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Aprobados los expedientes de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras que se detallan, en los términos municipales reseñados en el anexo de este anuncio, y una vez hechos efectivos los libramientos para el pago, esta Delegación Territorial procede a dar publicad a los titulares de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cohonestado con el artículo 48 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa, modificado por disposición adicional de 10 de Ley núm. 21/1986 de 23 de diciembre.
Para el percibo de las cantidades que les correspondan mediante transferencia bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y del artículo 52 y siguientes del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, habrán de presentar en un plazo de 15 días, desde que se haga efectiva la Notificación, la documentación que se detalla a continuación en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, comunicándose a estos efectos que el Registro Electrónico único de la Junta de Andalucía está accesible en la siguiente sede electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos(.fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/servicios.html
A) Para los titulares que hayan percibido el importe del expediente que ha generado los intereses de demora (Mutuos Acuerdos o Pieza Separada de Justiprecio):
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario, indicando la cantidad que le corresponde a cada uno.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o Pasaporte y adjuntar fotocopia del mismo).
3. De actuar mediante representación, esta deberá ser con documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho (original del Poder Notarial o Poder «Apud Acta», otorgado ante Secretaria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria General Provincial y de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Almería. Y también deberán aportar fotocopia de dicho Poder así como fotocopia del DNI del representante).
4. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia compulsada, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
5. Certificado Bancario original con el sello original de la Entidad Bancaria, con el IBAN y los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago.
B) Para los titulares que todavía no hayan percibido el importe que ha generado los intereses de demora (Mutuos Acuerdos o Pieza Separada de Justiprecio): Y estando este depositado en la Caja General de Depósitos:
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario, indicando la cantidad que le corresponde a cada uno.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o Pasaporte y adjuntar fotocopia del mismo).
3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho (original del Poder Notarial o Poder «Apud Acta», otorgado ante Secretaria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria General Provincial y de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Almería. Y también deberán aportar fotocopia de dicho Poder así como fotocopia del DNI del representante).
4. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia compulsada de la Escritura de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
5. Nota Simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o, en su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
6. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada deberán aportar autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
7. Certificado bancario original con el sello original de la entidad bancaria, con el IBAN y los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago.
De no presentar la documentación solicitada, el importe de los Intereses de Demora, serán depositados en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno en Almería, hasta su comparecencia en esta Delegación Territorial con la documentación solicitada y posterior comprobación de la titularidad, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.
En el supuesto de que algún titular expropiado (persona física) desee cobrar mediante cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a la Delegación Territorial.
Al mismo tiempo se hace público este acto para que, si existieran terceras personas que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan comparecer en la Delegación Territorial y formular la reclamación que a su derecho convenga, para lo cual deberán ir provistos de los documentos en que fundamenten su intervención, previa solicitud de cita previa.
ANEXO I
Expediente de pago de intereses de demora complementario desde día siguiente fecha recurso de reposición del acuerdo de valoración hasta fecha pago de la Pieza Separada de Justiprecio.
Obra: Mejora de la seguridad vial en la Carretera A-358 entre Berja y Dalías, del P.K. 4+000 al P.K. 11+700.
T.M.: Dalías.
Clave: 2-AL-1769-PSJ.
Finca núm. | PROPIETARIOS | MUNICIPIO | REMESA |
23 | Moral Gimenez, Ana María y 17 más | Dalías | 550 |
ANEXO II
Expediente de pago de intereses de demora complementario desde día siguiente acuerdo de valoración hasta fecha de pago de la Pieza Separada de Justiprecio.
Obra: Mejora de la seguridad vial Carretera A-352 de Cuevas del almanzora a Garrucha, del P.K. 3+500 al P.K. 5+000.
T.M.: Vera.
Clave: 2-AL-1780-PSJ.
Finca núm. | PROPIETARIOS | MUNICIPIO | REMESA |
5 | Moreno Romero, Esther | Vera | 554 |
Almería, 9 de diciembre de 2020.- La Delegada, Eloísa M.ª Cabrera Carmona.
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