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Esta Presidencia, acuerda, a la vista del informe del Director de fecha 13.12.2019, de lo dispuesto en el artículo 31.2.g) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, de la autorización a esta Presidencia por el Consejo de Administración en su sesión de 4.10.2019 y en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo siguiente:
1. Realizar la corrección del error material detectado en el párrafo cuarto de la base 1.ª Objeto del concurso del pliego de bases y condiciones que ha de regir el concurso para la adjudicación de autorización administrativa para la ocupación de varias zonas del Palmeral de las Sorpresas y su explotación mediante el ejercicio de la actividad comercial de «Organización de mercados temáticos, artesanales y/o ferias navideñas en el puerto de Málaga» aprobado por ACA de 4.10.2019 que queda redactado en los siguiente términos:
«Siempre que cumplan con este pliego y el condicionado anexo se admitirán los alimentos artesanos típicos de la agricultura y gastronomía nacional e internacional, debiendo en este caso el adjudicatario garantizar la correcta manipulación de estos productos.»
2. Revisar los términos de la convocatoria mediante la publicación de un nuevo anuncio en el Perfil del Contratante de la página web de la Autoridad Portuaria de Málaga y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, otorgando una prórroga del plazo de 10 días para presentación de ofertas al citado concurso contados desde su publicación en el citado boletín oficial.
3. Informar al Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga en su próxima sesión de todo lo actuado al respecto.
Málaga, 21 de enero de 2020.- El Presidente, Carlos Rubio Basabe.
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