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Por Resolución de 7 de julio de 2020, la Universidad de Granada se publicó la Oferta de Empleo Público (OEP) del Personal Docente e Investigador para el año 2020 (BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2020). Posteriormente el Consejo de Gobierno en su reunión del 25 de noviembre de 2020 aprobó una Oferta de Empleo Complementaria (Resolución de 4 de diciembre de 2020, publicada en el BOJA núm. 238, de 11 de diciembre de 2020).
El marco legal que condiciona ambas Ofertas de Empleo Público se enmarcó en un contexto de prórroga de los Presupuestos Generales del Estado de 2018 en virtud del art. 134.4 de la Constitución Española, hasta la eventual aprobación de los presupuestos del año 2020. La ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (BOE núm. 161, de 4 de julio de 2018), dispone que respetando en todo caso las disponibilidades presupuestarias de Capítulo I de la Universidad de Granada, la tasa de reposición se fijará en hasta un máximo del 100 por ciento. Así para la Universidad de Granada el artículo 19.Uno.3.I establece una tasa de reposición de hasta un máximo del 100 por ciento a plazas de los cuerpos de Catedráticos de Universidad, de Profesores Titulares de Universidad y de Profesores Contratados Doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), de Universidades, siempre que por parte de las administraciones públicas de las que dependan, se autoricen las correspondientes convocatorias previa autorización de que la Oferta de Empleo Público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la Universidad de Granada, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril (BOE núm. 103, de 30 de abril de 2012), de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Por otra parte, a partir del procedimiento de cálculo de la tasa de reposición establecido en el artículo 19.Uno.7 y tomando en consideración que según el artículo 19.Uno.3.I que establece que las plazas de Profesor Contratado Doctor que queden vacantes como consecuencia del acceso a un cuerpo docente universitario se podrán incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente, la tasa de reposición de la Universidad de Granada del año 2020 asciende a 230 (70 bajas por cese en la prestación de puesto de trabajo durante el año 2019, 121 bajas por las vacantes de Profesor Contratado Doctor como consecuencia del acceso a un cuerpo docente universitario en el año 2019 y 41 bajas por declaración en situación de excedencia sin reserva del puesto de trabajo de los Profesores Titulares de Universidad que promocionaron a Catedrático de Universidad en el año 2019, a las que hay que sustraer 2 altas por reincorporación de profesorado). De esta tasa de reposición la Universidad de Granada en la Oferta de Empleo Público aprobada en la reunión del Consejo de Gobierno de 29 de junio de 2020, publicada en el BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2020, incluyó 48 plazas de Profesor Titular de Universidad y 82 plazas de Profesor Contratado Doctor, mientras que en la Oferta de Empleo Público Complementaria aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada en su reunión de 25 de noviembre de 2020, publicada en el BOJA núm. 238, de 11 de diciembre de 2020, se incluyó 53 plazas de Profesor Titular de Universidad y 13 plazas de Profesor Contratado Doctor. Quedan, por lo tanto, disponibles de la tasa de reposición un total de 34 plazas.
Por otra parte, dentro del límite de la tasa de reposición citada, cada universidad está obligada a destinar como mínimo un 15% del total de plazas que oferte a la incorporación en aquella categoría para la que esté acreditado del personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.
Por todo ello y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 19.Uno de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018; en el artículo 13.1 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, así como en los Estatutos de la Universidad de Granada, este Rectorado resuelve:
Primero. Publicar la Complementaria a la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada para el año 2020, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2020, y que se acompaña como anexo.
Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes.
Tercero. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Granada, 18 de diciembre de 2020.- La Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.
ANEXO
Personal docente e investigador contratado con vinculación permanente
Categoría | Núm. de plazas |
Profesor Contratado Doctor | 28 |
Profesor Contratado Doctor (plazas para incorporar a personal que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3) |
6(*) |
(*) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3 en virtud del artículo 19.Uno.3.I de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.
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