Orden de 29 de julio de 2022, por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros docentes privados de formación profesional «Academia Universo» y «Academia Universo II», de Baza (Granada). (PP. 2041/2022).
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Visto el expediente tramitado a instancia de don Pedro Antonio Menéndez Romo, titular de los centros docentes privados de formación profesional «Academia Universo», con código 18003806 y domicilio en C/ Corredera, 45, y «Academia Universo II», con código 18014816 y domicilio en C/ Joaquín Blume, 7, ambos de Baza (Granada), por el que solicita el cambio de titularidad de los mismos a favor de la entidad Academia Universo Formación, S.L., según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Resultando que el centro con código 18003806 tiene autorización administrativa para impartir cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Gestión Administrativa, uno de Emergencias Sanitarias y dos de Cuidados Auxiliares de Enfermería) y un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Administración y Finanzas. Asimismo, el centro con código 18014816 tiene autorización administrativa para impartir un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Farmacia y Parafarmacia y uno de grado superior de Documentación y Administración Sanitarias.
Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece, debidamente acreditada, la titularidad de los referidos centros a favor de don Pedro Antonio Menéndez Romo.
Resultando que don Pedro Antonio Menéndez Romo, mediante acta de manifestaciones número noventa y cuatro, otorgada en Cúllar el día tres de marzo de dos mil veintidós, ante don Ramón Navas Florit, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, actuando como sustituto de la notaría de Cúllar, por vacante y para su propio protocolo, cede a la entidad Academia Universo Formación, S.L., la titularidad de los mencionados centros.
Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de formación profesional, «Academia Universo», código 18003806, con domicilio en C/ Corredera, 45, y «Academia Universo II», código 18014816, con domicilio en C/ Joaquín Blume, s/n, ambos de Baza (Granada), que en lo sucesivo la ostentará la entidad Academia Universo Formación, S.L., que queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que tuviera contraídas el anterior titular, en relación a dichos centros, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el «resultando» primero.
Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 29 de julio de 2022
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ | |
Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |
BOJA nº 170 de 05/09/2022