Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 20/06/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Extracto de la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, de 14 de junio de 2022, por la que se convocan para el año 2022 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021.

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BDNS (Identif.): 633438 - 633439 - 633440 - 633441 - 633442 - 633443.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el año 2022 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Pyme que realicen proyectos e inversiones de prevención de riesgos laborales, en alguna de las líneas 1 y 2 convocadas, dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Las actividades y proyectos subvencionables deberán estar encuadrados en alguna de los conceptos subvencionables que se determinan en el apartado 2 de los respectivos cuadros resumen de las siguientes líneas de subvención convocadas y repercutir en un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Andalucía:

a) Línea 1. Subvenciones a Pyme para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales.

b) Línea 2. Subvenciones a Pyme para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022, la concesión de las subvenciones se realizará con cargo a los créditos presupuestarios disponibles en las posiciones presupuestarias G/31C/47300 y G/31C/77100 del programa 3.1.C.  Seguridad, Salud y Relaciones Laborales, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, en las que se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual por las cuantías totales máximas que para cada anualidad se detallan a continuación:

LÍNEA POSICIÓN PRESUPUESTARIA TOTAL ANUALIDAD 2022 ANUALIDAD 2023
TOTAL 4.728.000,00 €
Línea 1 G/31C/77100 4.260.000,00 € 2.130.000,00 € 2.130.000,00 €
Línea 2 G/31C/47300 468.000,00 € 234.000,00 € 234.000,00 €

4. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, las cuantías máximas fijadas en el apartado anterior, se distribuyen entre los ámbitos territoriales y funcionales de competitividad que a continuación se detallan. Esta distribución podrá ser posteriormente modificada por la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, en un acuerdo motivado adoptado con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, y que, en su caso, será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

a) Para subvenciones a Pyme para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales, Línea 1.

PROVINCIA TOTAL G/31C/77100 ANUALIDAD 2022 ANUALIDAD 2023
TOTAL 4.260.000,00 € 2.130.000,00 € 2.130.000,00 €
ALMERÍA 341.012,08 € 170.506,04 € 170.506,04 €
CÁDIZ 420.174,32 € 210.087,16 € 210.087,16 €
CÓRDOBA 513.087,38 € 256.543,69 € 256.543,69 €
GRANADA 682.684,32 € 341.342,16 € 341.342,16 €
HUELVA 271.121,76 € 135.560,88 € 135.560,88 €
JAÉN 506.761,92 € 253.380,96 € 253.380,96 €
MÁLAGA 717.842,60 € 358.921,30 € 358.921,30 €
SEVILLA 807.315,62 € 403.657,81 € 403.657,81 €

b) Para subvenciones a Pyme para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales, Línea 2.

PROVINCIA TOTAL G/31C/47300 ANUALIDAD 2022 ANUALIDAD 2023
TOTAL 468.000,00 € 234.000,00 € 234.000,00 €
ALMERÍA 41.300,08 € 20.650,04 € 20.650,04 €
CÁDIZ 47.911,90 € 23.955,95 € 23.955,95 €
CÓRDOBA 53.118,64 € 26.559,32 € 26.559,32 €
GRANADA 72.835,90 € 36.417,95 € 36.417,95 €
HUELVA 33.311,80 € 16.655,90 € 16.655,90 €
JAÉN 55.820,50 € 27.910,25 € 27.910,25 €
MÁLAGA 78.494,64 € 39.247,32 € 39.247,32 €
SEVILLA 85.206,54 € 42.603,27 € 42.603,27 €

Segundo. Personas o entidades beneficiarias.

En virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda en relación con lo dispuesto en el apartado 4.a).2.ºb) de los cuadros resumen de las referidas bases reguladoras, para la presente convocatoria del año 2022 tendrán la consideración de beneficiarias las Pyme que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las mismas bases reguladoras, desarrollen alguna de las actividades económicas incluidas en las secciones y divisiones que a continuación se especifican, según la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009):

SECCIÓN DE ACTIVIDAD CNAE 2009 DIVISIÓN DE ACTIVIDAD CNAE 2009
A. Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca 01. Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
02. Silvicultura y explotación forestal
03. Pesca y acuicultura
C. Industria manufacturera 10. Industria de la alimentación
12. Industria del tabaco
13. Industria textil
14. Confección de prendas de vestir
15. Industria del cuero y del calzado
16. Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería
17. Industria del papel
20. Industria química
22. Fabricación de productos de caucho y plásticos
23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos
24. Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones
25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo
26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos
27. Fabricación de material y equipo eléctrico
28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
29. Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques
30. Fabricación de otro material de transporte
31. Fabricación de muebles
32. Otras industrias manufactureras
33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo
E. Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación 36. Captación, depuración y distribución de agua
37. Recogida y tratamiento de aguas residuales
38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización
39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos
F. Construcción 41. Construcción de edificios
42. Ingeniería civil
43. Actividades de construcción especializada
G. Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas 45. Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas
46. Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas
H. Transporte y almacenamiento 49. Transporte terrestre y por tubería
50. Transporte marítimo y por vías navegables interiores
52. Almacenamiento y actividades anexas al transporte
53. Actividades postales y de correos
I. Hostelería 55. Servicios de alojamiento
56. Servicios de comidas y bebidas
J. Información y comunicaciones 59. Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical
N. Actividades administrativas y servicios auxliares 77. Actividades de alquiler
78. Actividades relacionadas con el empleo
80. Actividades de seguridad e investigación
81. Servicios a edificios y actividades de jardinería
82. Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas
Q. Actividades sanitarias y de servicios sociales 87. Asistencia en establecimientos residenciales
88. Actividades de servicios sociales sin alojamiento
R. Actividades artísticas, recreativas y de entrenimiento 90. Actividades de creación, artísticas y espectáculos
93. Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento
S. Otros servicios 95. Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico
96. Otros servicios personales
U. Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales 99. Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales

Tercero: Objeto.

El objeto de esta convocatoria de subvenciones es ayudar a las Pyme para la realización de actividades y proyectos de mejora en materia prevención de riesgos laborales, que incluyan inversiones en equipos y maquinaria, así como los gastos de asistencia técnica prestada por entidades especializadas en prevención de riesgos laborales estrictamente necesarias para la realización de los mismos que, cumpliendo los requisitos establecidos en las citadas bases reguladoras, contribuyan con la reducción de la siniestralidad y con la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo de Andalucía.

Cuarto. Régimen jurídico.

La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán por lo establecido en la Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 93, de 18 de mayo de 2021, por la presente convocatoria y demás normativa de aplicación.

Quinto. Importe.

El importe de las ayudas a conceder no podrá exceder, en ningún caso, para cada proyecto o actividad los porcentajes máximos sobre el presupuesto aceptado, ni las cuantías máximas y mínimas establecidas a continuación según la modalidad de los proyectos o actividades:

LÍNEA CUANTÍA MÁXIMA CUANTÍA MÍNIMA PORCENTAJE
Línea 1 15.000,00 € 1.500,00 € 75%
Línea 2 12.000,00 € 1.200,00 € 75%

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, así como demás datos necesarios, figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la Resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles para su presentación a través la oficina virtual de la Consejería de Empleo Formación y Trabajo Autónomo, a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24614.html

La Consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 12.5.2021, BOJA núm. 93, de 18.5.2021), la Directora General de Trabajo y Bienestar Laboral, Beatriz Barranco Montes.

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