Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 21/12/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 11 de diciembre 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Médico/a de Familia de Atención Primaria por el sistema de acceso libre, se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00183150.

En el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre (BOJA núm. 247, de 28 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, ante el elevado índice de temporalidad en el sector público andaluz, para evitar el impacto negativo de la reducción progresiva de personal en la prestación universal, continuada y de calidad de los servicios públicos, el Consejo de Gobierno consideró prioritario iniciar las actuaciones que necesarias para implementar las medidas previstas en la Ley 3/2017, de 27 de junio, ofertando, en orden a su provisión, un conjunto de plazas adicionales con el objetivo de estabilizar el empleo público de carácter estructural existente en la Administración de la Junta de Andalucía.

Asimismo, fruto del consenso alcanzado por la Mesa Sectorial de Sanidad en sus reuniones de fechas 29 de diciembre de 2015, 16 de noviembre de 2016 y de 10 de enero de 2017, se estableció desde la primera de ellas un plan bienal de ordenación de los procesos de selección de Recursos Humanos y de Movilidad Voluntaria mediante concurso de traslados. En dicho acuerdo se formaliza una sistematización de los procesos selectivos, para de esta forma dotar a los sistemas de selección y provisión de una estructura y organización adecuada que permita garantizar la continuidad necesaria para el desarrollo de estos procesos.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en las bases 10 y 11 del Anexo de la Resolución de 31 de enero de 2018, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 25, de 5 de febrero), por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición por el sistema de acceso Libre, para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud aprobada mediante el Decreto 130/2017, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2017 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y mediante el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, y en la Resolución de 22 de mayo de 2019 (BOJA núm. 101, de 29 de mayo), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Médico/a de Familia de Atención Primaria dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, resueltas por los respectivos Tribunales Calificadores las alegaciones presentadas a las resoluciones por las que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes que superan el concurso-oposición; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por el Decreto 3/2020, de 14 de enero (BOJA núm. 10, de 16 de enero), por el que se modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, para redistribuir las funciones asignadas a algunos órganos de la Consejería y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Aprobar, a propuesta de los Tribunales Calificadores, las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición por el sistema de acceso libre) de Médico/a de Familia de Atención Primaria.

Las citadas listas se publican por orden alfabético y de puntuación, indicando el sistema de acceso por el que participa cada aspirante, la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en cada uno de los apartados del baremo de méritos, y las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, de oposición y la total del concurso-oposición.

Segundo. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes que no han superado el concurso-oposición, ordenadas alfabéticamente, con indicación de la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo presentado, la puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida en el concurso-oposición. La puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en la fase de concurso sólo se indica en el caso de que la puntuación del autobaremo sea igual o mayor que la obtenida por la última persona aspirante que supera definitivamente el concurso-oposición.

Tercero. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes excluidas del concurso oposición en la fase de concurso, con indicación de la causa de exclusión.

Cuarto. Publicar, como Anexo II a esta resolución, la relación de causas de exclusión.

Quinto. Anunciar que las citadas listas definitivas se encontrarán expuestas al público en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud

(www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

Sexto. Aprobar la relación de plazas que se ofertan en el concurso-oposición, conforme a la distribución por centros de destino que se indica en el Anexo I de la presente resolución.

Séptimo. En el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, aquellas personas aspirantes que han superado el concurso oposición deberán presentar la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 del Anexo I de las bases generales, y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el Anexo I.

En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo su responsabilidad que:

a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.

c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad, que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.

Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto, alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento y otros análogos. La Dirección General de Personal resolverá, en cada caso, en función de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la persona con discapacidad, limitando la alteración del citado orden de prelación al mínimo requerido para posibilitar la elección de plaza a la persona con discapacidad. La Dirección General de Personal podrá solicitar a la persona aspirante los informes y certificados que estime precisos, así como requerir informe a órganos técnicos, sanitarios o asistenciales. La dependencia personal solo podrá ser acreditada mediante resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, emitida por la Consejería competente en materia de discapacidad de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra Comunidad autónoma, en la que se indique el grado y nivel de dependencia reconocido de conformidad con el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero (BOE núm. 42, de 18 de febrero), y el Decreto 168/2007, de 12 de junio (BOJA núm. 119,  de 18 de junio), en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza. La dificultad de desplazamiento, entendida como limitación para trasladar el domicilio habitual, deberá ser consecuencia de la discapacidad reconocida y será acreditada, al menos, mediante el Dictamen Técnico Facultativo emitido, en el procedimiento de reconocimiento del grado de discapacidad, por alguno de los Centros de Valoración y Orientación de la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra Comunidad Autónoma, de conformidad con el R.D. 1971/1999, de 23 de diciembre (BOE núm. 22, de 26 de enero de 2000). La persona aspirante deberá acompañar dicho dictamen de los informes médicos, psicológicos y/o sociales que considere oportuno.

Octavo. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.

La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Noveno. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el apartado séptimo, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de diciembre de 2020.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.

ANEXO I

RELACIÓN DE PLAZAS QUE SE OFERTAN POR CENTROS DE DESTINO

MÉDICO DE FAMILIA ATENCIÓN PRIMARIA - ACCESO LIBRE
TOTAL PLAZAS: 1.297
PROVINCIA CÓDIGO CENTRO NÚM. PLAZAS
ALMERIA 1207 DISPOSIT. APOYO PONIENTE DE ALMERIA 25
1208 DISPOSIT. APOYO ALMERIA 12
1209 DISPOSIT. APOYO LEVANTE-ALTO ALMANZORA 16
1301 ZBS SALUD BAJO ANDARAX 2
1302 ZBS RIO NACIMIENTO 1
1304 ZBS SORBAS 1
1305 ZBS ALTO ANDARAX 1
1309 ZBS NIJAR 6
1311 ZBS CARBONERAS 1
1317 ZBS CUEVAS ALMANZORA 2
1318 ZBS VERA 5
1319 ZBS LOS VELEZ 2
1320 ZBS HUERCAL-OVERA 3
1321 ZBS MARMOL 4
1322 ZBS ALBOX 5
1323 ZBS SERON 1
1324 ZBS BERJA 2
1325 ZBS ADRA 5
1327 ZBS EL EJIDO 11
1328 ZBS ROQUETAS DE MAR 7
1329 ZBS VICAR 1
CADIZ 2209 DISPOSIT. APOYO SIERRA DE CADIZ 18
2210 DISPOSIT. APOYO JEREZ-COSTA NOROESTE 15
2211 DISPOSIT. APOYO CAMPO DE GIBRALTAR 22
2212 DISPOSIT. APOYO BAHIA DE CADIZ-LA JANDA 21
2313 ZBS PUERTO REAL 2
2317 ZBS MEDINA SIDONIA 2
2318 ZBS CONIL 4
2319 ZBS VEJER DE LA FRONTERA 2
2320 ZBS BARBATE 4
2321 ZBS VILLAMARTIN 4
2322 ZBS UBRIQUE 6
2323 ZBS ARCOS DE LA FONTERA 6
2324 ZBS OLVERA 2
2325 ZBS ALCALA DEL VALLE 2
2328 ZBS CHIPIONA 3
2329 ZBS ROTA 3
2344 ZBS LOS BARRIOS 5
2345 ZBS TARIFA 2
2349 ZBS SAN ROQUE 3
2360 ZBS JEREZ 22
2361 ZBS ALGECIRAS 9
2362 ZBS LA LINEA DE LA CONCEPCION 8
2363 ZBS CADIZ 3
2364 ZBS SAN FERNANDO 2
2365 ZBS CHICLANA 8
2366 ZBS PUERTO DE SANTA MARIA 5
2367 ZBS SANLUCAR DE BARRAMEDA 9
CORDOBA 3210 DISPOSIT. APOYO GUADALQUIVIR 14
3211 DISPOSIT. APOYO CORDOBA SUR 22
3213 DISPOSIT. APOYO CORDOBA 10
3214 DISP. DE APOYO CORDOBA NORTE 10
3303 ZBS PALMA DEL RIO 5
3305 ZBS FUENTE PALMERA 2
3306 ZBS MONTILLA 1
3307 ZBS LA RAMBLA 2
3326 ZBS CABRA 2
3327 ZBS BAENA 4
3328 ZBS PRIEGO DE CORDOBA 8
3329 ZBS LUCENA 6
3330 ZBS BENAMEJI 3
3331 ZBS RUTE 2
3332 ZBS AGUILAR 2
3333 ZBS PUENTE GENIL 4
3352 ZBS FERNAN NUÑEZ 2
3354 ZBS PEÑARROYA - PUEBLO NUEVO 5
3355 ZBS HINOJOSA DEL DUQUE 1
3356 ZBS POZOBLANCO 1
GRANADA 4209 DISPOSIT. APOYO GRANADA NORDESTE 15
4210 DISPOSIT. APOYO GRANADA SUR 21
4211 DISP. APOYO METROPOLITANO GRANADA 25
4212 DISPOSIT. APOYO GRANADA 3
4301 ZBS SANTA FE 1
4302 ZBS ILLORA 1
4303 ZBS PINOS PUENTE 3
4304 ZBS ATARFE 4
4311 ZBS IZNALLOZ 5
4319 ZBS HUESCAR 3
4320 ZBS BAZA 9
4321 ZBS GUADIX 2
4322 ZBS PURULLENA 2
4323 ZBS MARQUESADO 3
4324 ZBS PEDRO MARTINEZ 4
4325 ZBS LOJA 4
4326 ZBS MONTEFRIO 2
4327 ZBS ALHAMA DE GRANADA 3
4328 ZBS HUETOR-TAJAR 1
4336 ZBS VALLE DE LECRIN 1
4337 ZBS ARMILLA 2
4338 ZBS CHURRIANA DE LA VEGA 3
4342 ZBS SALOBREÑA 3
4343 ZBS ALMUÑECAR 5
4344 ZBS ORGIVA 3
4345 ZBS CADIAR 3
4346 ZBS UGIJAR 1
4347 ZBS ALBUÑOL 2
4351 ZBS MOTRIL 8
4352 ZBS ALBOLOTE 1
4353 ZBS BENAMAUREL 2
4354 ZBS PELIGROS 1
HUELVA 5206 DISPOSIT.APOYO S.HUELVA-ANDEVALO CENTRAL 19
5207 DISPOSIT. APOYO CONDADO-CAMPIÑA 14
5208 DISPOSIT. APOYO HUELVA-COSTA 17
5309 ZBS ANDEVALO OCCIDENTAL 3
5311 ZBS CAMPIÑA SUR 5
5312 ZBS CAMPIÑA NORTE 4
5313 ZBS PUNTA UMBRIA 1
5314 ZBS AYAMONTE 2
5315 ZBS CARTAYA 2
5316 ZBS LEPE 10
5317 ZBS ISLA CRISTINA 5
5318 ZBS LA PALMA CONDADO 6
5320 ZBS CONDADO OCCIDENTAL 3
5321 ZBS ALMONTE 12
5322 ZBS MINAS DE RIOTINTO 3
5323 ZBS VALVERDE DEL CAMINO 1
5325 ZBS ARACENA 3
5326 ZBS CORTEGANA 3
5327 ZBS CUMBRES MAYORES 1
5330 ZBS HUELVA 4
JAEN 6208 DISPOSIT. APOYO JAEN-NORTE 18
6209 DISPOSIT. APOYO JAEN-NORDESTE 18
6210 DISPOSIT. APOYO JAEN-SUR 8
6211 DISPOSIT. APOYO JAEN 13
6301 ZBS ALCALA LA REAL 1
6302 ZBS ALCAUDETE 1
6303 ZBS TORREDONJIMENO 1
6305 ZBS MARTOS 3
6311 ZBS MANCHA REAL 2
6312 ZBS HUELMA 2
6313 ZBS MENGIBAR 3
6314 ZBS TORREDELCAMPO 2
6317 ZBS ARJONA 1
6321 ZBS LA CAROLINA 4
6322 ZBS SANTISTEBAN DEL PUERTO 3
6323 ZBS BAILEN 1
6326 ZBS JODAR 1
6327 ZBS CAZORLA 4
6329 ZBS BAEZA 1
6331 ZBS VILLANUEVA ARZOBISPO 2
6332 ZBS BEAS DE SEGURA 1
6333 ZBS SANTIAGO-PONTONES 2
6334 ZBS ORCERA 6
6340 ZBS ANDUJAR 6
6341 ZBS LINARES 5
6342 ZBS JAEN 1
6344 ZBS POZOALCON 1
MALAGA 7211 DISPOSIT. APOYO MALAGA 17
7212 DISPOSIT. APOYO COSTA DEL SOL 33
7213 DISPOSIT. APOYO LA VEGA 14
7214 DISPOSIT. APOYO AXARQUIA 16
7215 DISPOSIT. APOYO VALLE DEL GUADALHORCE 12
7216 DISPOSIT. APOYO SERRANIA 11
7301 ZBS COIN 1
7302 ZBS ALHAURIN EL GRANDE 2
7303 ZBS ALORA 4
7304 ZBS CARTAMA 2
7305 ZBS ALOZAINA 2
7311 ZBS COLMENAR 1
7317 ZBS RINCON DE LA VICTORIA 1
7337 ZBS TORREMOLINOS BENALMADENA 14
7338 ZBS ALHAURIN DE LA TORRE 1
7342 ZBS ARCHIDONA 2
7343 ZBS MOLLINA 1
7346 ZBS CAMPILLOS 2
7354 ZBS ESTEPONA 12
7358 ZBS ALGATOCIN 2
7359 ZBS BENAOJAN 1
7360 ZBS MALAGA 41
7361 ZBS FUENGIROLA 16
7362 ZBS ANTEQUERA 2
7364 ZBS RONDA 2
7365 ZBS VELEZ-MALAGA 1
7366 ZBS ALGARROBO 1
7367 ZBS MARBELLA 19
SEVILLA 8217 DISPOSIT. APOYO SEVILLA 29
8218 DISPOSIT. APOYO SEVILLA SUR 35
8219 DISPOSIT. APOYO ALJARAFE 33
8220 DISPOSIT. APOYO SEVILLA NORTE 48
8221 DISPOSIT. APOYO SEVILLA ESTE 14
8301 ZBS SANLUCAR LA MAYOR 7
8302 ZBS PILAS 6
8303 ZBS OLIVARES 1
8314 ZBS SAN JUAN DE AZNALFARACHE 2
8315 ZBS CORIA DEL RIO 4
8330 ZBS CAZALLA DE LA SIERRA 2
8331 ZBS CONSTANTINA 1
8332 ZBS CAMAS 2
8333 ZBS GUILLENA 2
8334 ZBS SANTA OLALLA DE CALA 1
8346 ZBS LOS ALCORES 4
8347 ZBS LORA DEL RIO 5
8348 ZBS CARMONA 2
8350 ZBS BRENES 3
8351 ZBS CANTILLANA 3
8358 ZBS LAS CABEZAS DE SAN JUAN 3
8361 ZBS LEBRIJA 7
8362 ZBS LOS PALACIOS 3
8363 ZBS EL SAUCEJO 1
8364 ZBS ESTEPA 5
8365 ZBS LA PUEBLA DE CAZALLA 1
8369 ZBS LA LUISIANA 1
8370 ZBS MORON DE LA FRA. 3
8371 ZBS MARCHENA 2
8372 ZBS EL ARAHAL 2
8373 ZBS ALCALA DE GUADAIRA 1
8374 ZBS DOS HERMANAS 6
8376 ZBS SEVILLA 33
8377 ZBS ECIJA 3
8378 ZBS ALCALA DEL RIO 2
8379 ZBS UTRERA 1

ANEXO II

CAUSAS DE EXCLUSIÓN

01. No presenta la documentación en plazo y conforme a lo establecido en la resolución por la que se requiere la documentación acreditativa de requisitos y méritos alegados y autobaremados.
02. Superó la fase de oposición y no participa en la fase de concurso.
03. Participa en la fase de concurso y no superó la fase de oposición.
04. Desistimiento.
05. Fallecimiento.
06. No acredita la edad mínima exigida en la convocatoria.
07. Supera la edad de jubilación/jubilación.
08. No acredita el requisito de nacionalidad exigida en la convocatoria.
09. Tiene nombramiento de personal estatutario fijo en la categoría/especialidad a la que se presenta.
10. No acredita estar en posesión del/de los requisito/s de titulación exigido/s en la convocatoria.
16. Existencia de manifiestas inexactitudes, falsedad u omisión, de carácter esencial, de datos o informaciones incorporadas en la en la solicitud de participación presentada en la fase de concurso bajo declaración responsable.
Descargar PDF