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La administración de la Junta Vecinal de Ventas de Zafarraya carece del servicio público propio de oficina técnica urbana, necesidad que se viene cubriendo parcialmente mediante contrato administrativo de un servicio técnico, de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Público, siendo este servicio incompetente en todas aquellas tareas y acciones que requieren la intervención de funcionario como son los informes de licencias de obras, licencias de primera ocupación, declaraciones de ruina, procedimientos sancionadores o de normativa preceptiva en planeamiento urbana y sus procedimientos, de acuerdo con el art. 92. EBEP «En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca» en relación con el régimen común del art. 92.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, LBRL con carácter general, los puestos de trabajo de los Gobiernos Locales serán desempeñados por funcionarios.
Vista la modificación de la plantilla de personal para el ejercicio 2019, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 232, de 4 de diciembre de 2019. Aprobado el presupuesto por la Junta Vecinal, en sesión celebrada el 28 de noviembre de 2019, el Presupuesto para el año 2020, junto con la Plantilla de Personal, donde ya se recoge la plaza de Aparejador/a ò Arquitecto/a Técnico/a dotada económicamente, la oferta de empleo recoge la plaza de turno libre al no existir plazas de promoción interna, por carecer esta Entidad Local de personal contratado por cuenta ajena o bien personal público con capacidad suficiente para acceder por la vía de promoción interna.
Considerando que el artículo 128 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, señala que las Corporaciones Locales aprobarán dentro del plazo de un mes, desde la aprobación del presupuesto, la Oferta de Empleo Público para el año correspondiente.
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, dispone en su artículo 19 que a lo largo del año la incorporación de nuevo personal a las administraciones públicas estará sometida a los límites establecidos en la misma, determinándose que, para los ámbitos y sectores en que así se indica, la tasa de reposición será de hasta un máximo del 100% de las bajas producidas y de un 75% para los restantes sectores, pudiéndose incrementar en un 5% para el establecimiento de nuevos servicios. Esta norma, establece el procedimiento de cálculo de las tasas de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso, no computando las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal como declarados indefinidos no fijos por sentencia judicial.
De acuerdo con todo lo anterior, se cumple con los principios de buena regulación recogidos en el art. 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Este decreto responde al principio de necesidad para poder convocar la cobertura de puestos objeto de dotación para el establecimiento de nuevos servicios, se responde con eficacia y proporcionalidad de la necesidad de dotar a la administración de un servicio público de arquitectura técnica, en respuesta con eficacia y proporcionalidad a la necesidad, pues la oferta que se aprueba se ha elaborado previa petición y análisis de las necesidades por la Secretaría General, así como art. 69 del Estatuto Básico de Empleado Público.
Es competencia de cada corporación local la selección de su personal público, así lo podemos ver en el art. 100 LBRL, de igual manera hemos de contemplar el art. 91.1 «Las corporaciones locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal.2. La selección de todo el personal, sea funcionario o laboral, debe realizarse de acuerdo con la Oferta de Empleo Público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre en los que se garanticen, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad», en el mismo sentido el art. 218 del R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones legales Vigentes en materia de Régimen Local.
La oferta de empleo público y la convocatoria de las pruebas de acceso a la función pública local se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, y las bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, art. 97 LBRL.
Visto el informe de Secretaría-Intervención.
De acuerdo con las competencias que me otorga la ley, según los arts. 21.1 y 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en su virtud,
RESUELVO
Primero. Aprobar la oferta de Empleo Público de la Entidad Local de Ventas de Zafarraya para el año 2020 en cumplimiento del art. 70 del R.D. 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, de una (1) plaza de Aparejador/a o Arquitecto/a Técnico, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, por sistema de provisión concurso-oposición, turno libre.
Segundo. Publicar la Oferta de Empleo Público 2020 en el tablón de anuncios de la Corporación, así como en la sede electrónica de esta ELA
[http://ventasdezafarraya.sedelectronica.es]
y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tercero. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público de 2020, dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Oferta de Empleo Público de 2020.
Plaza de Aparejador/a o Arquitecto/a Técnico/a.
Ventas de Zafarraya, 27 de abril de 2020.- El Presidente, Victoriano Damián Crespo Moreno.
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