Orden de 31 de octubre de 2022, por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Liceo Erasmus» de Almería, así como la nueva denominación específica de «Novaschool Almería Internacional» para los mismos. (PP. 2851/2022).
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Visto el expediente tramitado a instancia de don Francisco José Barrionuevo Canto, como administrador único de Escuela de Alto Rendimiento Novaschool, S.L., nueva entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Liceo Erasmus», con domicilio en C/ Adolfo Marsillac, 12, de Almería, por el que solicita el cambio de titularidad de los mismos a su favor y una nueva denominación específica para dichos centros.
Resultando que los citados centros, con código 04010899, tienen autorización para impartir tres unidades de primer ciclo y tres unidades de segundo ciclo de educación infantil, seis unidades de educación primaria y cuatro unidades de educación secundaria obligatoria, respectivamente.
Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, aparece debidamente acreditada la titularidad de estos centros a favor de la entidad Liceo Erasmus, S.L.
Resultando que la entidad Liceo Erasmus, S.L., mediante escritura de compraventa de unidad productiva número dos mil ciento noventa y uno, otorgada en Almería el veintiocho de junio de dos mil veintidós ante doña María Begoña Martínez-Amo Gámez, Notaria del ilustre Colegio Notarial de Andalucía, cede a la entidad Escuela de Alto Rendimiento Novaschool, S.L., la titularidad de los mencionados centros.
Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Liceo Erasmus», con código 04010899 y domicilio en C/ Adolfo Marsillac, 12, de Almería, que en lo sucesivo la ostentará la entidad Escuela de Alto Rendimiento Novaschool, S.L., que, como cesionaria y conforme a los términos y condiciones autorizados en el procedimiento concursal de la entidad titular cedente, queda subrogada en los derechos y obligaciones que acerca de dichos centros corresponden a esta última, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el «resultando» primero.
Segundo. Conceder el cambio de denominación específica de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Liceo Erasmus», que pasan a denominarse «Novaschool Almería Internacional».
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 31 de octubre de 2022
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ | |
Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |
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BOJA nº 220 de 16/11/2022