Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 18/12/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Acuerdo de 15 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se distribuyen los créditos correspondientes al refuerzo de los Servicios Sociales Comunitarios para el desarrollo de competencias en materia de dependencia.

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El modelo de gestión del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se configura en la Comunidad Autónoma de Andalucía estableciendo la participación de la Administración autonómica y local. El Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su valoración, establece la distribución de competencias prevista en este ámbito.

La participación de las Entidades Locales en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia está igualmente prevista en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, así como en la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.

La implantación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía ha permitido atender a un importante número de personas a través de servicios y prestaciones económicas. No obstante, se encuentran aún pendientes de atención un elevado número de personas cuyos expedientes continúan en tramitación. Esta situación ha requerido de la adopción de diversas medidas con la finalidad de agilizar los procedimientos en materia de dependencia y reducir el número de personas pendientes de recibir la atención que precisan por su situación de dependencia.

En este contexto y con la finalidad de garantizar el correcto funcionamiento del sistema y el desarrollo de las competencias que asumen las Corporaciones Locales del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de dependencia, se hace necesario aumentar, en el ejercicio 2021, el refuerzo de los Servicios Sociales Comunitarios respecto a la asignación de los años precedentes conforme a la distribución de créditos que este acuerdo prevé.

En este sentido, se concretan las funciones que debe realizar el personal que se financia con cargo a los créditos del presente acuerdo, en coherencia con las competencias que asumen los Servicios Sociales Comunitarios en esta materia.

Por otro lado, se establece un seguimiento y control del importe financiado de forma más concreta y transparente, previéndose un contenido mínimo en lo que respecta a la certificación que debe emitirse por la Intervención de la Corporación Local y la posibilidad de realizar las comprobaciones técnicas pertinentes, así como articular los correspondientes procedimientos de reintegro ante la falta de justificación parcial o total de la aplicación de los fondos a la finalidad prevista.

El artículo 9 de los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, aprobados por Decreto 101/2011, de 19 de abril, establece, entre las competencias de la Agencia, la colaboración con Administraciones Públicas, corporaciones, entidades públicas o privadas y particulares, cuya competencia o actividad tenga incidencia o sea de interés para el cumplimiento de los fines atribuidos a la misma, figurando entre esos fines, conforme a lo establecido en el artículo 7 de los citados Estatutos, el desarrollo de las actividades de organización y prestación de los servicios necesarios para la gestión del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.

En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 15 de diciembre de 2020,

ACUERDO

Primero. Objeto.

El presente acuerdo tiene por objeto establecer la distribución de los créditos relativos al refuerzo de los Servicios Sociales Comunitarios para el desarrollo de las competencias asumidas en materia de dependencia en el ejercicio 2021.

La distribución de los créditos se realiza entre los Ayuntamientos de municipios con población superior a veinte mil habitantes y las Diputaciones Provinciales pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el anexo al presente acuerdo.

Segundo. Gastos financiados.

1. De conformidad con las competencias asumidas por los Servicios Sociales Comunitarios en virtud del Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su valoración, los gastos que se financian con cargo a los créditos distribuidos en el presente acuerdo son los relativos al personal encargado de realizar las funciones siguientes:

a) Gestión de solicitudes de inicio del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia.

b) Elaboración del informe social y propuesta de Programa Individual de Atención, tanto en trámite inicial como de revisión.

2. A los efectos previstos en el apartado anterior, el personal cuya contratación es financiada con cargo al presente acuerdo contará con la titulación de Asistente Social o Diplomatura en Trabajo Social.

Excepcionalmente, una vez cubiertas las necesidades en el ámbito del trabajo social y previa conformidad de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, las Entidades Locales podrán contratar o mantener la contratación del personal administrativo con cargo a este acuerdo, siempre que resulte debidamente justificado.

Tercero. Créditos disponibles y pago.

Los créditos que se distribuyen en el presente acuerdo ascienden a 11.000.941,10 euros.

Las cantidades que se establecen en el anexo de este acuerdo se abonarán por la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y se financiarán con cargo al presupuesto de esta entidad correspondiente al ejercicio 2021.

Cuarto. Justificación.

1. Las Entidades Locales deberán destinar los fondos a la finalidad prevista, garantizando el desarrollo de las competencias que se asumen en la tramitación del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema.

2. La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía podrá requerir a las Entidades Locales, en cualquier momento, información relativa al personal contratado con cargo a los créditos asignados en virtud del presente acuerdo, así como a realizar las comprobaciones pertinentes en los sistemas de información habilitados para el ejercicio de las competencias atribuidas a las Entidades Locales.

3. Abonadas las cantidades previstas y en el plazo de un mes desde la finalización del ejercicio financiado, las Entidades Locales deberán presentar una certificación emitida por la Intervención en la que se acredite el destino de los fondos a la finalidad y en la que deberá concretarse el siguiente contenido mínimo:

a) Informe de seguimiento final donde conste la relación nominal de personas contratadas con la indicación de fechas de inicio y fin del correspondiente contrato, así como la dedicación y detalle de los resultados asociados al desempeño de las funciones atribuidas en materia de dependencia.

b) Importe destinado a la contratación del personal con cargo al presente acuerdo.

c) Remanentes, en su caso.

4. La falta de justificación parcial o total de la aplicación de los fondos a la finalidad prevista en el presente acuerdo, conllevará la obligación de reintegrar las cantidades correspondientes por parte de las Corporaciones Locales.

Quinto. Cooperación y coordinación interadministrativa.

La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y las Entidades Locales se facilitarán la información que fuera necesaria para permitir que, en el ejercicio de sus respectivas competencias, se desarrolle una actuación coordinada en relación con las personas contratadas que, en el marco de este acuerdo, refuerzan los Servicios Sociales Comunitarios en el desarrollo de las competencias que tienen atribuidas en materia dependencia.

Sevilla, 15 de diciembre de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación

ANEXO

ENTIDADES LOCALES CRÉDITOS
Ayuntamiento de Almería 203.053,06 €
Diputación de Almería 460.726,19 €
Ayuntamiento de Adra 38.512,00 €
Ayuntamiento de Ejido, El 71.011,70 €
Ayuntamiento de Níjar 34.375,00 €
Ayuntamiento de Roquetas de Mar 71.977,50 €
Ayuntamiento de Vícar 32.919,00 €
Ayuntamiento de Cádiz 177.762,41 €
Diputación de Cádiz 284.685,37 €
Ayuntamiento de Algeciras 130.040,42 €
Ayuntamiento de Arcos de la Frontera 45.509,00 €
Ayuntamiento de Barbate 40.452,00 €
Ayuntamiento de Barrios, Los 32.919,00 €
Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera 73.786,43 €
Ayuntamiento de Conil de la Frontera 33.758,00 €
Ayuntamiento de Jerez de la Frontera 209.085,69 €
Ayuntamiento de Línea de la Concepción, La 90.489,42 €
Ayuntamiento de Puerto de Santa María, El 87.353,72 €
Ayuntamiento de Puerto Real 42.427,00 €
Ayuntamiento de Rota 39.887,00 €
Ayuntamiento de San Fernando 101.422,89 €
Ayuntamiento de San Roque 41.569,00 €
Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda 81.293,34 €
Ayuntamiento de Córdoba 384.449,51 €
Diputación de Córdoba 464.957,85 €
Ayuntamiento de Baena 48.457,00 €
Ayuntamiento de Cabra 52.317,00 €
Ayuntamiento de Lucena 60.072,87 €
Ayuntamiento de Montilla 55.399,00 €
Ayuntamiento de Palma del Río 44.047,00 €
Ayuntamiento de Priego de Córdoba 57.111,00 €
Ayuntamiento de Puente Genil 54.159,00 €
Ayuntamiento de Granada 332.600,05 €
Diputación de Granada 540.836,44 €
Ayuntamiento de Almuñécar 51.876,00 €
Ayuntamiento de Armilla 33.133,00 €
Ayuntamiento de Baza 50.887,00 €
Ayuntamiento de Guadix 47.669,00 €
Ayuntamiento de Gabias, Las 30.990,00 €
Ayuntamiento de Loja 47.682,00 €
Ayuntamiento de Maracena 36.998,00 €
Ayuntamiento de Motril 76.835,10 €
Ayuntamiento de Huelva 177.219,71 €
Diputación de Huelva 272.429,63 €
Ayuntamiento de Aljaraque 30.990,00 €
Ayuntamiento de Almonte 35.939,00 €
Ayuntamiento de Ayamonte 40.259,00 €
Ayuntamiento de Isla Cristina 37.881,00 €
Ayuntamiento de Lepe 34.531,00 €
Ayuntamiento de Moguer 32.952,00 €
Diputación de Jaén 575.845,37 €
Ayuntamiento de Alcalá la Real 59.881,00 €
Ayuntamiento de Andújar 60.581,00 €
Ayuntamiento de Jaén 154.599,42 €
Ayuntamiento de Linares 92.673,47 €
Ayuntamiento de Martos 54.932,00 €
Ayuntamiento de Úbeda 61.107,00 €
Ayuntamiento de Málaga 608.252,53 €
Diputación de Málaga 331.071,22 €
Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre 34.863,00 €
Ayuntamiento de Alhaurín el Grande 39.080,00 €
Ayuntamiento de Antequera 62.353,00 €
Ayuntamiento de Benalmádena 58.506,00 €
Ayuntamiento de Cártama 32.215,00 €
Ayuntamiento de Coín 43.407,00 €
Ayuntamiento de Estepona 75.917,20 €
Ayuntamiento de Fuengirola 93.381,73 €
Ayuntamiento de Marbella 114.902,05 €
Ayuntamiento de Mijas 83.161,02 €
Ayuntamiento de Nerja 46.203,00 €
Ayuntamiento de Rincón de la Victoria 40.546,00 €
Ayuntamiento de Ronda 58.555,00 €
Ayuntamiento de Torremolinos 80.815,78 €
Ayuntamiento de Vélez-Málaga 89.487,21 €
Ayuntamiento de Sevilla 801.644,05 €
Diputación de Sevilla 893.807,95 €
Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra 78.939,02 €
Ayuntamiento de Bormujos 30.990,00 €
Ayuntamiento de Camas 46.604,00 €
Ayuntamiento de Carmona 49.219,00 €
Ayuntamiento de Coria del Río 42.138,00 €
Ayuntamiento de Dos Hermanas 104.583,70 €
Ayuntamiento de Écija 55.803,00 €
Ayuntamiento de Lebrija 39.604,00 €
Ayuntamiento de Mairena del Alcor 40.031,00 €
Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe 36.556,00 €
Ayuntamiento de Morón de la Frontera 53.495,00 €
Ayuntamiento de Palacios y Villafranca, Los 41.841,00 €
Ayuntamiento de Rinconada, La 37.763,00 €
Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache 43.284,00 €
Ayuntamiento de Tomares 32.919,00 €
Ayuntamiento de Utrera 61.690,09 €
Total Andalucía 11.000.941,10 €
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