Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00183540.
La Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES) se crea por Ley 2/1994, de 24 de marzo, para la gestión de los servicios de emergencias sanitarias, como Entidad de Derecho Público de las previstas en el artículo 6.1.b) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, quedando adscrita a la Consejería de Salud. Dicha ley fue modificada por la disposición final primera del Decreto 13/2020, de 18 de mayo.
El Decreto 217/2011, de 28 de junio, dispone que EPES pasa a tener la consideración de Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y queda adscrita a la Consejería de Salud.
El régimen de contratación de personal se regula por el Derecho Laboral, así como en lo que sea de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.
En este contexto, se realiza la convocatoria para la contratación de personal indefinido, en concreto, un puesto de Técnico de Administración, con perfil en Selección y Desarrollo. La contratación se realiza con cargo a la tasa de reposición del ejercicio 2018, según autorización de fecha 3 de diciembre de 2018, dimanante del expediente CF:00094/2018.
El puesto convocado está incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de EPES, establecido en su artículo 1.2.
La selección del personal se realizará mediante convocatoria pública, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Por ello, atendiendo a los antecedentes citados, y en virtud del artículo 27.3 del Decreto 88/1994, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, esta Dirección Gerencia
R E S U E L V E
Primero. Convocar, por el sistema de concurso, la cobertura de un puesto de Técnico de Administración, con perfil de Selección y Desarrollo, de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.
Segundo. Aprobar las bases que regirán la convocatoria y el baremo que se aplicará para la evaluación curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo II de las bases.
Tercero. Publicidad. Esta convocatoria se publicará en la página web de la entidad, www.epes.es, y en el portal de transparencia en el apartado de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. La valoración de los aspirantes corresponde exclusivamente a la Comisión de Selección, órgano colegiado que actúa bajo los principios establecidos en los artículos 55 y 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La Comisión de selección será designada por la Dirección Gerencia de EPES, dicha designación será publicada durante la tramitación del proceso.
Quinto. Proceso de selección.
La Empresa Pública de Emergencias Sanitarias realiza una política de igualdad entre hombres y mujeres, aplicando criterios de acceso al empleo adecuados al principio de igualdad y no discriminación.
La provisión del puesto convocado se llevará a cabo por el sistema de concurso siguiendo los principios establecidos en el artículo 83 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 7.6.1 del Convenio Colectivo de EPES.
El proceso de selección se realizará conforme a las bases de la convocatoria.
Sexto. Información sobre la contratación.
La vinculación contractual de persona candidata seleccionada será de naturaleza laboral ordinaria indefinida con sujeto a la superación del periodo de prueba establecido en el artículo 10 del Convenio Colectivo de EPES. El contrato podrá extinguirse por cualquiera de las causas y en las condiciones previstas en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Séptimo. Presentación de candidaturas.
Las personas interesadas deberán presentar su candidatura a la atención de la Dirección Gerencia de EPES entregando su solicitud y documentación requerida en las bases, en el Registro de la Sede Central de EPES en Campanillas, Málaga, calle Severo Ochoa, número 28, D.P. 29590, indicando la referencia de esta convocatoria:
REF: Técnico_Selección y Desarrollo.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el siguiente día de la publicación en el BOJA del anuncio de la convocatoria del proceso selectivo.
Octavo. Protección de datos.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias le informa que sus datos personales, obtenidos mediante el presente formato de solicitud, se incorporarán para su tratamiento a un fichero automatizado. La finalidad de dicho tratamiento es el de la gestión del proceso selectivo de la empresa, en sus distintas facetas, pruebas selectivas, baremación de méritos o, en su caso, llamamientos para la contratación.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Dirección Gerencia, en el plazo de un mes a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, sede de este órgano, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Málaga, 17 de diciembre de 2020.- El Director Gerente, José Luis Pastrana Blanco.
Descargar PDF