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La situación extraordinaria generada por la pandemia del coronavirus y la promulgación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, provocó que la Junta de Andalucía, al objeto de coadyuvar a que los Ayuntamientos andaluces pudiesen ejercer sus funciones con los recursos humanos adecuados y suficientes, aprobase el Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), cuya disposición adicional primera establece que mientras duren las circunstancias extraordinarias derivadas de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se podrán adoptar cuantas disposiciones administrativas sean precisas en relación con la formación y actividades del alumnado de la XLV y de la XLVI Promoción del Curso de Ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, y del Curso de Capacitación para Oficiales de 2020, y de las personas que hayan superado la primera fase del proceso selectivo para el ingreso en la Policía Local en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Como desarrollo de esta disposición se aprueba la Orden de 30 de marzo de 2020, por la que se acuerdan medidas administrativas en relación con el alumnado de la XLV y de la XLVI Promoción del Curso de Ingreso y del Curso de Capacitación para Oficiales de 2020 y con aquellas personas que hayan superado la primera fase del proceso selectivo para ingresar en los cuerpos de la policía local en los municipios de Andalucía, publicada en el BOJA núm. extraordinario 12, de 30 de marzo de 2020.
El apartado tercero de la referida orden establece que las personas admitidas en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía como alumnado de la XLVI Promoción del Curso de Ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía podrán iniciar el referido curso desde el día de su entrada en vigor. Por tanto, con independencia de la fecha de los nombramientos como personal funcionario en prácticas del alumnado de la XLVI Promoción, y al objeto de armonizar la situación de todos los municipios afectados, el curso de ingreso de esta promoción se inició con carácter general el día 30 de marzo de 2020, si bien, una vez que los Ayuntamientos han remitido los nombramientos correspondientes, la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía procedió a incorporar en la Plataforma de Formación en Red a 137 alumnos y 19 alumnas pertenecientes a 53 municipios.
Por otro lado, el apartado cuarto de la orden citada establece que la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía procederá a la admisión y a la incorporación en dicha plataforma a aquellas personas que hayan superado la primera fase del proceso selectivo para ingresar en la policía local en cualquier municipio de Andalucía y que no hayan sido admitidas en la XLVI Promoción del Curso de Ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, siempre que los Ayuntamientos interesados remitan a la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía su nombramiento como personal funcionario en prácticas en el plazo de 10 días desde su entrada en vigor. En estas condiciones se han admitido 21 alumnos y 5 alumnas pertenecientes a 8 municipios, bajo la denominación de Promoción Extraordinaria 2020.
El apartado quinto de la Orden de 30 de marzo de 2020 determina que el alumnado de la XLVI Promoción del Curso de Ingreso iniciará el período formativo mediante la formación en red y las prácticas en las plantillas policiales, desarrollándose el resto del curso en función de las normas estatales y autonómicas que tengan incidencia en las funciones que hayan de desarrollar los Cuerpos de la Policía Local, permitiendo establecerse un período de formación presencial en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y concluir con una segunda fase de prácticas en plantillas. Tanto este alumnado como el de la Promoción Extraordinaria 2020 ha iniciado el día 16 de abril la formación en red estructurada en módulos de 5 horas semanales, en consideración a las especiales circunstancias originadas por la pandemia del COVID-19 y al objeto de permitir la incorporación de este personal con funciones de apoyo a sus respectivos Cuerpos de Policía Local, especialmente en cumplimiento de las órdenes de servicio relacionadas con la declaración del estado de alarma. Asimismo, teniendo en cuenta la evolución de las necesidades de estas funciones, se irán adecuando las horas semanales de formación en red para favorecer su finalización.
Por otra parte, desde la aprobación de la Orden de 30 de marzo de 2020 el estado de alarma ha sido prorrogado en cuatro ocasiones, la última mediante el Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, hasta las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020, en los términos expresados en dicha norma.
El Consejo de Ministros aprobó, en sesión celebrada el 28 de abril de 2020, el denominado «Plan para la transición hacia una nueva normalidad», que establecía 4 fases: 0, I, II y III. En el anexo II del plan se incluía una previsión orientativa para el levantamiento de las limitaciones de ámbito nacional establecidas en el estado de alarma, en función de dichas fases, señalando expresamente que esta previsión es orientativa y que no tiene carácter exhaustivo. En dicho anexo se establece que durante la fase II se podrán llevar a cabo la «apertura de los centros educativos y de formación (autoescuelas, academias, etc.) que no estén incluidos en los apartados de Educación y Ciencia. Se establecerán las medidas de distanciamiento, higiene y protección oportunas». En dicho supuesto podría encuadrarse la actividad formativa de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, siendo esa facultad potestativa y siempre que se establezcan las medidas de distanciamiento, higiene y protección oportunas.
En la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía existen dificultades en orden a dar cumplimiento a estas medidas para impartir su actividad formativa ordinaria a la totalidad de los integrantes de las promociones mencionadas y previsiblemente de las futuras, dadas las condiciones extraordinarias provocadas por la crisis sanitaria del COVID-19, de modo que se requiere acordar un procedimiento específico para facilitar la formación preceptiva regulada en el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, y de manera especial con el objetivo de permitir la modalidad presencial en las materias que exijan este formato.
Ante esta situación se plantea que la formación para el alumnado de XLVI Promoción del Curso de Ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía y de la Promoción Extraordinaria 2020 se realice casi en su mayor parte en la modalidad de formación en red y prácticas en las plantillas policiales, exceptuando aquellas materias que requieran obligatoriamente la presencia del alumnado en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, que se impartirán con carácter presencial, respetando las medidas de distanciamiento, higiene y protección determinadas por la autoridad sanitaria. En todo caso se impartirá la carga lectiva mínima de 1.300 horas prevista para el curso de ingreso en el artículo 13 del Decreto 201/2003, de 8 de julio.
Por otro lado, en previsión de la necesidad de atender a la demanda de formación provocada como consecuencia de los procedimientos selectivos de acceso a los Cuerpos de Policía Local durante los próximos meses, tanto en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía como en las Escuelas Municipales de Policía Local, concertadas o no, se hace necesario asimilar los cursos de ingreso que se deben desarrollar en el marco de dichos procesos selectivos a los correspondientes a la XLVI Promoción y a la Promoción Extraordinaria 2020 a todos los efectos.
Al objeto de abordar estas situaciones, la disposición adicional quinta del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), establece que mientras se mantenga la situación de alerta sanitaria ocasionada por el COVID-19 se podrán adoptar cuantas disposiciones administrativas sean precisas en relación con la formación y actividades del alumnado de la XLVI Promoción del Curso de Ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, del alumnado acogido al apartado cuarto de la Orden de 30 de marzo de 2020 y del alumnado de cursos de ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía que se inicien durante dicha situación.
En su virtud, en uso de las facultades que me confiere el artículo 26.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Ámbito de aplicación.
La presente orden se aplicará al alumnado de la XLVI Promoción del Curso de Ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía y al alumnado acogido al apartado cuarto de la Orden de 30 de marzo de 2020, así como al alumnado de cursos de ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía que se inicien durante la situación de alerta sanitaria.
Segundo. Normativa aplicable.
1. El alumnado incluido en el ámbito de aplicación de esta orden se regirá por lo dispuesto en el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, así como por lo dispuesto en el apartado tercero de la presente orden.
2. A dicho alumnado no le será de aplicación las previsiones contenidas en los artículos 3, en lo referente a uniformidad, 6.2, 6.4 y 10, de las normas reguladoras de las actividades formativas del curso de ingreso, reguladas por la Orden de 4 de marzo de 2004, por la que se regulan determinados aspectos del curso de ingreso para los funcionarios en prácticas de los Cuerpos de la Policía Local, así como los apartados III, V y VI de los Programas Mínimos del Curso de Ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía aprobados por el Consejo Rector de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (en adelante ESPA) en sesión de 18 de noviembre de 2015 e informados por la Comisión de Coordinación de las Policías Locales en sesión de 20 de marzo de 2017, que actualizaron los incluidos en el Anexo de la Orden de 4 de marzo de 2004.
Tercero. Estructura del curso.
1. El curso tendrá una duración de 1.300 horas lectivas.
2. La estructura del curso es de 74 horas de formación presencial en la ESPA o en la Escuela Municipal de Policía Local donde se imparta, 596 horas de formación en red, tanto de manera exclusiva o compatibilizadas con las prácticas en plantillas, y 630 horas de prácticas en plantillas. La ESPA elaborará la correspondiente Guía Didáctica de este curso de ingreso.
En atención a la evolución de la pandemia causada por el COVID-19, se adoptarán las medidas necesarias para permitir que la formación de carácter presencial se realice también de manera telemática.
Cuarto. Temporalización del curso de la XLVI Promoción del Curso de Ingreso y de la Promoción Extraordinaria 2020.
1. La XLVI Promoción del Curso de Ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía y la Promoción Extraordinaria para el alumnado acogido al apartado cuarto de la Orden de 30 de marzo de 2020 se desarrollará entre el 30 de marzo y el 18 de diciembre de 2020.
2. La distribución temporal del curso será la siguiente:
- Desde el 30 de marzo hasta el 14 de junio de 2020: Prácticas en plantillas y formación en red.
- Desde el 15 de junio hasta el 13 de septiembre de 2020: Formación en red.
- Desde el 14 de septiembre hasta el 6 de noviembre de 2020: Los alumnos del curso se incorporarán en turnos a la ESPA por períodos de dos semanas, para recibir la formación presencial, mientras los restantes se encontrarán realizando prácticas en plantillas y formación en red.
- Desde el 9 de noviembre hasta el 18 de diciembre de 2020: Formación en red y/o prácticas en plantillas.
Quinto. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor desde el momento de su firma.
Disposición adicional única. Cursos de Escuelas Municipales de Policía Local.
Aquellas Escuelas Municipales de Policía Local que durante la situación de alerta sanitaria decidan iniciar un curso de ingreso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía podrán adaptar la Guía Didáctica del mismo a las previsiones contenidas en la presente orden, debiendo remitirla a la ESPA para la delegación o el visado del curso que corresponda.
Sevilla, 19 de mayo de 2020
ELÍAS BENDODO BENASAYAG | |
Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior |
BOJA Extraordinario nº 29 de 23/05/2020