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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.
En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción en el citado Catálogo, incluyéndose en el apartado 3 la de los Bienes Muebles objeto de inscripción en aquel.
Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, y declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza en materia de bienes culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, correspondiendo a la citada Consejería, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, proponer al Consejo de Gobierno la declaración de Bienes de Interés Cultural, y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento, a este último dicha declaración. El artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone la forma de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.
II. Este retrato del emperador Antonino Pío se halló de manera casual en la antigua finca de San Guillermo en la popular barriada malagueña de Huelin hacia 1912, en el entorno de la calle Garcerán, hecho que presupone la existencia en esta zona de una villa romana de cierta entidad, seguramente vinculada a la clase dirigente de la ciudad. Es una pieza de la que se conoce, por tanto, su procedencia exacta, aunque no se tengan datos arqueológicos de primera mano de su contexto. Esta circunstancia hace que su papel histórico pueda ser determinado con mayor precisión que otros retratos de este emperador de los que no se conoce su origen. Igualmente hay que reseñar que es el único retrato imperial romano que se conoce relacionado con la ciudad de Malaca, la cual, hasta el momento, ha revelado pocos testimonios de esculturas romanas de este nivel, ya sea en su propio núcleo urbano o en su entorno más inmediato.
Se trata de una de las escasas esculturas de bulto redondo de un emperador del que existen pocos ejemplares en la Hispania romana, pese a la gran duración de su reinado, constituyendo un documento importante de un período en el que la crisis del Imperio empezaba a manifestarse, lo que la dota de gran interés desde el punto de vista patrimonial. Este busto ha sido declarado inexportable por Orden Ministerial de 31 de julio de 2019, emitida a instancias de la Dirección General de Bellas Artes y previo informe de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español.
III. La Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 30 de septiembre de 2020 (publicada en el BOJA número 195, de 7 de octubre de 2020), incoó procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, categoría mueble, de la escultura romana denominada busto de Antonino Pío, siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.
La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Málaga emitió informe favorable a la inscripción del referido bien en sesión celebrada el 20 de noviembre de 2020, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la citada ley.
De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentó el trámite preceptivo de audiencia a los interesados directamente afectados en sus derechos, sin que conste en el expediente que se hayan presentado alegaciones, dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo 9.3 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.
Terminada la instrucción y de conformidad con el artículo 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, categoría mueble, de la escultura romana denominada busto de Antonino Pío, ubicada en Málaga (Málaga), que se describe en el anexo al presente decreto.
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a propuesta de la Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de septiembre de 2021,
ACUERDA
Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, categoría mueble, la escultura romana denominada busto de Antonino Pío, ubicada en Málaga (Málaga), cuya descripción figura en el anexo al presente decreto.
Segundo. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Administración de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.
Tercero. Dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el registro correspondiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.9 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.
Cuarto. Ordenar que el presente decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su publicación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1 regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de septiembre de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ | |
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico |
ANEXO
I. DENOMINACIÓN
Principal: Busto romano de Antonino Pío.
Otras denominaciones: Retrato del emperador Antonino Pío.
II. LOCALIZACIÓN
Provincia: Málaga
Municipio: Málaga.
III. DESCRIPCIÓN DEL BIEN
Ficha descriptiva:
- Material: mármol blanco.
- Procedencia: antigua finca de San Guillermo, barrio de Huelin, Málaga.
- Fecha del hallazgo: hacia 1912.
- Circunstancias del hallazgo: hallazgo casual.
- Dimensiones: alto 51 cm; ancho: 20,5 cm; fondo 25 cm.
- Cronología: época altoimperial romana, años 138-161.
De acuerdo con la bibliografía especializada donde se recoge mención a esta pieza, este busto del emperador Antonino Pío procede de la antigua finca de San Guillermo, que estaba ubicada en lo que hoy se configura cono el barrio malagueño de Huelin a unos 3 km del casco histórico de Málaga. El hallazgo tuvo lugar hacia el año 1912, aunque algunas fuentes periodísticas recientes señalan que la pieza se encontró en 1907 durante unos trabajos de jardinería, circunstancia que no ha podido comprobarse documentalmente. En cualquier caso, todo apunta a que nos encontramos ante un hallazgo casual producto de las remociones del suelo asociadas a la urbanización de este entorno.
En el momento de la aparición de la pieza, la legislación vigente en aquella época en materia de patrimonio histórico no contemplaba la demanialidad de los bienes arqueológicos, carácter incorporado a nuestro ordenamiento jurídico a partir de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (artículo 44), por lo que la pieza quedó en poder de la familia propietaria de los terrenos donde fue hallada.
Respecto a otras noticias arqueológicas en este área de la ciudad, existen algunas referencias de otros hallazgos de época romana que deben vincularse con la vía que unía Malaca y Gades a través de Carteia, siguiendo el litoral. El descubrimiento de la finca de San Guillermo debe vincularse también a esta vía, pudiéndose tratar de una villa de época altoimperial, aunque no hay datos arqueológicos para afirmar este extremo.
La pieza fue conocida a nivel científico en el año 1963, cuando se presentó en el VIII Congreso Nacional de Arqueología celebrado entre Sevilla y Málaga, por parte de una de las grandes figuras de la arqueología malagueña, Simeón Giménez-Reyna. Esto motivó también la atención inmediata de otros de los grandes nombres de la investigación española del momento, Antonio García y Bellido, quien dedicó a este retrato una reseña en un artículo general sobre arqueología de la provincia de Málaga del que se hizo eco un artículo mucho más amplio sobre la iconografía de algunos emperadores de la dinastía Antonina, firmado por los alemanes M. Wagner y R. Unger. Finalmente, el último trabajo y más completo donde se ha tratado este retrato de Antonino Pío fue realizado por el Catedrático de Arqueología de la Universidad de Málaga, Luis Baena del Alcázar, quien lo estudió dentro de un conjunto de representaciones de emperadores halladas en la provincia de la Bética.
Se trata de una escultura de bulto redondo en mármol blanco, de grano fino-medio y elementos cristalizados brillantes, con áreas de pátina amarillenta en superficie. De visu la materia prima no puede atribuirse a ninguna cantera conocida de mármol blanco de la antigua provincia Baetica, casos de Almadén de la Plata (Sevilla) y Mijas-Coín (Málaga), por lo que el mármol pudiera no ser de procedencia hispana.
En lo conservado, esta pieza presenta unas dimensiones de 51 cm de alto, 20,5 cm de ancho y 25 cm de fondo. Corresponde a la época altoimperial romana (años 138-161 d.C).
Su conservación es buena, aunque presenta pérdidas en una parte considerable del busto, protegido por una coraza, concretamente en lo extremos, por lo que faltan gran parte de los hombros. Igualmente, se observan golpes en la nariz y orejas. El área trasera de la cabeza ha sido ligeramente cortada.
La pieza presenta algunos orificios, cuya función está por determinar, pero que pudieran ser para añadir algunos elementos decorativos, posiblemente metálicos. A este respecto, en la zona trasera izquierda de la cabeza muestra un orificio de 6 cm de diámetro y 4.5 cm de profundidad, mientras que se observa uno más pequeño en la parte conservada del hombro izquierdo. La perforación de mayor tamaño en esa zona de la cabeza ha sido observada en más de cuarenta retratos de diversos emperadores.
La descripción más completa de este retrato fue realizada en su momento por el Dr. Luis Baena del Alcázar:
«El cabello se representa por cortos mechones dispuestos sobre la frente y los temporales, mientras que la elaboración de la parte posterior de la cabeza es poco más que sumaria. En la zona delantera del peinado hay una leve ondulación, quizás para colocar una corona metálica o bien una natural.
La frente es amplia. Los ojos hundidos bajo marcados hombros superciliares, muestra las pupilas horadadas. La nariz recta, rota y desgastada, da paso a un bigote poblado que se une a la barba. La boca es recta y cerrada, con labios finos, más prominente el superior que el inferior. Viste con túnica, la cual forma varios pliegues anchos y plisados sobre el pecho. Sobre esta prenda lleva la coraza con la representación de la Gorgona, de la que sólo queda la parte superior. El trabajo del trépano es muy leve.»
En España se conservan un total de 16 retratos de Antonino Pío, pero no todos proceden de la península. No fue un emperador muy retratado en Hispania, ya que de las piezas que existen actualmente en nuestro país, sólo ocho tienen procedencia concreta, siendo el resto importaciones realizadas durante el Renacimiento, el Barroco y el Neoclasicismo, seguramente de origen italiano. Por ello resulta una excepcionalidad este retrato malagueño de un taller de la Bética y cuyo origen geográfico se puede conocer de forma fehaciente.
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