Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 25/11/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Comercio, por la que se autoriza el Plan de Liquidación del procedimiento de extinción de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén y se dispone dar audiencia a las personas interesadas.

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Mediante Orden de 12 de mayo de 2021, de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, publicada en el BOJA número 96, de 21 de mayo, se acordó el inicio del procedimiento de extinción de la Cámara de Oficial de Comercio e Industria de Jaén, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía, una vez examinados los informes jurídico-económicos procedentes relativos a la situación de inviabilidad económico-financiera y patrimonial de la Cámara de Comercio de Industria de Jaén.

Por otro lado, en dicha orden se designa a la persona administradora independiente de la Cámara de Comercio e Industria de Jaén, para la realización de las actuaciones necesarias para la liquidación y extinción de la citada corporación de derecho público.

Una vez publicada la orden, el artículo 56.3 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, determina que la persona administradora independiente elaborará el inventario de activos y la relación de créditos y personas acreedoras de la Cámara afectada, con el orden de prelación que legalmente corresponda. Tras ello, la persona titular de la Consejería competente en materia de Cámaras, previa audiencia de las posibles personas interesadas, y a instancia de los órganos de gobierno o de la comisión gestora, en su caso, o de oficio, acordará la apertura de la fase de liquidación.

Tal como indica el artículo 57 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, la persona administradora independiente elaborará, en el plazo de dos meses desde su nombramiento:

a) Un inventario, que contendrá la relación y la valoración de los bienes y derechos de la Cámara, con expresión de su naturaleza, características, gravámenes, cargas y cualesquiera otros elementos relevantes a efectos de su identificación y valoración, que en todo caso se realizará conforme a su valor de mercado.

b) Una relación de personas acreedoras y de sus respectivos créditos frente a la Cámara; todos ellos computados en dinero y expresados en moneda de curso legal. Esta relación recogerá nombre, domicilio y demás datos de identidad de la persona acreedora, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características, garantías y cualesquiera otros elementos relevantes a efectos de su identificación y valoración.

En aplicación de lo dispuesto en el citado artículo 56.3 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, mediante Resolución de 22 de julio de 2021, de la Dirección General de Comercio, publicada en el BOJA núm. 147, de 2 de agosto de 2021, se dispuso a dar audiencia a las personas interesadas con carácter previo a la apertura de la fase de liquidación en el procedimiento de extinción de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén, para que pudieran examinar el Inventario de activos y la relación de créditos y personas acreedoras de la Cámara afectada y realizar las alegaciones que estimasen oportunas, al tratarse de una Corporación representativa de los intereses empresariales y para garantizar, en todo caso, el respeto a la voluntad del empresariado.

A la fecha de finalización de dicho trámite no se recibieron alegaciones a dicho Inventario de activos, ni a la relación de créditos y personas acreedoras de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58.1 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, mediante Orden de 21 de septiembre de 2021, de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, publicada en el BOJA número 186, de 27 de septiembre, se acordó la apertura de la fase de liquidación de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén, y en la que se dispuso, entre otras cuestiones, el cese de la Comisión Gestora de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén, designada mediante Orden de 29 de julio de 2019, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, y encomendar la actividad de liquidación de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén a la persona administradora independiente nombrada mediante Orden de 12 de mayo de 2021, que tendrá la obligación de presentar un plan de liquidación en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, que deberá ser autorizado por la Consejería competente en materia de Cámaras, quien así mismo supervisará su cumplimiento.

En cumplimiento de lo establecido en el citado artículo 58.2 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, y de la mencionada Orden de 21 de septiembre de 2021, publicada en el BOJA número 186, de 27 de septiembre, con fecha 26 de octubre de 2021 la persona administradora independiente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén, presentó ante la Dirección General de Comercio el Plan de Liquidación de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén.

La Dirección General de Comercio, como órgano competente en materia de las relaciones y tutela de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía, según establece el artículo 11.1 h) del Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, una vez analizado el Plan de Liquidación presentado por la persona administradora independiente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén,

RESUELVE

Autorizar el Plan de Liquidación del procedimiento de extinción de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén previsto en el artículo 58.2 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía, y se dispone dar audiencia a todas las posibles personas interesadas para que puedan examinar el citado Plan de Liquidación y realizar las alegaciones que estimen oportunas.

A estos efectos, la mencionada documentación podrá ser consultada, en el plazo de los 10 días siguientes a esta publicación, en las siguientes dependencias:

a) Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Jaén (Paseo de la Estación, núm. 19, 4.ª planta, 23071 Jaén).

b) Dirección General de Comercio (calle Isaac Newton, Edif. Bluenet, 3.ª planta, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla).

Las observaciones, sugerencias o alegaciones irán dirigidas a la Dirección General de Comercio, pudiéndose presentar en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la siguiente dirección de correo electrónico: dgcomercio.cteicu@juntadeandalucia.es.

Sevilla, 17 de noviembre de 2021.- La Directora General, Lorena Garrido Serrano.

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