Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 22/11/2021

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 11 de noviembre de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se realiza convocatoria de proceso selectivo de ingreso en la escala de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz mediante turno de promoción interna.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00250629.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 73.3 de la citada Ley Orgánica de Universidades, en ejecución de los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 4 de mayo de 2016, 29 de marzo de 2019 y 26 de octubre de 2020, por los que se aprueban los Planes de Promoción del Personal de Administración y Servicios funcionario para los periodos 2015-2018 y 2019-2021, y con sujeción a las bases que se acompañan,

RESUELVO

Convocar proceso selectivo para el ingreso en la escala de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna con sujeción a las bases que se acompañan.

Cádiz, 11 de noviembre de 2021.- El Rector, por delegación de firma (Resolución UCA/R54REC/2021, de 19.2), la Gerente, Mariví Martínez Sancho.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo de promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, de tres plazas de la escala de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz.

1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz de fecha 18 de diciembre de 2017, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, con carácter supletorio, y a las bases de la presente convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de oposición y fase de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios será de cuarenta y cinco días a contar desde la finalización del primer ejercicio. No obstante, debido a la situación actual generada por la pandemia COVID-19, la duración del proceso selectivo, las fechas de celebración de los ejercicios y resto de plazos indicados en estas bases estarán condicionadas a la evolución de la misma.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes el título de Grado, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica, Diplomatura Universitaria o equivalente.

Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

2.1.2. Pertenecer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la escala Administrativa, especialidad informática, prestar servicios en la Universidad de Cádiz con carácter definitivo en la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y reunir los demás requisitos exigidos.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo podrán presentar su solicitud mediante modelo oficial que se acompaña como Anexo III de esta convocatoria, que será facilitada en la página web del área de Personal en la dirección:

https://personal.uca.es/convocatoria-pas/

La presentación de las solicitudes se hará través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la UCA:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=271

3.2. Los interesados deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Fotocopia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Para acreditar la posesión de la titulación se deberá presentar fotocopia del título oficial, certificación supletoria del título o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.

b) Para la valoración de los candidatos de la fase de concurso, éstos deberán adjuntar a la solicitud la relación de méritos alegados, así como la documentación acreditativa de los mismos si éstos no constasen en el expediente del área de Personal.

c) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de examen serán de 25 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049- 4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz», indicando «PS A2 INF PI». La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% quedarán eximidas del pago de los derechos de examen mediante justificación documental de dicha condición.

3.3. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.4. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición.

3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.6. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.

3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, las causas de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quiénes dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunal Calificador.

5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, los miembros del Tribunal Calificador de la presente convocatoria serán los que figuran en el Anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en la página web del área de Personal, Resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.

5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación mínima de diez días a la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2005, en los términos correspondientes.

5.7. El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El nombramiento de tales asesores corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.

5.10. Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas.

5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, así como de información, el Tribunal tendrá su sede en el Edificio Hospital Real, Plaza de Falla, núm. 8, C.P. 11003, teléfono 956015039 y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.

5.12. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda de las recogidas en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.

5.13. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del 15 de marzo de 2022. La fecha hora y lugar del primer ejercicio se hará pública junto con el listado definitivo de admitidos y excluidos.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

6.2. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de los mismos se iniciará, según la Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «V», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», y así sucesivamente.

6.4. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los siguientes ejercicios en la página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz, en la siguiente dirección de Internet: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de éstos.

6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.6. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

6.7. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Lista de aprobados.

7.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), el acuerdo con la relación provisional de aprobados. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan superado aquélla. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el acuerdo por el que se pública el listado de candidatos que han superado el mismo, sin que su número pueda superar el de plazas convocadas.

7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7.5. El Presidente del Tribunal elevará al Rector de la Universidad la propuesta de nombramiento de funcionario de carrera.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1. En el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, los opositores deberán presentar en el Área de Personal de la Universidad de Cádiz la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.

8.2. Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos de la Universidad de Cádiz estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento.

8.3. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera de la escala de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera de la escala de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

8.5. La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados, deberá realizarse en el plazo de siete días, a partir de la publicación del nombramiento de funcionarios de carrera en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa oferta de los mismos. En cumplimiento del punto 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan de Promoción del Personal de Administración y Servicios funcionario para el periodo 2015-2018, la cobertura las plazas supondrá la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo en dos de los puestos correspondientes al personal que supere el proceso selectivo, en cuyo caso, las personas que promocionen, asumirán las funciones de ésta, además de las funciones propias de la escala desde la que promocionan.

8.6. La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del nombramiento de funcionario de carrera de la escala de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz.

9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.

9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección de correo electrónico: dpd@uca.es.

9.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

9.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la Universidad garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

9.4. En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía www.consejodetransparencia.es

10. Normal final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACIÓN

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz:

- Se celebrará en primer lugar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio.

- La fase de oposición supondrá el 60 por ciento del total del proceso selectivo, mientras que la puntuación de la fase del concurso supondrá el 40 por ciento del mismo.

- La fase de concurso se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

I.A) Fase de oposición.

La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, que tendrán carácter eliminatorio, conforme se indica más adelante.

Primer ejercicio. De carácter teórico. Consistirá en contestar un cuestionario de un máximo de 90 preguntas, con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en todos los bloques del temario de manera equilibrada. La duración máxima de este ejercicio será de 90 minutos. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente de acuerdo con la siguiente fórmula de corrección:

Aciertos – [Errores/ (número de alternativas – 1)]

El Tribunal queda facultado para establecer los criterios de valoración y el mínimo requerido para superar el ejercicio.

Segundo ejercicio. De carácter práctico. Consistirá en la resolución, mediante ordenador sin conexión a internet, de tres supuestos prácticos o pruebas situacionales a elegir de entre cuatro propuestos por el Tribunal, en el que el interesado deberá emitir una propuesta o un informe en los términos indicados en el supuesto o prueba. Los supuestos o pruebas planteadas podrán abarcar varios temas del bloque específico del programa. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de 150 minutos.

Los criterios generales de valoración del segundo ejercicio, en orden de mayor a menor importancia, son los siguientes:

- Grado de conocimiento técnico de las materias propias del temario.

- Capacidad de integración e interrelación en las respuestas a las cuestiones planteadas.

- Capacidad de síntesis en las respuestas a las cuestiones planteadas.

- Capacidad de expresión escrita.

- Corrección ortográfica y gramatical.

- Grado de calidad en la presentación formal del ejercicio.

El Tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos necesarios para el desarrollo de los mismos, así como de los criterios específicos de corrección.

Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar el siguiente ejercicio haber obtenido la puntuación mínima en el anterior, tal y como se señala a continuación. El primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 5 puntos. El segundo ejercicio, se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

Será necesario para superar la fase de oposición obtener un mínimo de 10 puntos entre los dos ejercicios, conforme a lo indicado en el párrafo anterior.

I.B) Fase de concurso.

Sólo podrá sumarse la puntuación de la fase de concurso a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

La valoración de los méritos en esta fase se realizará de la siguiente manera:

1. Nivel de formación académica.

Se valorará la posesión de las siguientes titulaciones académicas:

a) Titulación de Diplomatura, Ingeniería Técnica en Informática o afín: 0,20 puntos.

b) Titulación de Licenciatura, Ingeniería, Grado en Informática o afín: 0,30 puntos.

c) Titulación de Máster oficial en Informática o afín: 0,40 puntos.

d) Titulación de Doctor en Informática o afín: 0,50 puntos.

El Tribunal calificador puntuará sólo la titulación de mayor nivel. La puntuación máxima de este punto será de 0,5 puntos.

2. Cursos de formación recibidos.

Se valorará la suma total de horas de formación recibida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A2 de especialidad informática, organizados y/u homologados por Universidades y centros públicos y privados, conforme se indica a continuación.

2.1. Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A2 de Gestión Universitaria, especialidad Informática, organizados por Universidades y centros públicos, se otorgará la siguiente puntuación:

- De 1 a 100 horas acumuladas: 0,354 puntos.

- De 101 a 200 horas acumuladas: 0,708 puntos.

- De 201 a 300 horas acumuladas: 1,062 puntos.

- Más de 300 horas acumuladas: 1,416 puntos.

2.2. Los cursos organizados y/u homologados por centros privados se ajustarán al siguiente baremo:

- De 1 a 100 horas acumuladas: 0,142 puntos.

- De 101 a 200 horas acumuladas: 0,283 puntos.

- De 201 a 300 horas acumuladas: 0,425 puntos.

- Más de 300 horas acumuladas: 0,566 puntos.

Los cursos en cuyo certificado no aparezca el número de horas se valorarán con una hora. Si el curso tiene certificado de aprovechamiento se multiplicará cada hora del mismo, por 1,5.

La puntuación máxima en el apartado 2.1 será de 1,416 puntos, en el apartado 2.2 será de 0,566 puntos y en el total de este mérito será de 1,416 puntos.

3. Cursos de formación impartidos.

Se valorará la suma total de horas de formación impartida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A2 de especialidad informática, organizados y/u homologados por Universidades y centros públicos, otorgando la siguiente puntuación:

- De 1 a 50 horas acumuladas: 0,354 puntos.

- De 51 a 100 horas acumuladas: 0,708 puntos.

- De 101 a 150 horas acumuladas: 1,062 puntos.

- Más de 150 horas acumuladas: 1,416 puntos.

La puntuación máxima de este punto será de 1,416 puntos.

4. Experiencia.

Por la realización de funciones y tareas en los puestos de trabajo que se indican a continuación con funciones propias de la especialidad informática, hasta un máximo de 4,67 puntos, computados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

- Puestos de nivel 20: a razón de 1,16/365 puntos por día de servicios prestados.

- Puestos de nivel 17 o inferior: a razón de 0,60/365 puntos por día de servicios prestados.

- Cualesquiera otras funciones: a razón de 0,30/365 puntos por día de servicios prestados

5. Grado consolidado.

Según el grado consolidado a la fecha de finalización de presentación de solicitudes se otorgará la siguiente puntuación:

- Grado <20: 0,32 puntos.

- Grado 20: 0,67 puntos.

6. Puesto de trabajo.

Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

- Nivel <20: 0,67 puntos.

- Nivel 20: 1,33 puntos.

La valoración efectuada en este apartado, no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

7. Grupo de adscripción según RPT.

Según el grupo de adscripción del puesto de trabajo establecido en la RPT que se ocupe el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

- C1: 1,33 puntos.

8. Antigüedad.

La antigüedad se valorará hasta un máximo de 2 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:

- Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en la escala administrativa, especialidad informática, o categoría laboral equivalente, asignándose 0,2/365 puntos día.

- Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en otros cuerpos o escalas de los incluidos en el art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en otras categorías laborales, asignándose 0,15/365 puntos día.

- Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en Cuerpos o Escalas de los incluidos en el art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en otras categorías laborales, asignándose 0,1/365 puntos día.

No se computarán, a efectos de antigüedad, los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

I.C) Proceso selectivo.

La determinación del número de aspirantes que han superado el proceso selectivo se realizará sumando la puntuación obtenida en la fase de oposición de aquellos aspirantes que hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones anteriores, y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en la fase de oposición.

ANEXO II

PROGRAMA

BLOQUE GENERAL

1. La administración por objetivos: Dirección por objetivos y programación de proyectos. Administración para la calidad. La Calidad en los servicios de información. El modelo EFQM. Los sistemas de certificación y acreditación.

2. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba su Estatuto. Funciones. El Reglamento sobre transparencia de la Universidad de Cádiz.

3. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Funcionamiento electrónico del sector público. La Administración Electrónica.

4. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Principios generales de las relaciones interadministrativas. La colaboración y cooperación entre Administraciones Públicas. Relaciones electrónicas entre Administraciones.

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas: normas generales.

6. El presupuesto en la Universidad de Cádiz. Normas de ejecución presupuestaria de la Universidad de Cádiz.

7. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos. Características generales. Actuaciones preparatorias de los contratos. Fases del procedimiento de contratación.

8. Definición y estructura de los Sistemas de Información.

9. Dirección y gestión de proyectos de tecnologías de la información. Herramientas de dirección y gestión de proyectos de tecnologías de la información.

10. Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

11. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

12. La protección jurídica de los programas de ordenador.

13. Buenas prácticas en la Gestión de Servicios TIC: Modelo de Gestión de Servicios ITIL.

14. Esquema Nacional de Seguridad. Esquema Nacional de Interoperabilidad.

BLOQUE ESPECÍFICO

I. Tecnología Básica

1. Conceptos de sistemas operativos. Estructuras, componentes y funciones. Características y evolución. Administración de memoria. Procesos y subprocesos. Entrada/salida.

2. Sistemas de archivo. Sistemas multiprocesador. Lenguajes actuales de programación. Características técnicas.

3. Concepto de Virtualización. Tipos de máquinas virtuales. Técnicas de virtualización.

4. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales. Antecedentes históricos. Características y elementos constitutivos.

5. El lenguaje SQL. Estándares de conectividad: ODBC y JDBC. Arquitecturas cliente-servidor. Tipología. Componentes. Interacción entre los componentes.

6. Características técnicas y funcionales de sistemas operativos de usuario: Windows.

7. Características técnicas y funcionales de sistemas operativos de usuario: Linux.

8. Estructuras de datos: Tablas, listas y árboles. Algoritmos: ordenación, búsqueda, recursión, grafos. Organizaciones de ficheros.

II. Análisis y Desarrollo de Sistemas

1. Concepto del ciclo de vida de los sistemas y fases. Modelo en cascada, y modelo en espiral del ciclo de vida.

2. Diagramas de flujo de datos: Diagramas estructurados. Flujogramas de sistema. Flujogramas de programa.

3. Modelización conceptual. Elementos: entidades, atributos, relaciones, identificadores, roles. Reglas de modelización. Validación y construcción de modelos de datos.

4. Diseño del interfaz de usuario. Interacción hombre-máquina. Concepto. Principios de diseño de interfaces. Presentación de la información. Asistencia y ayuda al usuario.

5. Diseño de bases de datos. El modelo lógico relacional. Normalización. Diseño lógico. Diseño físico.

6. Diseño de programas. Diagramas estructurados. Construcción del sistema. Preparación de la instalación. Estándares de documentación. Manuales de usuario y manuales técnicos.

7. Software libre y privativo. Conceptos. Licenciamiento de programas. Tipos de licencias.

8. La calidad del software y su medida. Modelos, métricas, normas y estándares.

III. Gestión de Operaciones y Producción

1. Administración del Sistema operativo y software de base. Funciones y responsabilidades. Control de cambios. Administración de Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Administración de datos.

2. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones. Mantenimiento preventivo, correctivo y perfectivo. Monitorización y gestión de capacidad.

3. Auditoría Informática. Objetivos, alcance y metodología. Técnicas y herramientas. Normas y estándares.

4. Gestión de la atención a clientes y usuarios: HelpDesk. Gestión del tiempo. Gestión incidencias. Gestión de entornos estresantes.

5. Control de la ejecución de los trabajos. Evaluación del rendimiento. Planificación de la capacidad. Análisis de la carga. Herramientas y técnicas utilizables.

6. Seguridad en un equipo microinformático. Riesgos, amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y aseguramiento.

7. Modelos de Aulas Docentes. Instalación, implementación y despliegue. Mantenimiento. Medidas de seguridad e higiene, sistemas preventivos y elementos de protección.

8. Herramienta de clonación de equipos. OpenGnSys. Arquitectura, repositorios y clientes. Particionado, creación y despliegue de imágenes.

IV. Telecomunicaciones

1. Medios de transmisión. Estándares de instalaciones. Sistemas de cableado estructurado. Sistemas de fibra óptica.

2. Redes locales. Tipología. Medios de transmisión. Sistemas Ethernet. IEEE 802.3.

3. Arquitectura y protocolo IP. Protocolo TCP. Protocolo IP v.6.

4. Equipos de comunicaciones. Repetidores y puentes. Conmutadores, enrutadores y pasarelas.

5. Cortafuegos. Detección de intrusión. Redes privadas virtuales.

6. La red Internet: arquitectura de red. Principios de funcionamiento.

7. Servicios y aplicaciones. DNS, Correo Electrónico. Protocolo HTTP.

8. Redes inalámbricas: protocolos 802.11 a/b/n/ac. Wi-Fi. Características funcionales y técnicas.

ANEXO IV

TRIBUNAL CALIFICADOR

TRIBUNAL TITULAR

Presidente:

- D. José Luis Marcos Vara, funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.

Vocales:

- D. Jesús Franco Oliva, funcionario de carrera de la escala de Gestión Universitaria, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.

- D. José Manuel Frías Carnero, funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.

- D. Francisco J. Sampalo Lainz, funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.

Secretaria:

- Dª María Luisa Merino Gonzalez, funcionaria de carrera de la escala Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz

TRIBUNAL SUPLENTE

Presidente:

- D. Gerardo Aburruzaga García, funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.

Vocales:

- Dª. Antonia Sánchez Fillol, funcionaria de carrera de la escala de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.

- D. Jesús Heredia Luque, funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz

- Dª. Julia Cortés Delgado, funcionaria de carrera de la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Sevilla.

Secretaria:

- Dª M.ª Pilar Orozco Villar, funcionaria de carrera de la escala Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz.

Descargar PDF