Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 22/05/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Acuerdo de 18 de mayo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toman en consideración las medidas adoptadas por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, para adaptarse a la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

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El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró pandemia internacional la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19. Y mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En el ámbito de la Administración de Justicia, para adaptarse a la situación generada por la citada pandemia, a través de distintas resoluciones de la Secretaría de Estado de Justicia y del Ministro de Justicia, se determinaron los servicios esenciales de la Administración de Justicia y se adoptaron medidas excepcionales para el Registro Civil durante la pandemia.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece, en su artículo 80, que la Comunidad Autónoma tiene competencias compartidas en materia de Administración de Justicia, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que incluyen la gestión de los recursos materiales, la organización de los medios humanos al servicio de la Administración de Justicia, las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales, los concursos y oposiciones de personal no judicial y cuantas competencias ejecutivas le atribuye el título V del citado Estatuto de Autonomía para Andalucía y la legislación estatal.

Estas competencias están atribuidas a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, en concreto, respecto del personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, a su Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de conformidad con lo establecido en los artículos 2.1 y 3.1 del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y en los artículos 1.f) y 11 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y las resoluciones anteriormente mencionadas, motivaron la necesidad de que, por parte de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, se dictaran diversas resoluciones relativas a los servicios mínimos esenciales de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Asimismo se ha aprobado el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, que se concretan en la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19. Con esta nueva regulación normativa se reactiva la actividad de la Administración de Justicia, por fases, hasta llegar a su normalidad.

Mediante Resolución de fecha de 11 de mayo de 2020, la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, adopta distintas medidas respecto al personal de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para adaptarse a la nueva situación.

En dicha resolución se inicia la primera fase del Plan de Desescalada para el personal de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, lo que propicia la apertura de la prestación de los servicios de la Administración de Justicia más allá de los servicios esenciales establecidos durante el Estado de Alarma.

Con carácter general, la incorporación del personal de la Administración de Justicia se prevé que se realice en un 33% de la plantilla total por Órgano Judicial, Fiscalía o servicio de Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, quedando el resto de la plantilla en disponibilidad. El citado porcentaje se podrá elevar hasta la totalidad de la plantilla, en casos justificados, para atender los servicios de los Registros Civiles.

Por lo que se refiere a los juzgados, fiscalías e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses en servicio de guardia, deberán contar con la totalidad de la plantilla para la atención de los citados servicios.

Asimismo, mediante la citada Resolución del 11 de mayo de 2020, se trasladan, para el personal que tenga menores de catorce años o personas dependientes a su cargo, así como al personal empleado público incluido en algunos de los grupos de riesgo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, las medidas recogidas en el Acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Plan de Incorporación Progresiva de actividad presencial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, teniendo en cuenta la repercusión que la Resolución de 11 de mayo de 2020, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, tiene para el personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía y para aquellos otros sectores profesionales relacionados con el servicio público judicial, se considera oportuno y conveniente que la mencionada resolución sea conocida por el Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de mayo de 2020,

ACUERDA

Tomar en consideración las medidas adoptadas por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, para adaptarse a la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

Sevilla, 18 de mayo de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO

Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
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