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NIG: 2906942120190010701.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1264/2019. Negociado: 07.
Sobre: Obligaciones.
De: Conservación de la Marina, S.L.
Procuradora: Sra. Cristina Zea Montero.
Contra: Seji Investments, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1264/2019 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Marbella (antiguo Mixto núm. Seis) a instancia de Conservación de la Marina, S.L., contra Seji Investments, S.L., sobre obligaciones, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA núm. 161/20
En Marbella, a treinta de septiembre de dos mil veinte.
Vistos por mí, don Ángel-J. Sánchez Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Marbella (antiguo Juzgado Mixto núm. Seis), los presentes autos de Juicio Verbal número 1.264/19, sobre reclamación de cuotas de comunidad, seguidos a instancias dela entidad Conservación de la Marina, S.L., representada por el Procurador Sr. Serra Benítez y asistida del Letrado Sr. Ruiz Cupido, contra la entidad Seji Investments, S.L., incomparecida en autos, declarada en rebeldía, y de conformidad con los siguientes,
FALLO
Que estimando totalmente la demanda interpuesta por la entidad Conservación de la Marina, S.L., contra la entidad Seji Investments, S.L., condeno a esta a pagar a la actora la cantidad de 3.792,35 euros (tres mil setecientos noventa y dos euros con treinta y cinco céntimos), más el 15% de la suma anterior de recargo por demora en el pago por aplicación del apartado 4, in fine, de las normas del régimen especial de la Marina de Sotogrande, más el interés legal de la cantidad reclamada en la demanda desde la fecha de interposición de esta hasta la de esta sentencia, aplicándose a partir de esta última lo dispuesto por el art. 576 de la N.L.E.C., condenándola, igualmente, al pago de las costas procesales causadas.
Esta sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Seji Investments, S.L., extiendo y firmo la presente en Marbella, a uno de octubre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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