solo pago anticipado por el total de la cuantía concedida, mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por las entidades beneficiarias de estas ayudas y cuyo importe total de veinte mil ochocientos cincuenta y un euros y setenta y ocho céntimos (20.851,78 €) ha sido el otorgado a la provincia de Granada, Línea 8 (BDNS 518468). Mediación Intercultural de ámbito provincial, según Resolución de 31 de julio de 2020, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se realiza la distribución territorial de los créditos correspondiente a la convocatoria de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2020/2021, siendo imputables a la posición presupuestaria 120002/0000/G/42F/48708/18/01.
Cuarto. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Granada, 27 de noviembre de 2020.- La Delegada, Ana Dolores Berrocal Jurado.
Anexo I
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE O PRO INMIGRANTES BENEFICIARIAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A LA MEDIACIÓN INTERCULTURAL DURANTE EL CURSO 2020/2021
ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO DE O PRO INMIGRANTES SOLICITANTE | CIF | SUBVENCIÓN CONCEDIDA | PRESUPUESTO REFORMULADO | PORCENTAJE FINANCIACIÓN | PAGO |
OBRA SOCIAL SAN VICENTE DE PAÚL (HIJAS DE LA CARIDAD) | R1800117B | 4.700,00 € | 4.700,00 € | 100,00% | Único |
FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO | G14522171 | 4.500,00 € | 4.500,00 € | 100,00% | Único |
ASOCIACIÓN PARA LA COOPE-RACIÓN Y DESARROLLO CON EL NORTE DE ÁFRICA. CODENAF | G18438457 | 3.700,00 € | 3.700,00 € | 100,00% | Único |
ASOCIACIÓN MARROQUÍ PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS INMIGRANTES. | G92623560 | 3.200,00 € | 3.200,00 € | 100,00% | Único |
FEDERACIÓN FAKALI. MUJERES GITANAS DE ANDALUCÍA | G91274035 | 3.000,00 € | 3.000,00 € | 100,00% | Único |
ASOCIACIÓN LOS PRIMEROS | G18439547 | 1.751,78 € | 1.751,78 € | 100,00% | Único |
Total | 20.851,78 € |