Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00181403.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 26 de junio de 2020, se aprobó la Oferta de Empleo Público 2020 con el siguiente contenido:
Visto que, por Acuerdo del Pleno, de fecha 30 de enero de 2020, se procedió a la aprobación inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento de la Villa de Otura para el año 2020, junto con la Plantilla de Personal y resto de la documentación que lo acompaña.
Visto que el Presupuesto 2020 quedó definitivamente aprobado tras la publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 44, de 6 de marzo de 2020.
Visto que con la declaración del estado de alarma, la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, vino a recoger la suspensión de los plazos administrativos. Así, se acordó la suspensión de términos e interrupción de los plazos en la tramitación de procedimientos administrativos hasta que el real decreto perdiera vigencia (incluidas prórrogas), de forma que esta suspensión e interrupción debía aplicarse a todo el sector público definido en la LPAC, que en su artículo 2.1.c) comprende a las entidades que integran la Administración Local.
Sin embargo, el proceso de reducción gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social establecidas mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el avance del plan para la desescalada, con la consiguiente reactivación de la actividad económica, de la movilidad y de las necesidades de los ciudadanos de acceder a los servicios, tanto públicos como privados, hizo necesario la adopción de nuevas medidas acorde con la nueva situación.
Y así, con fecha 23 de mayo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La norma, en aras de facilitar el normal desarrollo de los procedimientos administrativos y judiciales, reguló el levantamiento de la suspensión de términos y de la interrupción de plazos administrativos, estableciendo, con efectos de 1 de junio de 2020, la derogación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
De este modo, con efectos desde 1 de junio, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.
Visto que, en la citada Plantilla y correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, figuran vacantes y dotadas presupuestariamente diversas plazas, cuya cobertura se considera necesaria en el presente ejercicio para el buen funcionamiento de los servicios municipales.
Visto el Informe del Departamento de Personal, de 20 de mayo de 2020, incorporado al expediente.
Visto el informe de Intervención en el que se verifica el cumplimiento de la legalidad y normativa aplicable.
Visto el resultado alcanzado en el seno de la mesa de negociación con respecto a los criterios a seguir en relación con la aprobación de la Oferta de Empleo Público, cuyo acta fue levantada con fecha 25 de junio de 2020.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el Informe de Secretaría de 23 de junio de 2020, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Resolución de Alcaldía núm. 102/2019, por la que se delegan competencias en la Junta de Gobierno Local, la misma por unanimidad,
ACUERDA
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2020, que contiene los siguientes puestos de trabajo, de conformidad con el Informe emitido por el Negociado de Personal, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto:
A) Personal Funcionario.
DENOMINACIÓN DEL PUESTO/UBICACIÓN | GRUPO PROFESIONAL/SUBGRUPO | SITUACIÓN | PECULIARIDADES |
SUPUESTO DEL ART. 19 DE LA LPGE |
INGENIERO/A DE CAMINOS. OFICINA TÉCNICA DE URBANISMO | A1 TÉCNICO SUPERIOR DE ADMÓN. ESPECIAL | VACANTE | Ocupada provisionalmente con contrato laboral de interinidad, sin pruebas selectivas.(antes del 1.1.15) | Estabilización empleo temporal |
RECAUDADOR/A SERVICIOS DE TESORERÍA. RECAUDACIÓN |
C1 ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL | VACANTE | Ninguna | Tasa adicional del 8% |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO | C2 | VACANTE | Ninguna | Tasa adicional del 8% |
RESPONSABLE DEL REGISTRO DE DOCUMENTOS. SECRETARÍA GENERAL | AUXILIARADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL | |||
AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE APOYO AL REGISTRO DE DOCUMENTOS Y A OTRAS ÁREAS. SECRETARÍA GENERAL | C2 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL | VACANTE | Ocupada provisionalmente con contrato laboral de interinidad, sin pruebas selectivas. (antes del 1.1.015) | Estabilización empleo temporal |
SUBALTERNO/A NOTIFICADOR/A. SECRETARÍA GENERAL | E SUBALTERNO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL | VACANTE | Ocupada por funcionaria interina. (Posterioridad al 1.1.15) | Tasa adicional del 8% |
B) Personal Laboral.
DENOMINACIÓN DEL PUESTO/UBICACIÓN | GRUPO PROFESIONAL | SITUACIÓN | PECULIARIDADES | SUPUESTO DEL ART. 19 DE LA LPGE |
PEÓN DE JARDINERÍA. OBRAS Y SERVICIOS | E | VACANTE | Ocupada provisionalmente con contrato laboral de interinidad, sin pruebas selectivas. (antes del 1.1.15) | Estabilización empleo temporal |
SUBALTERNO/A. OBRAS Y SERVICIOS | E | VACANTE | Ocupada provisionalmente con contrato laboral de interinidad, sin pruebas selectivas. (antes del 1.1.15) | Estabilización empleo temporal |
SUBALTERNO/A. BIBLIOTECA | E | VACANTE | Ocupada provisionalmente con contrato laboral de interinidad, sin pruebas selectivas. (antes del 1.1.15) | Estabilización empleo temporal |
Segundo. Publicar la Oferta de Empleo Público en el tablón de anuncios de la corporación, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://ayuntamientodeotura.sedelectronica.es
y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tercero. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente oferta de empleo público dentro del plazo improrrogable de tres años, a contar desde su fecha de publicación.
Cuarto. Las bases de las convocatorias a realizar contendrán el sistema de selección que se determine, dentro del marco legal vigente, debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad consagrados en la Constitución, así como en el marco de lo establecido la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
Quinto. El presente acuerdo se remitirá a la Administración General del Estado.
Otura, 16 de noviembre de 2020.- La Secretaria, María Esther Luna Hernández.
Descargar PDF