Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 21/11/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Decreto 546/2022, de 16 de noviembre, por el que se acepta la transmisión de la propiedad, mediante mutación demanial subjetiva, por el Ayuntamiento de Salobreña (Granada), a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de la finca registral núm. 30557, situada en el Sector TH1 de dicha localidad, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 1 de Motril (Granada), con destino a la construcción de un Centro de Salud, y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Pleno del Ayuntamiento de Salobreña se ha acordado la cesión de titularidad, mediante mutación demanial subjetiva, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de la finca registral núm. 30557, situada en el Sector TH1 de dicha localidad, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 1 de Motril, con destino a la construcción de un Centro de Salud.

Por la Consejería competente en materia de salud se considera de interés la aceptación de la cesión de la titularidad, mediante mutación demanial subjetiva, de la citada finca para fines sanitarios.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 16 de noviembre de 2022,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80 y concordantes de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad, mediante mutación demanial subjetiva, acordada por el Ayuntamiento de Salobreña, de la finca registral núm. 30557, situada en el Sector TH1 de dicha localidad, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 1 de Motril, al tomo 1769, libro 394, folio 77, con destino a la construcción de un Centro de Salud.

Su referencia catastral es : 7461901VF4676A0001ZO.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la transmisión de la propiedad se formalizará mediante convenio administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud con destino a Centro de Salud.

Cuarto. Por la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente decreto.

Sevilla, 16 de noviembre de 2022

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda 
y Fondos Europeos
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