Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 08/04/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Orden de 27 de marzo de 2020, por la que se acuerda la delimitación del Área de Rehabilitación Integral «Periáñez» en La Línea de la Concepción, en el marco de la Inversión Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Cádiz.

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El Acuerdo de Asociación de España 2014-2020, aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea con fecha 30 de octubre de 2014, prevé el desarrollo de la Inversión Territorial Integrada (ITI) 2014-2020 para la provincia de Cádiz, como mecanismo flexible de financiación con cargo a diversos programas operativos de los Fondos Europeos para un territorio específico con necesidades especiales. Entre las actuaciones a financiar con cargo al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 en el marco de la ITI de Cádiz se encuentran las de rehabilitación integral de zonas urbanas desfavorecidas de los municipios que albergan la mayor concentración de población en la provincia. Con objeto de hacer viable e impulsar el desarrollo de estas actuaciones, se ha publicado la Orden de 15 de mayo de 2019, por la que se regulan las Áreas de Rehabilitación Integral y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la rehabilitación residencial y la mejora del medio urbano en las mismas, en el marco de la Inversión Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Cádiz (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 95, de 21.5.2019).

La Orden de 15 de mayo de 2019 establece que la ejecución de actuaciones en las Áreas de Rehabilitación Integral requerirá la previa delimitación territorial del ámbito de actuación por acuerdo de la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda a solicitud de los correspondientes ayuntamientos. La misma orden establece los requisitos que han de cumplir los ámbitos urbanos propuestos para su delimitación, las posibles actuaciones de rehabilitación residencial y de mejora del medio urbano a desarrollar en los mismos, las condiciones para su financiación, los compromisos a asumir por los ayuntamientos proponentes y el contenido y efectos de la delimitación de las Áreas de Rehabilitación Integral. Dicha orden también desarrolla el procedimiento para la delimitación, estableciendo que el mismo se iniciará a solicitud de cada uno de los ayuntamientos interesados.

A su vez, para su consideración en la elaboración de las propuestas de delimitación, la Orden de 15 de mayo de 2019 establece en 31.920.000,00 de euros, el importe máximo previsto para la financiación de las subvenciones para la rehabilitación residencial y la mejora del medio urbano en las Áreas de Rehabilitación Integral, en el marco de la ITI de Cádiz, durante el periodo de ejecución del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, asignando al municipio de La Línea de la Concepción la cantidad de 3.246.930,94 euros.

Con fecha 4 de octubre de 2019, dentro del plazo establecido para ello, el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción ha presentado solicitud de delimitación de Área de Rehabilitación Integral para un ámbito discontinuo incluido en la barriada Periáñez. Acreditada la adecuación del ámbito y las actuaciones propuestas por el Ayuntamiento a lo regulado en la Orden de 15 de mayo de 2019, y seguido el procedimiento previsto en su artículo 10, procede acordar la delimitación del Área de Rehabilitación Integral «Periañez» en La Línea de la Concepción, en el marco de la Inversión Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Cádiz.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Secretaría General de Vivienda, y de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, modificado por el Decreto 440/2019, de 2 de abril, y en aplicación de lo previsto en el artículo 10.3 de la Orden de 15 de mayo de 2019,

DISPONGO

Primero. Delimitación.

1. Se acuerda, a los efectos previstos en la Orden de 15 de mayo de 2019, por la que se regulan las Áreas de Rehabilitación Integral y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la rehabilitación residencial y la mejora del medio urbano en las mismas, en el marco de la Inversión Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Cádiz, la delimitación del Área de Rehabilitación Integral denominada «Periáñez» en La Línea de la Concepción.

2. El ámbito delimitado, incluido en la barriada Periáñez del municipio de La Línea de la Concepción, posee límites territoriales discontinuos coincidentes con los polígonos definidos por las siguientes coordenadas UTM ETRS89 Huso 30:

a) Zona 1.

Punto X Y Punto X Y
P1 289097 4005549 P11 288995 4005252
P2 289163 4005540 P12 288927 4005262
P3 289209 4005529 P13 288970 4005356
P4 289183 4005443 P14 289000 4005414
P5 289090 4005472 P15 289018 4005467
P6 289060 4005374 P16 289056 4005462
P7 289044 4005379 P17 289059 4005477
P8 289035 4005349 P18 289076 4005531
P9 289064 4005340 P19 289090 4005527
P10 289072 4005262

b) Zona 2.

Punto X Y Punto X Y
P1 289107 4005454 P3 289127 4005387
P2 289143 4005443 P4 289090 4005398

c) Zona 3.

Punto X Y Punto X Y
P1 289114 4005345 P3 289152 4005313
P2 289146 4005353 P4 289118 4005305

La definición cartográfica del ámbito delimitado podrá consultarse en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio.html

Segundo. Actuaciones de rehabilitación residencial.

1. A propuesta del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, con la delimitación del Área de Rehabilitación Integral «Periáñez» se pretende fomentar la realización de las actuaciones de rehabilitación residencial promovidas por las comunidades de propietarios sobre los elementos comunes de edificios de tipología residencial colectiva ubicados dentro del ámbito delimitado, que tengan por finalidad la mejora del estado de conservación, de las condiciones de accesibilidad y de la calidad ambiental de los edificios.

Para la financiación de estas actuaciones se prevé el importe de 2.438.930,94 euros, del total asignado al municipio de La Línea de la Concepción en el artículo 4.2 de la Orden de 15 de mayo de 2019, estimándose en 202 el número de viviendas incluidas en los edificios objeto de las actuaciones a financiar.

2. Los criterios objetivos para la selección de las actuaciones, que se concretarán en la correspondiente convocatoria de subvenciones, priorizarán aquellas actuaciones que:

a) Tengan por finalidad la mejora de la conservación que afecte a los elementos de cimentación y estructura, a las cubiertas y fachadas, y a las instalaciones comunes de saneamiento, abastecimiento de agua, electricidad y telecomunicaciones.

b) Tengan por finalidad la mejora de las condiciones de accesibilidad mediante la instalación de ascensores, la instalación o mejora de rampas de acceso a los edificios, adaptadas a las necesidades de las personas con discapacidad y movilidad reducida, y la instalación de elementos o dispositivos de información, aviso o comunicación accesibles a las personas con discapacidad sensorial.

c) Tengan por finalidad la mejora de la calidad ambiental mediante la mejora de la envolvente térmica, la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes y la incorporación de equipos de generación de energía térmica y/o eléctrica con energías renovables.

d) Sean promovidas por comunidades de propietarios en situación socioeconómica más desfavorable.

e) Se desarrollen sobre edificios con mayor número de viviendas y porcentaje de ocupación.

3. De acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, podrá efectuarse la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación residencial en el Área de Rehabilitación Integral «Periañez», siendo de aplicación las bases reguladoras publicadas como Anexo I de la Orden de 15 de mayo de 2019.

Tercero. Actuaciones de mejora del medio urbano.

1. A propuesta del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, con la delimitación del Área de Rehabilitación Integral «Periáñez» se pretende fomentar la realización de actuaciones de mejora del medio urbano sobre espacios públicos del ámbito delimitado, que tengan por finalidad la reurbanización material y la mejora de la accesibilidad.

Para la financiación de estas actuaciones se prevé el importe de 808.000,00 euros, del total asignado al municipio de La Línea de la Concepción en el artículo 4.2 de la Orden de 15 de mayo de 2019.

2. El Ayuntamiento de La Línea de la Concepción podrá concurrir a la convocatoria que, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, se efectúe para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la mejora del medio urbano en el Área de Rehabilitación Integral “Periáñez”, siendo de aplicación las bases reguladoras publicadas como Anexo II de la Orden de 15 de mayo de 2019.

Cuarto. Entidad colaboradora.

El Ayuntamiento de La Línea de la Concepción actuará como entidad colaboradora, según lo previsto en el artículo 117 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, para la gestión de solicitudes y en la entrega y distribución de subvenciones a las comunidades de propietarios beneficiarias de las subvenciones para la rehabilitación residencial en el Área de Rehabilitación Integral delimitada. Para ello, habrá de suscribirse el convenio de colaboración previsto en el artículo 12 de la Orden de 15 de mayo de 2019, en un plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Vigencia.

La delimitación del Área de Rehabilitación Integral «Periáñez» en La Línea de la Concepción tendrá vigencia hasta la finalización de las actuaciones de rehabilitación residencial y mejora del medio urbano que se inicien a su amparo, sin que pueda superarse el plazo límite del periodo de elegibilidad de 31 de diciembre de 2023, establecido en el Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2014-2020.

Sexto. Efectos.

La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá formular potestativamente requerimiento previo para su anulación o revocación en los términos establecidos en el artículo 44 en relación con el artículo 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, en su caso, interponer directamente recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en la ley anteriormente citada.

Sevilla, 27 de marzo de 2020

MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA

Consejera de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio
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