Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 21/11/2022

1. Disposiciones generales

Universidades

Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se deja sin efecto la convocatoria de ayudas para estudiantes con discapacidad en la Universidad de Huelva, para el curso académico 2022/2023.

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PREÁMBULO

Primero. La Universidad de Huelva aprobó el II Plan Propio de Becas para Estudiantes de la Universidad por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2019, modificado el 28 de septiembre de 2021. Este plan constituye el marco a partir del cual procede el desarrollo de las bases y convocatorias de las respectivas ayudas.

Segundo. Mediante Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Universidad de Huelva, se aprueba una convocatoria de ayudas para estudiantes con discapacidad en la Universidad de Huelva, para el curso académico 2022/23, procediéndose a publicar la misma en la Base Nacional de Subvenciones (BDNS: 651537), así como el extracto en el BOJA núm. 193, de 6 de octubre de 2022.

Tercero. No obstante, lo anterior, se han detectado errores materiales que pueden dificultar la comprensión de la convocatoria y limitar la concurrencia, por lo que, en aras, del máximo de publicidad y participación, es conveniente dejar sin efectos esta resolución.

Cuarto. A pesar de lo expuesto en el apartado anterior, en la medida en que el plazo de la convocatoria publicada concluía el 17 de octubre de 2022, y los interesados que tuvieron conocimiento de la misma presentaron sus respectivas solicitudes, debe garantizarse su participación.

Por todo lo anterior, y en el marco de las competencias que me atribuye el artículo 31.S) de los Estatutos de la Universidad de Huelva,

RESUELVO

Primero. Dejar sin efecto la Resolución Rectoral de 30 de septiembre de 2022, teniendo por presentadas en tiempo y forma las solicitudes presentadas durante el período previsto en la misma, garantizando, así la concurrencia y seguridad jurídica de los interesados.

Segundo. Proceder a la elaboración y aprobación de una nueva convocatoria, con especificación de sus bases, y realizar su publicación conforme a la legislación general de subvenciones aplicable.

Tercero. Proceder a la publicación de esta resolución en el BOJA, para general conocimiento de la misma.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, al amparo de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Huelva, 15 de noviembre de 2022.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero

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