Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 23/03/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de febrero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante de autos núm. 1424/2019. (PP. 571/2020).

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NIG: 2906742120190034089.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1424/2019. Negociado: 4.

Sobre: Posesión (art. 430-466 CC).

De: Coral Homes, S.L.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Letrada: Sra. Carla Belon Bordes.

Contra: Ignorados ocupantes calle Alderete, núm. 27, planta baja, puerta C.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1424/2019, seguido a instancia de Coral Homes, S.L.U., frente a ignorados ocupantes calle Alderete, núm. 27, planta baja, puerta C se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

SENTENCIA Núm. 13/2020

En Málaga a 27 de enero de 2020.

Don Francisco Alberto Campos Campano, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Doce de los de Málaga, ha visto los presentes autos de Juicio verbal de desahucio por precario, seguidos como demandante por Coral Homes, S.L.U., representado/a/s por el Procurador Sr. don Mauricio Gordillo Alcalá, asistido/a/s por la Letrada Sra. Carla Belon Bordes, habiendo sido demandado/a/s ignorados ocupantes C/ Alderete, núm. 27, planta baja, puerta C, Málaga, declarado en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Estimando la demanda formulada por Coral Homes, S.L.U., representado/a/s por el Procurador Sr. don Mauricio Gordillo Alcalá, frente a ignorados ocupantes C/ Alderete, núm. 27, planta baja, puerta C, Málaga, declarados en situación procesal de rebeldía, acuerdo:

1.º Declarar haber lugar y ser procedente el desahucio por precario instado en las presentes actuaciones, así como el desalojo del demandado de la finca objeto de litis, finca situada en C/ Alderete, núm. 27, planta baja, puerta C, Málaga, si en la fecha señalada al efecto no la hubiera abandonado de manera voluntaria.

2.º La parte demandada deberá hacer abono de las costas causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes calle Alderete, núm. 27, planta baja, puerta C, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a diecinueve de febrero de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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