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De conformidad con lo establecido en las bases 8.4 y 9.1 de la Resolución de 31 de enero de 2018, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición por el sistema de acceso libre para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud aprobadas mediante el Decreto 130/2017, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2017 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y mediante el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 25, de 5 de febrero), y en la base 5 del Anexo I de la Resolución de 17 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Superior en Nutrición y Control de Alimentos dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 245, de 20 de diciembre); evaluadas las pruebas selectivas indicadas en la base general 2.1 por parte del correspondiente Tribunal Calificador de conformidad con la plantilla definitiva; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por el Decreto 3/2020, de 14 de enero, (BOJA núm. 10, de 16 de enero) por el que se modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, para redistribuir las funciones asignadas a algunos órganos de la Consejería y del Servicio Andaluz de Salud, así como en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que en su disposición adicional tercera establece la suspensión de plazos administrativos, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Resolución de la fase de oposición.
Aprobar, a propuesta del respectivo Tribunal Calificador, la relación de personas aspirantes que superan la fase de oposición de Técnico/a Superior en Nutrición y Control de Alimentos, convocada por el sistema de acceso libre.
Segundo. Publicación de las listas de personas aspirantes que superan la fase de oposición.
Anunciar que las listas de personas aspirantes que superan la fase de oposición, ordenadas alfabéticamente, se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/), a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con indicación de la puntuación obtenida por las personas aspirantes en cada una de las dos pruebas en que consiste la fase de oposición. La persona aspirante que no figure incluida en dichas listas tiene la consideración de no apta.
Tercero. Inicio de la fase de concurso.
Iniciar, de conformidad con lo establecido en las bases generales 2.2 y 9.2, y en la base 5 del Anexo I de la resolución de convocatoria, la fase de concurso. Esta consistirá en la valoración por el Tribunal Calificador correspondiente de los méritos autobaremados y acreditados por las personas aspirantes conforme al baremo contenido en el Anexo II de la resolución de convocatoria por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Superior en Nutrición y Control de Alimentos de 17 de diciembre de 2018 (BOJA núm. 245, de 20 de diciembre).
Cuarto. Presentación del autobaremo.
Aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición tendrán disponible desde el siguiente día hábil al de la publicación de la presente resolución, para el alta de los nuevos méritos en el sistema informático de Currículum digital a través de la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC).
Asimismo, las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles para presentar autobaremo de méritos a contar desde el día hábil siguiente en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, o, en su caso, las prórrogas del mismo.
No obstante lo anterior, la persona candidata que desee se continúe con la ejecución de su concreto procedimiento podrá presentar su autobaremo de méritos, suponiendo dicha presentación su conformidad con que no se suspenda el plazo, continuando su tramitación ordinaria por los Tribunales calificadores. En dicho supuesto, disponen de un plazo de 15 días hábiles para presentar autobaremo de méritos a contar desde el día 15 de abril de 2020.
Finalizado dicho plazo, la Dirección General competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de Salud requerirá de las personas aspirantes acrediten los requisitos de acceso establecidos en las bases de la convocatoria.
De conformidad con lo establecido en la base general 9.2, el autobaremo de méritos vinculará al Tribunal Calificador correspondiente, en el sentido de que el mismo solo podrá valorar los méritos que hayan sido alegados y autobaremados por las personas aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la consignada por los mismos en cada uno de los apartados del baremo de méritos contenido en el Anexo II, salvo errores aritméticos.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de marzo de 2020.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.
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