Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 17/01/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a instalación eléctrica de alta tensión que se cita. (PP. 3827/2021).

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Expedientes: AT-14227/20 y AT-14310/20.

Vistos los expedientes AT-14227/20 y AT-14310/20, incoados en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:

Peticionario: Arco Energía 1, S.L.

Domicilio: C/ Méndez Álvaro, 44, 28045 (Madrid).

Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera, Arcos de la Frontera y San José del Valle.

Finalidad de la instalación: Línea aérea-subterránea 132 kV de conexión a SET «Valle 3» para evacuación común de varias plantas solares fotovoltaicas a nudo Arcos 400 KV y Subestación «Valle 3» 132/400 kV.

Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Segundo. La Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en su artículo 12.4, según la redacción dada al mismo por la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, indica que, la Consejería competente en materia de energía establecerá, por resolución, el importe de la garantía necesaria para la restauración de las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos y su entorno inmediato, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52.5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, a Arco Energía 1, S.L., para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Características fundamentales:

Línea Aérea-Subterránea 132 kV de conexión a SET «Valle 3» para evacuación común de varias plantas solares fotovoltaicas a nudo Arcos 400 kV (AT-14227/20) y subestación «Valle 3» 132/400 kV (AT-14310/20).

Expediente: AT-14227/20.

Línea subterránea simple circuito de 132 kV desde SET «Arco 1» al apoyo núm. 1.

Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.

Tensión: 132 kV.

Longitud: 9,440 km.

Tipo Conductor: 1 x 1.600 mm² Al con pantalla de 120 mm² Cu XLPE 132 KV. UNE-HD 632-3A y UNE-HD 632-5A.

Número de circuitos: 1.

Número Conductores/Fase: 1.

Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera.

Línea aérea simple circuito de 132 kV desde SET «Arcos I» al apoyo núm. 1.

Tipo: Línea eléctrica trifásica aérea.

Tensión: 132 kV.

Longitud: 0,040 Km.

Tipo Conductor: LA-280 (242-AL1/39-ST1A).

Número de circuitos: 1.

Número Conductores/Fase: 2 (Duplex).

Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera.

Línea aérea doble circuito de 132 kV desde apoyo núm. 1 hasta el apoyo núm. 15.

Tipo: Línea eléctrica trifásica aérea.

Tensión: 132 kV.

Longitud: 4,684 km.

Tipo Conductor: LA-280 (242-AL1/39-ST1A).

Número de circuitos: 2.

Número Conductores/Fase Circuito 1: 2 (Duplex).

Número Conductores/Fase Circuito 2: 2 (Duplex).

Núm. apoyos: 15.

Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera, Arcos de la Frontera y San José del Valle.

Línea subterránea doble circuito de 132 kV desde apoyo núm. 15 hasta SET «Valle 3».

Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.

Tensión: 132 kV.

Longitud: 0,055 km.

Tipo Conductor: 1 x 1.600 mm² Al con pantalla de 120 mm² Cu XLPE 132 KV. UNE-HD 632-3A y UNE-HD 632-5A.

Número de circuitos: 2.

Número Conductores/Fase Circuito 1: 1

Número Conductores/Fase Circuito 2: 1.

Término municipal afectado: San José del Valle.

Expediente: AT-14310/20.

Subestación Transformadora de 132/400 kV, denominada «Valle 3».

- Parque de 400 kV: Intemperie simple barra AIS, 1 posición de barras principales,  1 posición de salida línea, 1 posición de transformador.

- Transformador 132/400 kV 365 MVA. Con devanado de 30 KV SSAA

- Parque de 132 kV: Intemperie simple barra GIS, posición Arco 1, posición Arco FV, posición ATP2 y posición de barras.

- Sistema de control y protección, y puesta a tierra.

- Sistema de medida y comunicaciones.

- Sistema de servicios auxiliares.

Segundo. Considerar suficiente el presupuesto del proyecto de desmantelamiento de la «Línea aérea-subterránea 132 KV de conexión a SET “Valle 3” para evacuación común de varias plantas solares fotovoltaicas a nudo Arcos 400 kV y Subestación “Valle  3” 132/400 kV» presentado, fijándose los costes de desmantelamiento y restitución de los terrenos en la cuantía de seiscientos treinta y cuatro mil trescientos noventa y dos euros con dos céntimos (634.392,02 €), al objeto de establecer el importe de la garantía exigible a la empresa Arco Energía 1, S.L., que deberá constituirse ante los Ayuntamientos de Jerez de la Frontera (80.612,78 €), Arcos de la Frontera (17.089,01 €) y San José del Valle (536.690,23 €).

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1.ª Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto pre­sentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2.ª El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a par­tir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3.ª El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la ter­minación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4.ª Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecu­ción del proyecto y en su explotación.

5.ª El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecu­ción, el cumplimiento de los condicionados que han sido esta­blecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la insta­lación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el Informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, relativo a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada presentada por Arco Energía 1, S.L., con CIF B-87959458, para el proyecto «Infraestructura común de evacuación del nudo Arcos 400», en los términos municipales de Jerez de la Frontera, Arcos de la Frontera y San José del Valle (Cádiz) (Expediente: AAU/CA/029/20), de fecha 6.8.2021, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:

http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

6.ª La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

7.ª Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

8.ª La Administración dejará sin efecto la presente resolu­ción en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

9.ª En tales supuestos la administración, previo el oportuno ex­pediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

10.ª El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 20 de diciembre de 2021.- La Delegada del Gobierno, Ana Mestre García.

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