Anuncio de 29 de julio de 2022, del Ayuntamiento de Cómpeta, de oferta de empleo 2022. (PP. 1906/2022).
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Por Resolución de Alcaldía núm. 399, de fecha 19 de julio de 2022, de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de empleo público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2022:
Personal funcionario.
GRUPO | SUBGRUPO | DENOMINACIÓN | SISTEMA DE ACCESO |
---|---|---|---|
C | C1 | 1 Administrativo | Oposición |
C | C1 | 1 Policía Local | Oposición |
C | C2 | 1 Auxiliar administrativo | Oposición |
Personal laboral.
CATEGORÍA LABORAL | NÚM, VACANTES | DENOMINACIÓN | SISTEMA DE ACCESO |
---|---|---|---|
C2 | 1 | Encargado de obras | Concurso Oposición |
C2 | 1 | Oficial mantenimiento sepulturero | Concurso Oposición |
Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Ayuntamiento de Cómpeta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Málaga en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Cómpeta, 29 de julio de 2022.- El Alcalde Presidente, Obdulio Pérez Fernández.
Descargar PDFBOJA nº 156 de 16/08/2022