Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 06/03/2020

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Ayuntamientos

Anuncio de 4 de febrero de 2020, del Ayuntamiento de Lepe, por el que se hace público el Convenio entre la Diputacion Provincial de Huelva y el Ayuntamiento de Lepe para la gestión integral de tributos locales y otros ingresos de derecho público. (PP. 345/2020).

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Se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 7.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que por el Pleno del Ayuntamiento de Lepe (Huelva), en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2019, se ha acordado la delegación de competencias en materia de gestión tributaria, recaudación e inspección tributaria en la Diputación Provincial de Huelva, habiendo sido delegadas la facultades siguientes:

1. Las facultades que el Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de gestión tributaria y recaudación, en periodo voluntario y ejecutivo, de los siguientes tributos:

- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

- Impuesto sobre Actividades Económicas.

- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

2. Las facultades que el Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de recaudación en periodo voluntario y ejecutivo de los siguientes tributos e ingresos de derecho público:

- Contribuciones especiales

- Las tasas de cobro periódico y notificación colectiva que se determinen por el Ayuntamiento cada ejercicio.

3. Las facultades que el Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de recaudación en periodo ejecutivo de cualquier tributo e ingreso de derecho público cuya gestión o recaudación en periodo voluntario no haya sido objeto de delegación.

4. Las facultades que el Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de inspección tributaria de los siguientes tributos:

- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

- Impuesto sobre Actividades Económicas.

- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

- Tasas Municipales.

Las delegaciones anteriores se realizan en los términos y con las facultades, contenido y alcance que se establecen en el «CONVENIO ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA, EL SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE HUELVA Y EL AYUNTAMIENTO DE LEPE PARA LA DELEGACIÓN DE LA GESTION INTEGRAL DE TRIBUTOS LOCALES Y OTROS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO»; y en el «CONVENIO ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DEL HUELVA, EL SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE HUELVA Y EL AYUNTAMIENTO DE LEPE POR EL QUE SE ACUERDAN LAS CONDICIONES, CONTENIDO Y ALCANCE DE LA DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE INSPECCIÓN TRIBUTARIA CORRESPONDIENTE A LA HACIENDA MUNICIPAL», y se ejercerán por la Diputación Provincial de Huelva a través de su organismo autónomo Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de Huelva (SGTH), o en la forma que en base a su potestad de autoorganización se pudiera determinar en el futuro.

Lepe, 4 de febrero de 2020.- El Alcalde, Juan Manuel González Camacho.

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