Extracto de la Orden de 5 de diciembre de 2022, por la que se convocan las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero Costa Granada, reguladas en la Orden de 8 de mayo de 2021.
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BDNS: 662772, 662773.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero Costa Granada, reguladas por la Orden de 8 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero de Andalucía, durante la ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.
Segundo. Financiación y régimen aplicable.
1. Las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero Costa Granada están cofinanciadas por la Unión Europea en un 85 por ciento a través del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, siendo la contribución financiera aportada por la Comunidad Autónoma de Andalucía el 15 por ciento restante.
2. Las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero Costa Granada en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca se harán efectivas a través de los siguientes créditos presupuestarios que se especifican a continuación con arreglo a la cuantía máxima total de 362.155,62 €:
Tipo de entidad beneficiaria | Partida presupuestaria | Cuantía máxima 2023 (€) |
---|---|---|
Cofradías y otros entes públicos | 1300120000 G/71P/74200/00 G1840412G6 2018000115 | 175.000,00 |
Corporaciones locales | 1300120000 G/71P/76300/00 G1840412G6 2019000251 | 112.155,62 |
Entidades privadas | 1300120000 G/71P/77300/00 G1840412G6 2018000116 | 75.000,00 |
TOTAL | 362.155,62 |
3. La cuantía total máxima convocada tiene carácter estimativo, quedando vinculados los créditos presupuestarios establecidos de tal manera que, en caso de agotarse alguno, este podrá ser compensado con otro u otros de los créditos convocados para este mismo grupo o para otros Grupos de Acción Local del Sector Pesquero Andaluz.
Tercero. Personas o entidades beneficiarias.
Podrán ser personas o entidades beneficiarias de las ayudas a los proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo las personas físicas o jurídicas, así como las agrupaciones de personas físicas o jurídicas identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; las entidades sin ánimo de lucro; las cofradías de pescadores, sus federaciones y otras entidades públicas; y las corporaciones locales, siempre que cumplan las condiciones y reúnan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden de 8 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero de Andalucía, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.
Cuarto. Objeto.
Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de ayudas públicas a los proyectos que se presenten al amparo de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo aprobadas al Grupo de Acción Local del Sector Pesquero Costa Granada. Esta estrategia tiene como fin la consecución de los objetivos contemplados en el artículo 63 del El Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 2328/2003, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y (CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Quinto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 8 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero de Andalucía, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020 (BOJA núm. 91, de 14 de mayo de 2021).
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de cinco días y se computará desde el día siguiente a aquél en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estará a disposición de las entidades solicitantes en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24392.html, así como en la sede de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y de sus órganos periféricos.
Sevilla. El Viceconsejero, P.D. de firma de la Consejera (Orden de 5.4.2022), Vicente Pérez García de Prado.
Descargar PDFBOJA nº 242 de 20/12/2022