Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00183539.
Por el Pleno del Ayuntamiento de Álora (Málaga) se ha acordado la transmisión de la propiedad, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de una parcela de titularidad municipal sita en Avenida de Cervantes, núm. 2 de dicha localidad, con destino a Oficina de Empleo.
Por la Consejería competente en materia de empleo, se ha manifestado el interés en la aceptación de la cesión de la propiedad de dicha parcela, para uso como oficina de empleo.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Financiación Europea, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el 21 de diciembre de 2020,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80 y concordantes de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad, acordada por el Ayuntamiento de Álora (Málaga), del local 2 de la planta baja del Edificio La Cancula, sito en Avenida de Cervantes, núm. 2, de dicha localidad, con destino a Oficina de Empleo.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Álora (Málaga), al tomo 1.232, libro 364, folio 71, con el núm. de finca 21.889.
Forma parte de la Referencia catastral 8071901UF4787S0001OO.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad de la parcela descrita en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Empleo con destino a Oficina de Empleo.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente decreto.
Sevilla, 21 de diciembre de 2020
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
JUAN BRAVO BAENA | |
Consejero de Hacienda y Financiación Europea |