Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00172271.
PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
La Diputación Permanente del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada el día 16 de abril de 2020, de conformidad con lo previsto en el artículo 110.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el punto quinto de la Resolución de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, de 5 de junio de 2008, sobre control por el Parlamento de los Decreto Leyes dictados por el Consejo de Gobierno y en la Resolución de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, de 18 de marzo de 2020, sobre habilitación de la convocatoria de la Diputación Permanente en una situación de declaración de Estado de Alarma, ha acordado convalidar el Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), publicado en el BOJA extraordinario núm. 12, de 30 de marzo de 2020 (corrección de errores publicada en el BOJA número 68, de 8 de abril de 2020).
Se ordena la publicación para general conocimiento.
Sevilla, 16 de abril de 2020.- P.D. El Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía, Vicente Perea Florencio.
Descargar PDF