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Doña Almudena Bocanegra Jiménez, en calidad de Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en virtud del Decreto 316/2019, de 12 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entidad adscrita a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, que se constituyó mediante Ley 3/1991, de 28 de diciembre, y Decreto 46/1993 y transformada en Agencia Pública Empresarial mediante el artículo 20.1 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, aprobándose sus Estatutos mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 16 de los mencionados Estatutos,
RESUELVE
Primero. Convocar audiciones para cubrir los puestos del elenco del nuevo proyecto del Ballet Flamenco de Andalucía. Mediante el proceso se cubrirán un total de una (1) plaza de Repetidor/a, nueve (9) de Bailaores/as, y cinco (5) de Músicos (cante, guitarra y toque) mediante contratos temporales sujetos al Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de artista en espectáculos públicos.
Segundo. Las bases que regirán la convocatoria son las contenidas en el Anexo I de la presente resolución.
Tercero. El modelo de solicitud se incluye en el Anexo II.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Dirección de la Agencia, con carácter previo a la jurisdicción social.
Sevilla, 26 de febrero de 2020.- La Gerente, Almudena Bocanegra Jiménez.
ANEXO I
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE ARTISTAS (REPETIDOR/A, BAILAOR/A, SOLISTA, BAILAOR/A, CANTAOR/A, GUITARRISTA Y PERCUSIONISTA) PARA EL ELENCO DEL BALLET FLAMENCO DE ANDALUCÍA
Primera. Antecedentes y objeto.
1.1. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, es una agencia pública empresarial adscrita a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, con personalidad jurídica pública diferenciada y plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión. Son fines generales de la Agencia (artículo 4 de la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero) la investigación, gestión, fomento y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía y las artes audiovisuales.
Conforme lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales se constituye con el objetivo de optimizar, en términos de eficacia y economía, la gestión de los recursos públicos que la Administración de la Junta de Andalucía destina a la cultura, así como aquellos recursos obtenidos en el ejercicio de su actividad como consecuencia de la prestación de bienes y servicios que se entreguen o realicen, contribuyendo al acceso a los bienes culturales en condiciones de igualdad, y la participación equitativa de las personas, mujeres y hombres, en las actividades culturales.
Entre sus funciones concretas, el artículo 6.2.a) de los Estatutos recoge la de producción, fomento, formación y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas y la música. Para auspiciar el acceso de los ciudadanos a los bienes culturales, realiza a través del Ballet Flamenco de Andalucía producciones coreográficas basadas en las distintas expresiones y manifestaciones del flamenco. El objetivo principal del Ballet Flamenco de Andalucía es contribuir al desarrollo de la interpretación, creación, producción y difusión de la danza andaluza con especial incidencia en los lenguajes flamencos, como establece el estatuto de autonomía de Andalucía y las recomendaciones de la UNESCO, incidiendo en la recuperación y difusión del patrimonio cultural de Andalucía, que tiene como elemento más singular el flamenco.
1.2. Las presentes bases tienen por objeto hacer pública la convocatoria de las audiciones del Ballet Flamenco de Andalucía para la selección de las siguientes especialidades de artistas: Repetidor/a, Bailaor/a, Cantaor/a, Guitarrista y Percusionista, los cuales pasarán a ser miembros del elenco del Ballet Flamenco de Andalucía durante un periodo de un año, prorrogable hasta un máximo de cuatro años. Entre los bailaores/as seleccionados en las presentes audiciones, la Dirección Artística podrá seleccionar con posterioridad a dos Bailaores/as solistas.
1.3. Las contrataciones objeto del presente proceso han sido autorizadas por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, y Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior.
1.4. El presente sistema de selección garantiza el respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia en el proceso de selección.
Segunda. Destinatarios/as de la convocatoria.
2.1. La presente convocatoria se dirige a todas las personas que, cumpliendo los requisitos y elementos de los perfiles indicados en el punto 4, presenten la solicitud y documentación que se indica.
2.2. La convocatoria será expuesta en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (www.aaiicc.es) y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. En la web de la Agencia se publicarán las comunicaciones necesarias y, en todo caso, el listado de personal seleccionado.
Tercera. Datos de la convocatoria.
3.1. Las incorporaciones se formalizarán mediante contrato temporal sujeto al Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los artistas en espectáculos públicos, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, y normativa de restante que le resulte de aplicación. Se pactará un período de prueba de un mes.
3.2. Se percibirá el siguiente salario base bruto en 12 mensualidades:
Categoría | Bruto/Mensual | Bruto/Anual |
Repetidor/a | 2.276,53 € | 27.318,33 € |
Solista | 1.819,08 € | 21.829,04 € |
Bailaor/a | 1.595,69 € | 19.148,38 € |
Cantaor | 1.914,83 € | 22.978,03 € |
Guitarrista | 1.914,83 € | 22.978,03 € |
Percusionista | 1.914,83 € | 22.978,03 € |
Adicionalmente, durante el período de representaciones se abonará un Plus de gira en función del número de representaciones realizadas, por importe de 47,87 € brutos por función (90,42 € brutos el Repetidor/a).
El desempeño del puesto está sometido a las restricciones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y normativa de desarrollo.
Cuarta. Requisitos de los candidatos.
Las personas solicitantes deberán acreditar los siguientes requisitos mínimos obligatorios:
4.1. Ser de nacionalidad española, o ser nacional de otro estado comprendido en los supuestos establecidos en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
4.2. Edad igual o superior a 18 años.
4.3. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado, o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
4.5. Experiencia de, al menos, tres años en el sector profesional del flamenco, en el puesto que se solicita. En caso de optar por el puesto de Repetidor/a, la experiencia mínima exigida es de cinco años.
Quinta. Solicitud y documentación.
5.1. Las personas interesadas en participar en el proceso deberán presentar solicitud de participación según modelo que se adjunta como Anexo II, así como toda la documentación mínima obligatoria fotocopiada indicada a continuación, y la justificación de los méritos que se alegan:
- Curriculum vitae del aspirante debidamente actualizado.
- Documentación acreditativa de la experiencia.
- Fotocopia DNI (en caso de extranjeros/as, fotocopia del pasaporte y permiso de trabajo y residencia).
- 1 fotografía reciente de cara.
- Enlace de vídeo en Youtube u otro vídeo actuando ejecutando una pieza de baile o toque según el puesto solicitado. No se admitirán vídeos como archivos adjuntos (MP4, AVI, o similar) o entregados en algún soporte (DVD, Pen Drive). Únicamente se admitirán enlaces web.
5.2. La Agencia podrá requerir en cualquier momento los documentos originales así como la documentación aclaratoria que entienda necesaria.
5.3. La documentación que no esté redactada en español deberá adjuntar la correspondiente traducción oficial.
5.4. Únicamente se admitirán las solicitudes que contengan el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado, así como la totalidad de la documentación obligatoria. La no presentación de la documentación o presentación fuera del plazo implica la exclusión del proceso de selección.
Sexta. Plazo y lugar de presentación.
6.1. Las solicitudes (Anexo II) y documentación adjunta deben presentarse en el plazo de los 10 días naturales siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En caso de que el último día de presentación de solicitudes sea inhábil, el plazo se entenderá prorrogado hasta el día siguiente hábil.
6.2. Serán dirigidas a la persona titular de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y se presentarán en la sede del Ballet Flamenco de Andalucía sita en calle Calatrava núm. 3, 41003 Sevilla, o mediante el envío de la misma, junto con una copia de la documentación adjunta, al correo electrónico balletflamencodeandalucia@juntadeandalucia.es dentro de los plazos establecidos, indicando en el asunto el puesto al que se opta, así como el nombre y apellidos del candidato/a. Si se opta por esta vía de presentación, sólo se admitirán archivos PDF, JPG y GIF. No se admitirán los archivos compartidos en Drive, Dropbox o similar.
6.3. Para aquellas candidaturas remitidas mediante correo certificado a la dirección anterior mediante cualquiera de las vías establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberá remitirse un correo electrónico a la anterior dirección dentro del mismo plazo de 10 días, adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en plazo en las oficina de Correos.
6.4. No se admitirán candidaturas ni documentación remitida por otras vías distintas a las expuestas en este punto.
Séptima. General proceso de selección.
7.1. Se constituirá un Comité de Selección designado por: Presidencia, Dirección Artística del Ballet Flamenco de Andalucía; y cuatro vocales: Jefatura de Área de Producción y Distribución del Ballet Flamenco de Andalucía y dos expertos/as nombrados por la Gerencia de la Agencia y la Dirección de Recursos Humanos que además actuará como Secretaria.
Los miembros del Comité podrán delegar sus funciones. No podrán estar incursos en causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.2. Primera fase: Las candidaturas que reúnan los requisitos mínimos relacionados en el punto 4 participarán en la primera fase de Estudio del historial profesional, en la que se realizará un análisis de las candidaturas, y cuyo resultado será la suma obtenida en el estudio del historial y la visualización de los vídeos a partir de los criterios de conocimiento de técnica de baile/toque, seguridad y soltura. Tras ello se publicará en la web de la Agencia un listado provisional de candidaturas admitidas en cada especialidad por cumplir los requisitos mínimos del punto 4 de las bases, y de candidaturas excluidas, señalándose la causa de exclusión (Listado provisional núm. 1). Junto con las candidaturas admitidas, se publicarán las puntuaciones totales obtenidas en esta fase. Los interesados podrán formular las alegaciones que a su derecho convengan en el plazo de tres días naturales. Una vez analizadas las alegaciones, se publicará listado definitivo de candidaturas admitidas y puntuaciones de esta fase en cada especialidad (Listado definitivo núm. 1), que servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.
7.3. Segunda fase: Una vez publicado el listado definitivo núm. 1, el Comité celebrará una ronda de audiciones con las candidaturas admitidas en cada especialidad, al objeto de contrastar el cumplimiento de los requisitos de conocimientos de técnica de baile/toque, seguridad y rapidez en el aprendizaje (el detalle consta en la base octava). El Comité se reserva determinar el número máximo de personas que pasan a esta segunda fase, dependiendo del número de candidaturas. Los solicitantes serán informados de si han sido preseleccionados para la audición mediante la publicación de un listado en la página web de la Agencia. Las audiciones se llevarán a cabo en la sede del Ballet Flamenco de Andalucía, sito en Sevilla, calle Calatrava, número 3. Para el puesto de Repetidor/a, la segunda fase implicará la realización de una entrevista personal en vez de una audición.
Al finalizar las audiciones/entrevista se publicará un listado provisional (Listado provisional núm. 2) con las puntuaciones totales de cada candidatura. Los interesados podrán formular las alegaciones a su derecho convengan en el plazo de tres días naturales. Una vez analizadas las alegaciones recibidas, se publicará el listado definitivo de candidaturas (Listado definitivo núm. 2), el cual consistirá en una relación ordenada según la puntuación total alcanzada en el proceso selectivo. En caso de empate de puntuaciones, se dará prioridad a la solicitud que tenga una fecha anterior de entrada en el registro oficial. Se incluirán una relación de los/as candidatos/as suplentes.
7.4. Tras ello se publicará la resolución de la Gerencia de la Agencia con las candidaturas seleccionadas en la página web corporativa de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (www.aaiicc.es) y portal de transparencia.
7.5. La convocatoria puede ser declarada parcial o totalmente desierta si ninguna de las candidaturas reuniera los requisitos exigidos o no se ajustaran al puesto según criterios de idoneidad.
Octava. Proceso selección. Detalle segunda fase, audiciones.
8.1. El solicitante autoriza a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales la grabación en vídeo de la audición, al objeto de facilitar la posterior valoración y selección de los intérpretes.
8.2. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales se reserva el derecho a determinar el tiempo de que dispone cada participante en la audición, los fragmentos o partes a interpretar, así como el realizar cuantas preguntas se estimen necesarias para mejor valorar los conocimientos de los participantes.
8.3. Las Audiciones para Bailaor/a constarán de las siguientes pruebas:
8.3.1. Calentamiento.
8.3.2. Clase técnica (escuela bolera/danza española).
8.3.3. Clase/Montaje de flamenco.
Las distintas pruebas no serán, en sí mismas, determinantes, pues se valorará el global de la audición realizada por el aspirante.
Los participantes en las audiciones vendrán provistos de la siguiente equipación:
- Ropa negra.
- Zapatillas.
- Castañuelas.
- Zapatos y botas de flamenco.
8.4. Las Audiciones para Cantaor, Guitarrista y Percusionista, constarán de las siguientes pruebas:
8.4.1. Para cantaor: Acompañamiento al cante y al baile. Los palos a interpretar por los aspirantes serán elegidos por el Comité de Selección.
8.4.2. Para guitarrista: Toque solista. Acompañamiento al cante y al baile. Los palos a interpretar por los aspirantes serán elegidos por el Comité de Selección.
8.4.3. Para percusión: Toque solista. Acompañamiento al cante y al baile. Los palos a interpretar por los aspirantes serán elegidos por el Comité de Selección.
Noveno. Baremos de referencia. Puntuación máxima: 10 puntos.
No se valoran los requisitos mínimos exigidos para el puesto a excepción de la experiencia.
Criterios de valoración-Repetidor/a | Puntuación máxima |
Fase 1: Experiencia en el sector profesional del flamenco en el puesto solicitado (0,05 puntos/mes) | 3 |
Fase 1: Valoración Vídeos (baile o toque según el puesto solicitado) | 2,5 |
Fase 2: Valoración de la entrevista | 4,5 |
Criterios de valoración-Resto de especialidades | Puntuación máxima |
Fase 1: Experiencia en el sector profesional del flamenco en el puesto solicitado (0,09 puntos/mes) | 3 |
Fase 1: Valoración Vídeos (baile o toque según el puesto solicitado) | 2,5 |
Fase 2: Valoración de la entrevista | 4,5 |
Décimo. Información.
Para más información sobre esta convocatoria, los interesados podrán dirigirse a los teléfonos 955 037 360 y 955 037 363, o remitir sus consultas a la dirección de correo electrónico: balletflamencodeandalucia@juntadeandalucia.es
Todo lo cual se hace público para general conocimiento.
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