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La Ilma. Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, mediante Resolución de 30 de julio de 2019, ha acordado el inicio del segundo deslinde parcial, Expte. MO/00039/2019, del monte público «Grupo Ordenados de Moguer», Código de la Junta de Andalucía HU-50001-AY, propiedad del Ayuntamiento de Moguer y sito en el término municipal de Moguer, provincia de Huelva.
Por parte de esta Delegación Territorial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, se procede a fijar la fecha de las operaciones materiales de deslinde los próximos días 22, 23, 29 y 30 de abril de 2020 a las 10:00 horas de la mañana en el salón de actos del Edificio de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Moguer, situado en la calle Daniel Vázquez Díaz, de dicho término municipal. En la fecha fijada se hará referencia a las fechas previsibles para las distintas sesiones de apeo, fijando la nueva convocatoria en la sesión de apeo anterior. Se informa a los interesados que las declaraciones sobre las operaciones materiales (apeos) habrán de formularse para su constancia en acta en la fecha y lugar en que aquellos se realicen, al objeto de evitar nuevos reconocimientos sobre el terreno.
Se advierte, a quienes se conceptúen como colindantes con el monte público u ostenten algún interés legítimo que hacer valer en el expediente, de la necesidad de presentar toda la documentación que obre en su poder en el plazo de treinta días siguientes al de la recepción de esta notificación. Dicha documentación deberá ser presentada en la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, a efectos de tener formado mejor criterio sobre las fincas afectadas por el deslinde.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que, en caso de transmisión de algún derecho afectado por el expediente de deslinde, deberá comunicarse a esta Delegación Territorial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Contra el presente acto de trámite, que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa, pudiendo los interesados oponerse al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento (arts. 112 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Para cualquier tipo de aclaración, se deberá llamar al teléfono 959 260 790 extensión 310 782.
Huelva, 3 de febrero de 2020.- El Delegado, Álvaro de Burgos Mazo.
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