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BDNS (Identificación): 540867 - 540868.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca, en la modalidad de concesión en concurrencia competitiva, las subvenciones para actuaciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía aprobadas como Anexo II de la Orden 14 de enero de 2019 (BOJA núm. 12, de 18 de enero de 2019).
Tercero. Destinatarios.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas las personas que reúnan los requisitos previstos en la base quinta de las bases reguladoras.
Cuarto. Objeto.
Las subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de viviendas con deficiencias en sus condiciones básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que, incluidas entre las relacionadas en la base sexta de las bases reguladoras, resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética.
Quinto. Importe.
La concesión de las subvenciones se financiará con cargo a los créditos de los ejercicios 2021 y 2022 de las partidas presupuestarias 1700180000 G/43A/78400/00S0096 2009000217 y 1700030000 G/43A/78400/0001 2013000232, siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 10.000.000,00 euros, estando limitada, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes.
La distribución del crédito entre los distintos ámbitos territoriales establecidos en el apartado segundo de la base duodécima de las bases reguladoras se ha realizado teniendo en cuenta el peso poblacional de las provincias en el conjunto de la Comunidad Autónoma, según las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a fecha 1 de enero de 2019, siendo el siguiente:
Línea 1. Obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad
Provincia | Porcentaje de reparto |
1700180000 G/43A/78400/00 S0096 2009000217 |
1700030000 G/43A/78400/00 01 2013000232 |
Crédito Total | ||
2021 | 2022 | 2021 | 2022 | |||
Almería | 8,52 % | 290.766,30 € | 290.766,30 € | 83.858,10 € | 83.858,10 € | 749.248,80 € |
Cádiz | 14,74 % | 503.039,35 € | 503.039,35 € | 145.078,45 € | 145.078,45 € | 1.296.235,60 € |
Córdoba | 9,31 % | 317.727,03 € | 317.727,02 € | 91.633,68 € | 91.633,67 € | 818.721,40 € |
Granada | 10,87 % | 370.965,92 € | 370.965,93 € | 106.987,97 € | 106.987,98 € | 955.907,80 € |
Huelva | 6,20 % | 211.590,50 € | 211.590,50 € | 61.023,50 € | 61.023,50 € | 545.228,00 € |
Jaén | 7,53 % | 256.980,08 € | 256.980,07 € | 74.114,03 € | 74.114,02 € | 662.188,20 € |
Málaga | 19,75 % | 674.018,12 € | 674.018,13 € | 194.389,37 € | 194.389,38 € | 1.736.815,00 € |
Sevilla | 23,08 % | 787.662,70 € | 787.662,70 € | 227.164,90 € | 227.164,90 € | 2.029.655,20 € |
Andalucía | 100,00 % | 3.412.750,00 € | 3.412.750,00 € | 984.250,00 € | 984.250,00 € | 8.794.000,00 € |
Total partida presupuestaria | 6.825.500,00 € | 1.968.500,00 € | 8.794.000,00 € |
Línea 2. Obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad
Provincia | Porcentaje de reparto |
1700180000 G/43A/78400/00 S0096 2009000217 |
1700030000 G/43A/78400/00 01 2013000232 |
Crédito Total | ||
2021 | 2022 | 2021 | 2022 | |||
Almería | 8,52 % | 50.033,70 € | 50.033,70 € | 1.341,90 € | 1.341,90 € | 102.751,20 € |
Cádiz | 14,74 % | 86.560,65 € | 86.560,65 € | 2.321,55 € | 2.321,55 € | 177.764,40 € |
Córdoba | 9,31 % | 54.672,98 € | 54.672,97 € | 1.466,33 € | 1.466,32 € | 112.278,60 € |
Granada | 10,87 % | 63.834,07 € | 63.834,08 € | 1.712,02 € | 1.712,03 € | 131.092,20 € |
Huelva | 6,20 % | 36.409,50 € | 36.409,50 € | 976,50 € | 976,50 € | 74.772,00 € |
Jaén | 7,53 % | 44.219,93 € | 44.219,92 € | 1.185,98 € | 1.185,97 € | 90.811,80 € |
Málaga | 19,75 % | 115.981,87 € | 115.981,88 € | 3.110,62 € | 3.110,63 € | 238.185,00 € |
Sevilla | 23,08 % | 135.537,30 € | 135.537,30 € | 3.635,10 € | 3.635,10 € | 278.344,80 € |
Andalucía | 100,00 % | 587.250,00 € | 587.250,00 € | 15.750,00 € | 15.750,00 € | 1.206.000,00 € |
Total partida presupuestaria | 1.174.500,00 € | 31.500,00 € | 1.206.000,00 € |
Las personas solicitantes de las actuaciones que cumplan lo establecido en las bases tercera a séptima de las bases reguladoras podrán ser beneficiarias de una subvención de cuantía equivalente al 40 por ciento del presupuesto protegible de la actuación, con carácter general, o del 75 por ciento si si los ingresos de la unidad de convivencia residente en la vivienda son inferiores a 3 veces el IPREM o resida en la misma una persona con discapacidad o mayor de 65 años y acometan actuaciones para la mejora de la accesibilidad. En cualquier caso, el importe de la subvención resultante no podrá superar las cuantías máximas recogidas en la base octava de las bases reguladoras.
Teniendo en cuenta la cuantía total máxima de la convocatoria y el coste estimado de las actuaciones a subvencionar, se estima que se financiarán actuaciones sobre un total de 1.400 viviendas con una subvención media estimada por vivienda de 7.140,00 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.
Séptimo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 23 de diciembre de 2020
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA | |
Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio |