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Con fecha 9 de febrero de 2021, la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía en Almería, en los expedientes de protección número (DPAL)352-2019-00000191-1 y (DPAL)352-2015-00001137-1 (EQM1), referentes a los menores M.N. y L.K., ha acordado el inicio de procedimiento de acogimiento familiar temporal y la medida provisional de acogimiento temporal.
Por medio de este acto se ordena la notificación del presente a don Mamadou Ndiaye, al desconocerse el lugar en el que debe ser notificado, al no haberse podido practicar en el domicilio que consta en el expediente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la medida provisional acordada podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes a los menores, podrá comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, ctra. de Ronda, 226, 4.ª pta. (Bola Azul), para su completo conocimiento.
Almería, 15 de marzo de 2021.- El Delegado, Rafael Ángel Pasamontes Romera.
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