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En relación con el expediente de solicitud de ayudas dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, 01/29/00073/15/3, se le informa que se ha dictado acuerdo por el que se inició el procedimiento de pérdida del derecho al cobro de las ayuda concedida por Resolución de 20 de mayo de 2016, por el que se conceden ayudas a la solicitudes presentadas en la convocatoria 2015 de las ayudas reguladas por Orden de 10 de junio de 2015.
El acuerdo al que hace referencia no es susceptible de recurso, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, no obstante se le concede un plazo de 15 días a contar desde el día siguiente al de la recepción del acuerdo que se acompaña, para que formule las alegaciones y presente los documentos y justificantes que estime oportunos.
Intentada sin efecto la notificación de este acuerdo al interesado formulado en el expediente correspondiente, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, LPACAAPP, e intentada, sin efecto, la notificación personal en el domicilio que consta en dicho expediente, se publica el presente, para que sirva de notificación del mismo. El expediente completo se encuentra depositado en la planta 3.ª, despacho núm. 4, de Edificio de Servicios Múltiples, sita en la Avda. de la Aurora, núm. 47, 29002 Málaga.
NIF: 74885013A.
Expediente: Ayudas dirigidas a la creación de empresas para jóvenes agricultores en el Marco de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 la que se declara la pérdida del derecho al cobro de la ayuda concedida.
Fecha del acuerdo: 19.6.19.
Acto notificado: Acuerdo por el que se declara la pérdida del derecho al cobro de la ayuda concedida.
Málaga, 18 de febrero de 2020.- El Delegado, Fernando Fernández Tapia-Ruano.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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