Acuerdo de 24 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone la enajenación directa de una superficie de 13.205 m² de la finca registral 1/14219, sita en la calle Juan de Castellanos, número 2, de la ciudad de Sevilla.
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La Comunidad Autónoma de Andalucía es propietaria del inmueble sito en la calle Juan de Castellanos, número 2, de la ciudad de Sevilla, por título de permuta, según resulta de la inscripción 2.ª de su hoja registral y de la Escritura otorgada en Sevilla el 21 de julio de 2000 ante el Notario de Sevilla don Antonio Ojeda Escobar, con núm. 3748 de su Protocolo. Figura inscrito en el Registro de la Propiedad núm. Diez de Sevilla, al Tomo 1971, Libro 286, Folio 41, Finca 1/14219. Está anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el núm. 2007066844, carácter patrimonial y adscrito a la Dirección General de Patrimonio. Su referencia catastral es 3427001TG3432N0001UO, y la superficie total de la parcela es de 19.600 m². El destino y uso de la parcela se condicionan por su calificación en el PGOU de Sevilla como uso dotacional en el Sistema General destinado a servicios de interés público y social. La parcela se encuentra gravada por la existencia de servidumbres subterráneas de paso destinadas a infraestructuras de abastecimiento y saneamiento que discurren por la parcela.
Será objeto de enajenación una parte de esta parcela, de 13.205 m², cuya segregación registral y catastral se formalizará con carácter previo a la transmisión, con destino al Centro Francés de Tecnología e Innovación Social de Sevilla. El proyecto comprende la construcción de un centro de transferencia del conocimiento en materia de innovación social tecnológica y empresarial, complementado con un colegio internacional como el Liceo Francés de Sevilla, la Cámara de Comercio Franco-Española y el Consulado Honorario de Francia en Sevilla, siendo polivalentes los espacios comunes dedicados al interés público y social.
De conformidad con lo previsto en el artículo 62 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en base al interés manifiesto del Liceo Francés Internacional de Sevilla y la Misión Laica Francesa en la adquisición del inmueble, con fecha 21 de abril de 2022 la Dirección General de Patrimonio (a la que está adscrito el inmueble) emite Propuesta de enajenación directa y declaración de alienabilidad a dicha entidad, en la que se declara la innecesariedad del inmueble para el cumplimiento de las competencias propias de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea en la ciudad de Sevilla.
El artículo 88 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que «La enajenación de los bienes inmuebles se hará mediante subasta. No obstante, podrá realizarse mediante enajenación directa cuando el valor del bien o derecho sea inferior a 60.000 euros. Igualmente, podrá realizarse mediante enajenación directa cuando el Consejo de Gobierno así lo disponga si existen razones objetivas justificadas».
El artículo 186.2 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre (RPCAA), desarrolla este artículo determinando que «serán consideradas causas justificativas para acordar la exclusión de la subasta, entre otras, la de urgencia, secreto, características específicas del bien, circunstancias excepcionales, imposibilidad o grave dificultad para promover la concurrencia de ofertas, inexistencia de oferentes, quiebra de la subasta previamente convocada o no adjudicación de la misma».
La Dirección General de Patrimonio aprecia la existencia de circunstancias excepcionales y características específicas del bien que justifican la enajenación directa del inmueble. La excepcionalidad de las circunstancias se fundamenta en las propias características del amplio, complejo e innovador proyecto presentado, de naturaleza social, educativa, tecnológica, institucional y de impulso y desarrollo empresarial, y del adquirente, la Misión Laica Francesa, asociación sin ánimo de lucro reconocida de utilidad pública de la que depende el Liceo Francés Internacional de Sevilla, entidad inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones de España desde 2009. Se considera también excepcional el apoyo e impulso del proyecto de instituciones públicas y privadas como la República Francesa, a través de su Embajador en España, el Centro Común de Investigación (Joint Research Centre) de la Comisión Europea, el Parque Tecnológico Cartuja, la Cámara de Comercio Franco-española y el Círculo de Empresarios de Cartuja que han presentado cartas de apoyo al proyecto en las que destacan su interés público.
Se considera que concurren características específicas en el suelo como su calificación urbanística como Sistema General destinado a servicios de interés público y social y la existencia de servidumbres subterráneas de canalización que impiden o limitan el desarrollo de otros proyectos privados. La calificación urbanística de los demás suelos disponibles en el Parque Tecnológico Cartuja como uso terciario-servicios avanzados no es compatible con el uso educativo del proyecto, lo que justifica que deba desarrollarse en este suelo y no otro. La vinculación del proyecto a Centro Común de Investigación de la Comisión Europea, tanto en el proyecto de innovación tecnológica como en el educativo (el 30% de los alumnos son hijos de funcionarios y empleados de la Comisión Europea, ya que se ofrecen estudios internacionales compatibles en la Unión Europea que facilitan la movilidad de este personal) requiere de cercanía, sin existir en el entorno de la Cartuja otro suelo que reúna las características urbanísticas y superficie necesarias para el proyecto. Entre otras razones, además, el informe menciona la aplicación supletoria de la normativa patrimonial estatal, que permite la adjudicación directa cuando el adquirente sea una entidad sin ánimo de lucro declarada de utilidad pública, así como cuando el inmueble resulte necesario para realizar un fin de interés general (art. 137.4 Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas). Además, a nivel institucional, la Dirección General de Patrimonio considera importante el impulso y apoyo de este proyecto para la atracción de funcionarios y empleados de la Unión Europea al JRC de Sevilla, actualmente el segundo centro más grande de Europa del Servicio de Ciencia y Conocimiento de la Comisión Europea.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Financiación Europea y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 24 de mayo de 2022,
ACUERDA
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 88 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 186.1 del Reglamento para su aplicación, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, se dispone la enajenación directa de una superficie de 13.205 m² de la finca sita en la calle Juan de Castellanos, número 2, de la ciudad de Sevilla, que forma parte de la Registral 1/14219 y de la catastral 3427001TG3432N0001UO, a favor del Liceo Francés Internacional de Sevilla. Dicho inmueble figura anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el número 2007066844, carácter patrimonial y declarado alienable por Acuerdo de 18 de mayo de 2022 de la Dirección General de Patrimonio.
Del presente acuerdo se dará cuenta a la Comisión de Hacienda y Financiación Europea del Parlamento.
Segundo. Por la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente acuerdo.
Sevilla, 24 de mayo de 2022
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
JUAN BRAVO BAENA | |
Consejero de Hacienda y Financiación Europea |
BOJA nº 100 de 27/05/2022