Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 13/10/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera, de la Junta de Andalucía (A1.2200), correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2017 y 2018.

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Propuestas por las correspondientes Comisiones las relaciones definitivas del personal aspirante aprobado en las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera, de la Junta de Andalucía, convocadas por Resolución de 10 de julio de 2020 (BOJA núm. 137, de 17 de julio), se procede a dar cumplimiento a la base novena de la misma.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, y en el el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, corresponde a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública realizar la oferta de vacantes a los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior y se publicitan delegaciones de competencias y delegaciones de firma de otros órganos, dicha competencia se encuentra delegada en la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por lo que en uso de la delegación efectuada, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. 1. Ofertar vacantes al personal aspirante que, habiendo superado el proceso selectivo, figura en las relaciones definitivas de aprobados.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, y la base novena de la resolución de convocatoria, a fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de presentación de documentación preceptiva y petición de destinos se sustituirán por un acto único, que se celebrará en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en la calle Alberto Lista, núm. 16, de la ciudad de Sevilla, en la fecha y hora previstos a continuación:

DÍA HORA CATEGORÍA ÁREA TEMÁTICA
24 OCTUBRE DE 2020 11:30 INVESTIGADOR (DOCTORADO) ACUICULTURA Y RECURSOS MARINOS
24 OCTUBRE DE 2020 11:30 INVESTIGADOR (DOCTORADO) AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE
24 OCTUBRE DE 2020 11:30 INVESTIGADOR (DOCTORADO) ALIMENTACIÓN Y SALUD
24 OCTUBRE DE 2020 11:30 INVESTIGADOR (DOCTORADO) ECONOMÍA DE LA CADENA AGROALIMENTARIA
24 OCTUBRE DE 2020 11:30 INVESTIGADOR (DOCTORADO) GENÓMICA Y BIOTECNOLOGÍA
24 OCTUBRE DE 2020 11:30 INVESTIGADOR (DOCTORADO) PROTECCIÓN VEGETAL SOSTENIBLE
24 OCTUBRE DE 2020 13.00 TÉCNICO ESPECIALISTA ALIMENTACIÓN Y SALUD
24 OCTUBRE DE 2020 13:00 TÉCNICO ESPECIALISTA ACUICULTURA Y RECURSOS MARINOS
24 OCTUBRE DE 2020 13:00 TÉCNICO ESPECIALISTA AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE
24 OCTUBRE DE 2020 13:00 TÉCNICO ESPECIALISTA INGENIERÍA Y TECNOLOGÍA AGROALIMENTARIA

En la comparecencia, el personal aspirante deberá acudir provisto de la petición de destino, conforme al modelo de formulario que se publica como Anexo II de la presente resolución, debidamente cumplimentado y firmado, así como de la documentación relacionada en el apartado 4 de la base novena de la resolución de convocatoria, debiéndose respecto del documento indicado en la letra b) aportarse copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y respecto de la declaración responsable a la que hace referencia la letra c), utilizarse el modelo que figura en el Anexo II-A de la presente resolución.

Asimismo, el personal aspirante con discapacidad deberá aportar certificado expedido por la Consejería de la Junta de Andalucía competente en la materia, o en su caso del Instituto Nacional de Seguridad Social, en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera, de la Junta de Andalucía.

3. El personal aspirante que tuviera la condición de funcionario de carrera y aquellos otros que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubieran sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de carrera de otras Administraciones deberá presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal, siempre que de lo consignado en él mismo, se evidencie el cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en el Cuerpo, requiriéndose en caso contrario, su acreditación documental.

Segundo. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente resolución, no resultando necesario realizar una oferta diferenciada para el turno de personas con discapacidad dado que, conforme a lo establecido en el apartado 1.1 de la base octava de la resolución de convocatoria, no se ha solicitado, dentro del plazo, ninguna adaptación que la requiera. Por lo tanto, queda garantizado el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Tercero. 1. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado en las respectivas pruebas, de acuerdo con la puntuación total obtenida en el proceso selectivo, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la Relación de Puestos de Trabajo.

2. Conforme dispone el artículo 25 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo de ocupación, al tratarse de puestos de trabajo de nivel básico.

3. Al personal aspirante que no haya solicitado suficientes puestos de trabajo en relación con el número de orden obtenido en el proceso selectivo, le será adjudicado de oficio alguno de los que resulten vacantes, una vez atendidas las demás peticiones del personal aspirante.

Cuarto. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no comparezcan, o no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 7 de octubre de 2022.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

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