Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 14/06/2022

1. Disposiciones generales

Empresas Públicas y Asimiladas

Resolución de 8 de junio de 2022, del Consorcio Fernando de los Ríos, para el desarrollo de políticas en materia de Sociedad de la Información y el Conocimiento en Andalucía, por la que se convoca para los años 2020 y 2021 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a los municipios y entidades locales autónomas andaluzas, destinadas a la dinamización de los centros de la red «Guadalinfo», en las provincias de Granada y Sevilla correspondientes al año 2020, y en las provincias de Huelva y Jaén correspondientes al año 2021, al amparo de la Orden de 25 de marzo de 2022.

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La Orden de 25 de marzo de 2022, de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios y entidades locales autónomas andaluzas, destinadas a la dinamización de los centros de la red «Guadalinfo». En su disposición adicional única, establece que la persona titular de la Dirección General del Consorcio Fernando de los Ríos, podrá efectuar convocatorias de las subvenciones que se regulan en la presente orden, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

De conformidad con lo dispuesto en la citada disposición,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

Se convoca, para el año 2020, la concesión de una línea de subvención destinada a la dinamización de los centros de la red «Guadalinfo» en Municipios y Entidades Locales Autónomas de la Provincias de Granada y Sevilla establecidas en el artículo 4 de las bases reguladoras.

Se convoca, para el año 2021, la concesión de una línea de subvención destinada a la dinamización de los centros de la red «Guadalinfo» en Municipios y Entidades Locales Autónomas de la Provincias de Huelva y Jaén establecidas en el artículo 4 de las bases reguladoras.

Segundo. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se rige, en todo aquello que no esté previsto en la misma, por lo dispuesto en la Orden de 25 de marzo de 2022.

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto. Periodo de ejecución.

El periodo de ejecución de la presente convocatoria abarca desde el 1 de enero de 2020, hasta el 31 de diciembre de 2020, en el caso de las provincias de Granada y Sevilla y desde el 1 de enero de 2021, al 31 de diciembre de 2021, en los casos de las provincias de Jaén y Huelva, dentro de los cuales deben realizarse los gastos subvencionables.

Quinto. Cuantía de la subvención.

La cuantía de la subvención para esta convocatoria consistirá en un importe cierto anual para cada grupo de municipios, y será la siguiente:

GRUPO PROVINCIA NÚM. MUNICIPIOS SUBVENCIÓN 2020 SUBVENCIÓN 2021 TOTAL
A HUELVA 25 0,00 116.375,00 116.375,00
GRANADA 64 297.920,00 0,00 297.920,00
JAEN 18 0,00 83.790,00 83.790,00
SEVILLA 6 27.930,00 0,00 27.930,00
B HUELVA 43 0,00 316.179,00 316.179,00
GRANADA 101 742.653,00 0,00 742.653,00
JAEN 69 0,00 507.357,00 507.357,00
SEVILLA 70 514.710,00 0,00 514.710,00
C HUELVA 7 0,00 27.678,00 27.678,00
GRANADA 10 39.540,00 0,00 39.540,00
JAEN 8 0,00 31.632,00 31.632,00
SEVILLA 17 67.218,00 0,00 67.218,00
TOTAL: 438 1.689.971,00 1.083.011,00 2.772.982,00

Sexto. Concreción de la cuantía de los gastos subvencionables.

El importe de los gastos subvencionables, así como del presupuesto aceptado para cada una de las partidas anualmente será el siguiente:

a) Gastos de personal. En esta partida el importe subvencionable global, independientemente del número de pagas anuales y del personal contratado al efecto, será para los municipios y entidades locales autónomas de Grupo A 4.496 euros, para los del Grupo B 7.194 euros y para los del Grupo C 3.795 euros.

La cuantía total de la actividad subvencionada correspondiente a los gastos de personal que podrá aceptarse tras la revisión de la justificación aportada anualmente, será para los municipios entidades locales autónomas de Grupo A 13.488 euros y para los del Grupo B y C 21.582 euros.

b) Dietas y otros costes de desplazamiento y manutención asociados a la actividad de la persona dinamizadora del Centro. El importe subvencionable global será de 159 euros, siendo 477 euros la cuantía máxima de presupuesto que podrá aceptarse tras la revisión de la cuenta justificativa.

Municipios del Grupo A (menos de 1.000 habitantes)
Conceptos 2020-2021
Municipios del Grupo B (de 1.000 a 10.000 habitantes)
Conceptos 2020-2021
Municipios del Grupo C (de 10.000 a 20.000 habitantes)
Conceptos 2020-2021
Entidades Locales Autonomas Grupo A
Conceptos 2020-2021
Entidades Locales Autonomas Grupo B
Conceptos 2020-2021
1. Costes de dinamización (20 H. semanales) 4.496,00
2. Dietas 159,00
Total por municipio 4.655,00
1. Costes de dinamización (35 H. semanales) 7.194,00
2. Dietas 159,00
Total por municipio 7.353,00
1. Costes de dinamización (35 H. semanales) 3.795,00
2. Dietas 159,00
Total por municipio 3.954,00
1. Costes de dinamización (20 H. semanales) 4.496,00
2. Dietas 159,00
Total por municipio 4.655,00
1. Costes de dinamización (35 H. semanales) 7.194,00
2. Dietas 159,00
Total por municipio 7.353,00

Séptimo. Financiación de la convocatoria, limitaciones presupuestarias y control.

a) La cuantía total máxima destinada a la financiación de los proyectos de dinamización de la red de centros «Guadalinfo» en la provincia de Granada será de 1.080.113,00 euros para el año 2020.

La cuantía total máxima destinada a la financiación de los proyectos de dinamización de la red de centros «Guadalinfo» en la provincia de Sevilla será de 609.858,00 euros para el año 2020.

La cuantía total máxima destinada a la financiación de los proyectos de dinamización de la red de centros «Guadalinfo» en la provincia de Huelva será de 460.232,00 euros para el año 2021.

La cuantía total máxima destinada a la financiación de los proyectos de dinamización de la red de centros «Guadalinfo» en la provincia de Jaén será de 622.779,00 euros para el año 2021.

b) Las subvenciones se concederán con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria del gasto, y con la siguiente distribución anual:

ANUALIDAD 2022
PARTIDA PRESUPUESTARIA 0140180000 G 12D 46001 S0713
PORCENTAJA A ABONAR 100%

Octavo. Secuencia de pago.

1. La secuencia de pago de la subvención se hará efectiva de la siguiente forma: Un pago correspondiente como máximo al 100% del importe subvencionado, al finalizar el periodo de ejecución del proyecto, que se hará efectivo durante el año 2022, una vez justificado el 100% del total del proyecto y en el plazo de un mes desde que las respectivas Diputaciones hayan transferido al Consorcio Fernando los Ríos la fondos para los ejercicios 2020 o 2021, según sea el caso. Este pago, que se efectuará una vez realizadas las actuaciones pertinentes de control final de las actividades realizadas por las entidades beneficiarias, y previa justificación del importe total del proyecto, se librará en concepto de liquidación de la subvención.

2. Los pagos se efectuarán mediante transferencia bancaria a la cuenta señalada al efecto por el Ayuntamiento en la solicitud de la subvención. Dichos pagos se realizarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del gasto.

ANUALIDAD 2022
PARTIDA PRESUPUESTARIA 0140180000 G 12D 46001 S0713
PORCENTAJA A ABONAR 100%

Noveno. Justificación.

La documentación justificativa deberá de presentarse, como máximo:

En un plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente de la notificación de la resolución de concesión.

Décimo. Entidades solicitantes.

Siempre que cumplan los requisitos fijados en las bases reguladoras, podrán tener la condición de entidad beneficiaria los municipios y entidades locales autónomas de Granada, Huelva, Jaén y Sevilla relacionados a continuación:

Undécimo. Formularios.

Junto a la presente convocatoria se publican el formulario de solicitud y el de alegación/aceptación/reformulación/documentación.

Duodécimo. Eficacia.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto de la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Granada, 8 de junio de 2022.- El Director General, Juan Luis Cruz Navarro.

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