Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 01/07/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de las ayudas para la ejecución de actividades de cooperación previstas en la Resolución de 3 de abril de 2019, por la que se convocan las ayudas contempladas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

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La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, mediante Orden de 23 de octubre de 2018, aprobó las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (BOJA número 208, de 26 de octubre de 2018).

La citada orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las ayudas que pueden percibir los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía para la asistencia técnica para la preparación de actividades de cooperación y la ejecución de las mismas, de conformidad con el artículo 35.1.c) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y con el artículo 44 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

La finalidad de estas ayudas es la de fomentar la cooperación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía tanto dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía como en el resto de España, de la Unión Europea o terceros países.

Por Resolución de 3 de abril de 2019, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (BOJA número 70, de 11 de abril de 2019).

En el resuelvo sexto de la citada resolución, se establece la partida presupuestaria de gastos y la cuantía máxima de ayuda disponible para los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, que se indican a continuación:

PARTIDA PRESUPUESTARIA TOTAL
1900110000 G/71H/78600/00 C16B1931G5 2017000151 6.241.513,40 €

Con posterioridad, por Resolución de 5 de febrero de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, se amplía el plazo máximo de presentación de solicitudes de ayudas para la ejecución de las actividades de cooperación, establecido en la Resolución de 3 de abril de 2019, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018 (BOJA número 29, de 12 de febrero de 2021).

En este contexto, mediante Decisión C(2019) de la Comisión, de 19 de agosto de 2019, se determinan las prioridades de la Unión que han alcanzado sus hitos dentro de los programas de desarrollo rural presentados por España para recibir ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, de conformidad con lo establecido en el artículo 22  del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y con lo establecido en el artículo 58.8 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

En el artículo 1 de la citada decisión, se establece que los programas de desarrollo rural y las prioridades de la Unión que han alcanzado sus hitos figuran en el Anexo I de la misma, indicándose en dicho anexo que el hito 2018 establecido en la Prioridad 6 se cumplió, por lo que el importe asignado a la reserva se mantuvo en la programación y por tanto se presupuestó a los gestores para poder ejecutar la programación asignada al completo.

Por ello, una vez constatada la existencia de mayor crédito que el inicialmente previsto en la convocatoria y tras la devolución de la reserva de eficacia por el cumplimiento del examen de rendimiento, procede ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente e incrementar el importe total de la ayuda convocada mediante la Resolución de 3 de abril de 2019, que se hará efectiva a través de la siguiente partida presupuestaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y por la siguiente cuantía máxima de ayuda disponible para los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía:

PARTIDA PRESUPUESTARIA 2021 2022 TOTAL
1300110000 G/71H/78600/00 C16B1931G5 2017000151 154.738,01 € 438.602,60 € 593.340,61 €

En su virtud y de conformidad con el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, que dispone en su artículo 1 que corresponde a esta Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia agraria, pesquera, agroalimentaria, de desarrollo rural, medio ambiente, agua y cambio climático. Asimismo, en el artículo 12 de este Decreto se procede a redistribuir las competencias de la hasta entonces existente Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, pasando a asumir las relacionadas con la ejecución del programa LEADER en Andalucía, la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.

De conformidad el artículo 21.5 de la Orden de 23 octubre de 2018, se encuentra delegada en la persona titular de la entonces Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, actualmente Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, la competencia para convocar las ayudas previstas en dicha orden.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en el ejercicio de las competencias que tengo conferidas,

RESUELVO

Único. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible para la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018, para la ejecución de actividades de cooperación, correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, por una cuantía de 593.340,61 euros, con cargo a la siguiente partida presupuestaria y con la siguiente distribución por anualidad:

PARTIDA PRESUPUESTARIA 2021 2022 TOTAL
1300110000 G/71H/78600/00 C16B1931G5 2017000151 154.738,01 € 438.602,60 € 593.340,61 €

Y sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni de publicación de la resolución correspondiente.

El importe máximo de la ayuda disponible de cada uno de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, como consecuencia de la devolución de la reserva de eficacia y de los ajustes presupuestarios efectuados, será el que se indica a continuación:

CÓDIGO Grupo de Desarrollo Rural Submedida 19.3. Cooperación
AL02 GDR DE LA ALPUJARRA-SIERRA NEVADA ALMERIENSE 12.255,43 €
AL03 GDR DE FILABRES-ALHAMILLA 12.924,84 €
AL04
GDR DEL LEVANTE ALMERIENSE
Y DEL ALMANZORA
12.136,64 €
AL05 GDR DE LOS VÉLEZ 12.108,79 €
CA02/CA03 GDR DE LA CAMPIÑA DE JEREZ Y COSTA NOROESTE DE CÁDIZ 11.289,76 € / 11.524,66 €
CA04
GDR DEL LITORAL DE LA JANDA
Y LOS ALCORNOCALES
11.588,60 €
CA05 GDR DE LA SIERRA DE CÁDIZ 12.918,58 €
CO01 GDR DE LA CAMPIÑA SUR CORDOBESA 12.233,32 €
CO02
GDR DEL GUADAJOZ - CAMPIÑA ESTE
DE CÓRDOBA
12.130,04 €
CO03 GDR DEL MEDIO GUADALQUIVIR 11.650,98 €
CO04 GDR DE LOS PEDROCHES 12.591,63 €
CO05 GDR DE LA SIERRA MORENA CORDOBESA 12.808,50 €
CO06 GDR DE LA SUBBÉTICA CORDOBESA 12.733,21 €
CO07 GDR DEL VALLE DEL ALTO GUADIATO 11.064,07 €
GR01
GDR DE LA ALPUJARRA-SIERRA NEVADA
DE GRANADA
12.255,55 €
GR02 GDR DEL ALTIPLANO DE GRANADA 12.706,76 €
GR03
GDR DEL ARCO NORESTE DE LA VEGA
DE GRANADA
10.941,23 €
GR04 GDR DE GUADIX 12.137,14 €
GR05 GDR DE LOS MONTES DE GRANADA 13.050,09 €
GR06 GDR DEL PONIENTE GRANADINO 13.013,94 €
GR07
GDR DEL VALLE DE LECRÍN, EL TEMPLE
Y LA COSTA
11.867,50 €
GR08 GDR DE LA VEGA-SIERRA ELVIRA 11.455,27 €
HU01 GDR DEL ANDÉVALO OCCIDENTAL 12.108,42 €
HU02 GDR DEL CONDADO DE HUELVA 12.716,68 €
HU03 GDR DE LA COSTA OCCIDENTAL DE HUELVA «GUADIODIEL» 11.637,75 €
HU04 GDR DE LA CUENCA MINERA DE RIOTINTO 10.919,04 €
HU05
GDR DE LA SIERRA DE ARACENA Y PICOS
DE AROCHE
12.441,08 €
JA01 GDR DE LA CAMPIÑA NORTE DE JAÉN 13.041,06 €
JA02 GDR DEL CONDADO DE JAÉN 12.699,34 €
JA03 GDR DE LA LOMA Y LAS VILLAS 12.083,02 €
JA04 GDR DE LA SIERRA DE CAZORLA 12.425,73 €
JA05 GDR DE LA SIERRA DE SEGURA 12.538,12 €
JA06 GDR DE LA SIERRA MÁGINA 12.535,68 €
JA07 GDR DE LA SIERRA SUR DE JAÉN 12.185,79 €
MA01 GDR DE ANTEQUERA 11.316,09 €
MA02 GDR DE LA AXARQUÍA 11.837,39 €
MA03 GDR DE GUADALTEBA 11.868,66 €
MA04/MA05 GDR DE LA SIERRA DE LAS NIEVES Y SERRANÍA DE RONDA 11.950,07 € / 11.369,81 €
MA06
GDR DEL TERRITORIO NORORIENTAL
DE MÁLAGA
12.266,33 €
MA07 GDR DEL VALLE DEL GUADALHORCE 12.096,88 €
SE01 GDR DEL ALJARAFE-DOÑANA 11.555,26 €
SE02 GDR DEL BAJO GUADALQUIVIR 12.166,71 €
SE03
GDR DE LA CAMPIÑA Y LOS ALCORES
DE SEVILLA
12.350,22 €
SE04 GDR DEL CORREDOR DE LA PLATA 11.233,65 €
SE06 GDR DE LA GRAN VEGA DE SEVILLA 12.096,31 €
SE07 GDR DE LA SERRANÍA SUROESTE SEVILLANA 12.206,09 €
SE08 GDR DE LA SIERRA MORENA SEVILLANA 12.308,93 €
TOTAL 593.340,61 €

Sevilla, 15 de junio de 2021.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.

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