Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 246 de 23/12/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Almería, de solicitudes desistidas, relativa a la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020) y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020).

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Vistos los siguientes

HECHOS

Primero. La Orden de 8 de junio de 2020 de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020, aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual (en adelante BB.RR.).

El apartado 14.7 del Cuadro Resumen de las BB.RR. dispone que la comprobación de la documentación que en el mismo se relaciona, y la verificación de los requisitos que han de cumplir los beneficiarios, podrá realizarse con posterioridad a la resolución de concesión de la ayuda, quedando ésta condicionada al cumplimiento de los mismos. En el caso de detectarse incumplimiento, una vez concedida la ayuda, o realizado el pago total o parcial de la misma, se resolverá sobre su anulación o suspensión desde la fecha en la que se hubiere producido el incumplimiento y se solicitará, el reintegro o devolución que procediera conforme a la normativa de aplicación.

Segundo. En el BOJA, Boletín extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020, se ha publicado la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020, ayudas, en concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual. El dispositivo noveno de la misma determina:

Las notificaciones de las resoluciones de estas ayudas, y el resto de las que deban cursarse, se practicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio accediendo al enlace

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/2/CFIOT/21205/.html Además, se dará aviso a las personas interesadas, al número de teléfono o dirección de correo electrónico que hayan incluido en su solicitud.

Podrán agruparse en una única publicación distintos expedientes, cuando se trate de la notificación de idénticos actos administrativos, incluyéndose en una relación anexa los datos relativos a cada beneficiario y a las correspondientes ayudas.

Tercero. Las subvenciones concedidas mediante la Orden de 29 de junio de 2020 tendrán una cuantía máxima total de 30.000.000 euros. La partida presupuestaria a la que se aplica dicho gasto es 1700181252 G/43A/48309/04 S0096; correspondiendo a la Delegación Territorial de Almería 1.715.415,20 euros para la anualidad 2020 y 623.787,35 euros para la anualidad 2021, total 2.339.202,55 €.

Cuarto. El artículo noveno de las bases reguladoras establece que, al tratarse de un procedimiento de concesión en régimen de concurrencia no competitiva las solicitudes se tramitarán sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes ni la prelación entre las mismas, y por tanto, se llevará a cabo siguiendo el orden de presentación de solicitudes de conformidad con los dispositivos cuarto y quinto de la mencionada convocatoria.

Quinto. Examinadas las solicitudes presentadas que se relacionan en el adjunto y realizadas las verificaciones oportunas, se comprueba que los solicitantes no aportan la documentación exigida en la convocatoria y no cumplen los requisitos para ser beneficiarios de la ayuda de acuerdo con el apartado 4 del Cuadro Resumen de las BB.RR.

Y de conformidad con los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Orden de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020), convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020.

Segundo. Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, que en su arítculo 10 crea el Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual; y en cuya disposición adicional quinta establece, sobre la comprobación de requisitos para la concesión de ayudas al alquiler:

«1. Los requisitos que han de cumplir los beneficiarios de cualquier ayuda al alquiler financiada con cargo al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, incluidos los del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, podrán ser verificados por las Comunidades Autónomas y por las Ciudades de Ceuta y de Melilla con posterioridad a la resolución de concesión de la ayuda, quedando esta condicionada al cumplimiento de los mismos.

2. Las Comunidades Autónomas o las Ciudades de Ceuta y Melilla que como consecuencia de la comprobación de los requisitos con posterioridad a la resolución de concesión de la ayuda y, en su caso, al pago total o parcial de la misma detecten su incumplimiento, habrán de resolver la anulación o suspensión de la concesión de la ayuda desde la fecha en la que se hubiere producido el incumplimiento y solicitar, en su caso, el reintegro o devolución que procediere conforme a la normativa de aplicación.»

Y la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifica sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10,11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Tercero. Asimismo, resultan igualmente de aplicación:

- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las demás normas básicas que desarrollen la ley.

- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre.

- Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.

- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.

- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

- Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020.

Cuarto. El art. 5.2 de la Orden de 29 de junio de 2020 establece que la documentación requerida para acreditar los requisitos,determinada en el apartado 14.a) del cuadro resumen, se presentara presencial o telemática en los lugares establecidos en el apartado 10.c) del cuadro resumen.

Este formulario del Anexo II deberá presentarse en un plazo no superior a diez días a contar desde la presentación de la ayuda, Anexo I.

Por todo ello, esta Delegación Territorial dicta la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero. Acordar desistir las solicitudes de ayudas a las personas arrendatarias que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender el pago total o parcial del alquiler de su vivienda habitual, relacionadas en el Anexo I, por no presentar la documentación dentro del plazo de diez días exigidos en el art. 5.2 de la Orden de 29 de junio de 2020, de convocatoria de la ayuda o no atender los requerimientos individuales efectuados al efecto de verificar el cumplimiento de requisitos.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Delegación Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, o ser impugnados directamente ante el orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo  (art. 123 de la Ley 39/2015).

Almería, 17 de diciembre de 2020.- La Delegada, Eloísa María Cabrera Carmona.

Anexo I

FECHA PRESENTACIÓN NÚM. EXPEDIENTE DNI/NIE MUNICIPIO
08/07/2020 04-AI-COV9-000523/20 NIF-11847885X ALMERÍA
08/07/2020 04-AI-COV9-000645/20 NIF-75717824F VÍCAR
08/07/2020 04-AI-COV9-000790/20 NIE-X6168730S ROQUETAS DE MAR
08/07/2020 04-AI-COV9-001081/20 NIE-X6460379R ROQUETAS DE MAR
08/07/2020 04-AI-COV9-001425/20 NIF-75893101R ALMERÍA
09/07/2020 04-AI-COV9-001557/20 NIF-14275425S ADRA
09/07/2020 04-AI-COV9-001659/20 NIF-54102739T ROQUETAS DE MAR
09/07/2020 04-AI-COV9-001826/20 NIE-X6046545Y ALMERÍA
10/07/2020 04-AI-COV9-001961/20 NIE-X9103486V ALMERÍA
10/07/2020 04-AI-COV9-002057/20 NIF-77986434N ALMERÍA
11/07/2020 04-AI-COV9-002141/20 NIF-77241968X ALMERÍA
13/07/2020 04-AI-COV9-002359/20 NIF-76146895J ALMERÍA
14/07/2020 04-AI-COV9-002450/20 NIF-26211322Q GARRUCHA
14/07/2020 04-AI-COV9-002534/20 NIE-Y1870382J NÍJAR
14/07/2020 04-AI-COV9-002558/20 NIE-Y1004799N FINES
15/07/2020 04-AI-COV9-002569/20 NIF-27502010J ALMERÍA
15/07/2020 04-AI-COV9-002660/20 NIE-X4967850B ROQUETAS DE MAR
17/07/2020 04-AI-COV9-002794/20 NIF-54203691M ROQUETAS DE MAR
18/07/2020 04-AI-COV9-002875/20 NIF-15428774Y EJIDO (EL)
21/07/2020 04-AI-COV9-003061/20 NIF-54101541K ADRA
23/07/2020 04-AI-COV9-003285/20 NIF-58489358J HUÉRCAL-OVERA
26/07/2020 04-AI-COV9-003428/20 NIF-54095875J ALMERÍA
27/07/2020 04-AI-COV9-003463/20 NIF-76660574X ALMERÍA
25/07/2020 04-AI-COV9-003530/20 NIF-34849853T ALMERÍA
28/07/2020 04-AI-COV9-003631/20 NIE-X5441450H BERJA
29/07/2020 04-AI-COV9-003721/20 NIF-24851100Z ROQUETAS DE MAR
30/07/2020 04-AI-COV9-003747/20 NIF-23259994W HUÉRCAL-OVERA
31/07/2020 04-AI-COV9-003827/20 NIE-Y4667866F ALMERÍA
31/07/2020 04-AI-COV9-003849/20 NIF-54097857V ADRA
01/08/2020 04-AI-COV9-003880/20 NIF-75719426E ALMERÍA
04/08/2020 04-AI-COV9-003976/20 NIE-Y7288264S ALMERÍA
04/08/2020 04-AI-COV9-003991/20 NIF-74628680M ALMERÍA
04/08/2020 04-AI-COV9-004028/20 NIF-75722321L VÍCAR
05/08/2020 04-AI-COV9-004049/20 NIF-53621606G TURRE
05/08/2020 04-AI-COV9-004056/20 NIE-Y1251225Q ROQUETAS DE MAR
05/08/2020 04-AI-COV9-004100/20 NIF-77156787K ROQUETAS DE MAR
08/08/2020 04-AI-COV9-004199/20 NIF-54100755V MOJONERA (LA)
08/08/2020 04-AI-COV9-004201/20 NIE-X9699570X ALMERÍA
10/08/2020 04-AI-COV9-004272/20 NIF-77651158F ALMERÍA
10/08/2020 04-AI-COV9-004281/20 NIF-75255134P PECHINA
12/08/2020 04-AI-COV9-004373/20 NIF-77145816K ALMERÍA
17/08/2020 04-AI-COV9-004541/20 NIE-Y7145138H ROQUETAS DE MAR
18/08/2020 04-AI-COV9-004573/20 NIF-15425219Q CARBONERAS
18/08/2020 04-AI-COV9-004577/20 NIF-75247186H CARBONERAS
19/08/2020 04-AI-COV9-004633/20 NIF-75262549V ALMERÍA
19/08/2020 04-AI-COV9-004657/20 NIF-54143677K EJIDO (EL)
25/08/2020 04-AI-COV9-004848/20 NIF-77239891A ALMERÍA
14/07/2020 04-AI-COV9-004924/20 NIF-45605052P HUÉRCAL-OVERA
03/08/2020 04-AI-COV9-005005/20 NIE-Y2481494S ALMERÍA
27/08/2020 04-AI-COV9-005027/20 NIE-X6699922E GARRUCHA
27/08/2020 04-AI-COV9-005061/20 NIE-X6947357T MOJONERA (LA)
15/07/2020 04-AI-COV9-005078/20 NIF-45586488M ALMERÍA
15/07/2020 04-AI-COV9-005083/20 NIF-23309217M HUERCAL-OVERA
29/08/2020 04-AI-COV9-005118/20 NIF-54313181S EJIDO (EL)
31/08/2020 04-AI-COV9-005197/20 NIF-34850833Z CARBONERAS
01/09/2020 04-AI-COV9-005353/20 NIE-X6404509K NIJAR
08/08/2020 04-AI-COV9-005402/20 NIF-54804168K HUERCAL-OVERA
04/08/2020 04-AI-COV9-005728/20 NIF-45900818V ROQUETAS DE MAR
31/08/2020 04-AI-COV9-005813/20 NIF-27504122D ALMERÍA
07/09/2020 04-AI-COV9-005883/20 NIF-76660494E ALMERÍA
08/09/2020 04-AI-COV9-006031/20 NIF-11392353Q ROQUETAS DE MAR
08/09/2020 04-AI-COV9-006056/20 NIF-27250174G RIOJA
10/09/2020 04-AI-COV9-006245/20 NIF-34853207L ROQUETAS DE MAR
11/09/2020 04-AI-COV9-006357/20 NIF-45314085Z VÉLEZ RUBIO
14/09/2020 04-AI-COV9-006428/20 NIF-45314085Z VÉLEZ RUBIO
07/09/2020 04-AI-COV9-006485/20 NIF-77243914R GARRUCHA
17/08/2020 04-AI-COV9-006542/20 NIE-X5019926S ALMERÍA
15/09/2020 04-AI-COV9-006612/20 NIE-Y6506686T ALMERÍA
10/09/2020 04-AI-COV9-006634/20 NIF-78321055Y ALMERÍA
22/09/2020 04-AI-COV9-007223/20 NIE-X2429983X EJIDO (EL)
22/09/2020 04-AI-COV9-007232/20 NIF-18109557R DALÍAS
24/09/2020 04-AI-COV9-007437/20 NIF-54097908E ADRA
25/09/2020 04-AI-COV9-007559/20 NIF-75716538D ALMERÍA
27/09/2020 04-AI-COV9-007653/20 NIE-X8313854K CARBONERAS
28/09/2020 04-AI-COV9-007739/20 NIF-23287282N HUÉRCAL-OVERA
28/09/2020 04-AI-COV9-007842/20 NIE-X3793500H CARBONERAS
28/09/2020 04-AI-COV9-007843/20 NIF-75256064H CARBONERAS
29/09/2020 04-AI-COV9-007918/20 NIF-54139181X ROQUETAS DE MAR
29/09/2020 04-AI-COV9-007957/20 NIF-44905731W MOJÁCAR
29/09/2020 04-AI-COV9-007959/20 NIF-25587099J ROQUETAS DE MAR
26/09/2020 04-AI-COV9-007969/20 NIE-X1437323F EJIDO (EL)
29/09/2020 04-AI-COV9-008091/20 NIF-45598966V ALMERÍA
29/09/2020 04-AI-COV9-008106/20 NIF-76666427K ALMERÍA
30/09/2020 04-AI-COV9-008262/20 NIE-X6331085J VÉLEZ RUBIO
30/09/2020 04-AI-COV9-008286/20 NIF-78321943C ALMERÍA
30/09/2020 04-AI-COV9-008306/20 NIF-75269216Z ALMERÍA
30/09/2020 04-AI-COV9-008314/20 NIF-08911469G ROQUETAS DE MAR
30/09/2020 04-AI-COV9-008338/20 NIE-Y0178080M GARRUCHA
30/09/2020 04-AI-COV9-008386/20 NIE-Y2332790Y ROQUETAS DE MAR
30/09/2020 04-AI-COV9-008391/20 NIE-Y6223838Y ROQUETAS DE MAR
30/09/2020 04-AI-COV9-008407/20 NIF-49332156P ROQUETAS DE MAR
30/09/2020 04-AI-COV9-008442/20 NIF-45275906S VÉLEZ RUBIO
30/09/2020 04-AI-COV9-008451/20 NIF-15470698R ROQUETAS DE MAR
30/09/2020 04-AI-COV9-008460/20 NIF-54379173C GARRUCHA
30/09/2020 04-AI-COV9-008471/20 NIF-23839835J VÉLEZ RUBIO
30/09/2020 04-AI-COV9-008475/20 NIF-75721570G ROQUETAS DE MAR
04/08/2020 04-AI-COV9-008614/20 NIF-75232628L HUÉRCAL-OVERA
30/09/2020 04-AI-COV9-008566/20 NIE-X1900269D EJIDO (EL)
29/09/2020 04-AI-COV9-008954/20 NIF-15425102Z GARRUCHA
30/09/2020 04-AI-COV9-009320/20 NIE-X3881267V VÍCAR
29/09/2020 04-AI-COV9-05448/20 NIF-15425102Z GARRUCHA
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