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En aplicación a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones. Asimismo, prevé su publicación en el boletín oficial que corresponda cuando se estime conveniente por razón de los destinatarios o de los efectos que puedan producirse.
Las citadas instrucciones tienen por objeto regular el movimiento de animales de las especies ovina, caprina y bovina con destino a trashumancia y aprovechamiento temporal de pastos y rastrojeras, así como el movimiento de porcinos desde explotaciones extensivas de cebo a otras explotaciones extensivas de cebo para el aprovechamiento estacional de recursos naturales, en un periodo previo a su sacrificio.
Considerando oportuno que la ciudadanía y el resto de órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma tengan conocimiento del contenido de estas instrucciones, esta Dirección General tiene a bien disponer su publicación. El contenido íntegro de las instrucciones referidas estará disponible en la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en el siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/areas/ganaderia/paginas/instrucciones-movimientos-aprovechamientopastos.html
Sevilla, 9 de marzo de 2020.- El Director General, Manuel Gómez Galera.
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